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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 246, martes 27 de diciembre de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
5575

RESOLUCIÓN 1751/2022, de 24 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Médico/a (puesto funcional de medico/a de Familia) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Mediante Resolución 1736/2022, de 24 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se han aprobado las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud convocados en los años 2020/2021/2022/Estabilización.

Para la materialización de cada proceso selectivo es necesaria la publicación de las bases específicas que han de regir la convocatoria de destinos de cada categoría.

Por ello, de conformidad con lo establecido en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y demás disposiciones de vigente aplicación

RESUELVO:

Primero.– Convocar los procesos selectivas que son objeto de las presentes bases.

Segundo.– Aprobar las bases específicas, que figuran como Anexo I, que han de regir los procesos selectivos (Bloque Concurso-Oposición y Bloque Concurso) para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Médico/a (puesto funcional de Médico/a de Familia) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Tercero.– Aprobar la relación de destinos ofertados en cada uno de los bloques (Bloque Concurso-Oposición y Bloque Concurso) mediante el Anexo II que acompaña a la presente Resolución.

Cuarto.– Aprobar el baremo de méritos que figura como Anexo III de la presente Resolución, común para el Bloque Concurso-Oposición y Bloque Concurso.

Quinto.– Aprobar el temario correspondiente para el Bloque Concurso-Oposición que figura como Anexo IV de la presente Resolución.

Sexto.– Establecer como plazo para presentar la solicitud de participación en la presente convocatoria desde el día 21 de febrero de 2023 hasta las 14:00 horas del día 20 de marzo de 2023, de acuerdo con lo previsto en la base 9.3 de la Resolución 1736/2022, de 24 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases generales.

Séptimo.– De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, así como en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales de Osakidetza, contra esta Resolución podrá ser interpuesto recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.

En Vitoria-Gasteiz, a 24 de noviembre de 2022.

La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

MARÍA ROSA PÉREZ ESQUERDO.

ANEXO I
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LOS PROCESOS SELECTIVOS PARA LA ADQUISICIÓN DEL VÍNCULO ESTATUTARIO FIJO EN LA CATEGORÍA DE MÉDICO/A (PUESTO FUNCIONAL DE MÉDICO/A DE FAMILIA) DEL GRUPO PROFESIONAL DE FACULTATIVOS/AS MÉDICOS/AS Y TÉCNICOS/AS CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD

1.– Destinos objeto de convocatoria.

1.1.– Son objeto de esta convocatoria los destinos de la categoría de Médico/a (puesto funcional de Médico/a de Familia) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, recogidos en el Anexo II.

1.2.– De los destinos convocados, se reservan para su provisión por personal discapacitado el 7 %, de conformidad con la distribución establecida en la base 1.3 de las bases generales, recogidos en el Anexo II.

2.– Requisitos de las personas aspirantes.

Para participar en el proceso que aquí se regula, las personas aspirantes habrán de reunir al último día del plazo de presentación de solicitudes, salvo las excepciones que se prevean en las bases generales, debiendo mantener su cumplimiento hasta efectuar la toma de posesión del destino que, en su caso, se adjudique, además de los requisitos exigidos en las bases generales, los siguientes:

a) Estar en posesión, conforme a lo dispuesto en el apartado 6.2.c) de las bases generales, de la titulación de Licenciado/a o equivalente en Medicina y Cirugía y de la especialidad requerida para el desempeño del puesto funcional, o de alguno de los títulos, certificados o diplomas establecidos en el Real Decreto 853/1993, de 4 de junio, sobre ejercicio de las funciones de Médico/a de Medicina General en el Sistema Nacional de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza.

b) En todo caso, deberán cumplirse los requisitos del puesto al que se opte, según lo dispuesto en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, así como cualesquiera otros establecidos por la normativa vigente.

c) Haber satisfecho los siguientes derechos de inscripción dentro del plazo de presentación de solicitudes, conforme al grupo de titulación al que pertenezcan los destinos ofertados:

Grupo A1 (antiguo grupo A): 25 euros.

3.– Desarrollo:

3.1.– Fase concurso, común al Bloque Concurso-Oposición y Bloque Concurso:

3.1.1.– Alegación de requisitos y méritos. Presentación de documentación.

Las personas aspirantes incluidas como admitidas en la lista definitiva de personas admitidas y excluidas dispondrán del plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución que contenga la relación definitiva de personas admitidas y excluidas para efectuar la alegación de los requisitos exigidos para participar en la convocatoria, así como de los méritos valorables, y presentar la documentación acreditativa de los mismos, lo cual se llevará a cabo conforme a lo establecido en la base 12.1.

Se valorarán los méritos acreditados, según el baremo de méritos que se acompaña como Anexo III, conforme a los criterios establecidos en las bases generales (base 12.2).

3.1.2.– Tras la publicación de la relación provisional de aspirantes por orden de puntuación prevista en el apartado 14.1.1 (Bloque Concurso-Oposición) y 14.2.1 (Bloque Concurso) de las bases generales, las personas aspirantes propuestas que figuren en el Anexo I deberán presentar fotocopia compulsada, además de la documentación que se relaciona en la base 14.1.2 (Bloque Concurso-Oposición) y 14.2.2 (Bloque Concurso), de la siguiente:

– Fotocopia compulsada o testimonio notarial de la titulación de Licenciado/a o equivalente en Medicina y Cirugía y de la especialidad requerida para el desempeño del puesto funcional al que se accede, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.

En el supuesto de que la misma persona aspirante esté incluida en el Anexo I del Bloque Concurso-Oposición y en el Anexo I del Bloque Concurso, deberá presentar la documentación una sola vez, conforme a lo establecido en las bases generales (base 14.1.2).

3.2.– Fase oposición correspondiente al Bloque Concurso-Oposición:

Al tribunal calificador le corresponde la determinación del contenido de la prueba y su calificación, adoptando cuantas medidas estime necesarias para el correcto desarrollo del proceso selectivo garantizando la transparencia y objetividad del mismo.

El tribunal podrá solicitar a Osakidetza-Servicio vasco de salud la participación de personas asesoras que colaboren con sus miembros en el desarrollo del proceso selectivo en sus diferentes fases, tanto en lo referente a la elaboración de la prueba, como en la fase de concurso. Dichas personas deberán reunir el requisito de titulación exigido a las personas integrantes del tribunal.

El tribunal podrá también solicitar a Osakidetza-Servicio vasco de salud contar con la colaboración de entidades externas asesoras para la elaboración de las pruebas y cuantas cuestiones relacionadas con las mismas puedan plantearse en la fase de oposición.

La prueba consistirá en la contestación por escrito en el plazo máximo que se fije, de un cuestionario de preguntas que versará sobre las materias del programa que se contiene en el Anexo IV:

Las preguntas correspondientes al temario común serán extraídas del conjunto de preguntas publicadas en la web de Osakidetza.

Para la preparación de las preguntas correspondientes al temario general, se facilitará la bibliografía mediante su inclusión en el citado anexo.

Corresponderá al tribunal calificador la selección de las preguntas correspondientes al temario común y las decisiones que correspondan sobre la selección de preguntas correspondientes al temario general, de forma que el ejercicio teórico quede elaborado en su totalidad.

3.3.– Toma de posesión.

Además de la documentación mencionada en la base 17 de las bases generales, quienes tomen posesión de alguno de los destinos de la presente convocatoria deberán aportar en el acto de la toma de posesión la siguiente:

– Certificado de colegiación.

ANEXO II
RELACIÓN DE DESTINOS CATEGORÍA: MÉDICO/A, PUESTO FUNCIONAL: FAC. ESP. MÉDICO/A DE FAMILIA EAP

Conforme a lo previsto en la base 1 de las bases generales aprobadas por Resolución 1736/2022, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se convocan los siguientes destinos:

1.– Bloque concurso-oposición:

a) Convocatoria de turno de promoción interna: 10 destinos.

Acceso general: 9.

Cupo de reserva para personas con discapacidad: 1.

– Cupo discapacidad intelectual: 0.

– Cupo otra discapacidad: 1.

b) Convocatoria de turno libre: 260 destinos.

Acceso general: 242.

Cupo de reserva para personas con discapacidad: 18.

– Cupo discapacidad intelectual: 0.

– Cupo otra discapacidad: 18.

2.– Bloque concurso:

Acceso general: 44 destinos.

En el supuesto de que los destinos reservados a personas con discapacidad intelectual (cupo discapacidad intelectual) no puedan cubrirse por falta de candidatos/as que superen el proceso selectivo, dichos destinos acrecerán al cupo de reserva de personal con discapacidad (cupo otra discapacidad).

En el supuesto de que los destinos reservados a personas con discapacidad no puedan cubrirse por falta de candidatos/as que superen el proceso selectivo, dichos destinos acrecerán a los de acceso general del turno correspondiente, promoción interna o turno libre.

De acuerdo con lo establecido en la base 2 de las bases generales, la determinación de los destinos en las organizaciones de servicios sanitarios objeto de esta convocatoria, tanto del bloque concurso-oposición como del bloque concurso, se hará una vez que queden determinadas, tras la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la Resolución de adjudicación definitiva de destinos del ciclo en curso del Concurso de traslados abierto y permanente de Osakidetza-Servicio vasco de salud, las categorías objeto de convocatoria, y de la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la Resolución de adjudicación definitiva de la OPE 2018-2019, ambas mediante Resolución de el/la Director/a General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, a las que se le dará publicidad en la web de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

ANEXO III
BAREMO DE MÉRITOS DE LA CATEGORÍA DE MÉDICO/A (PUESTO FUNCIONAL DE MÉDICO/A DE FAMILIA) DEL GRUPO PROFESIONAL DE FACULTATIVOS/AS MÉDICOS/AS Y TÉCNICOS/AS CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD

1) Experiencia profesional (máximo, 60 puntos).

Se computará el tiempo de servicios que las personas aspirantes tuvieran reconocido en los 20 años anteriores al último día del plazo de presentación de solicitudes.

1.– Por cada mes de servicios prestados en la misma categoría a la que se opta, así como por los servicios prestados como Médico/a General de Cupo y Zona, Médico/a General del Punto de Atención Continuada, Médico/a General del Centro de Transfusiones y Tejidos Humanos o en puestos de gestión del área médica en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza y de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas de las Comunidades Autónomas: 0,30 puntos.

2.– Por cada mes de servicios prestados en la misma categoría a la que se opta, así como por los servicios prestados como Médico/a General de Cupo y Zona, Médico/a General del Punto de Atención Continuada, Médico/a General del Centro de Transfusiones y Tejidos Humanos o en puestos de gestión del área médica en las organizaciones de servicios sanitarios de la Seguridad Social, del resto de las Administraciones Públicas no incluidas en el punto anterior, así como aquellos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea: 0,075 puntos.

3.– Por cada mes de servicios prestados como Médico/a en Urgencias Hospitalarias, en Unidades Territoriales de Emergencia, en Hospitalización a Domicilio, como Médico/a de Medicina Interna, como Pediatra de Atención Primaria o como Personal Investigador en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza y Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, o en Centros Oficiales de Investigación u Organizaciones adscritas al Sistemas Nacional de Salud: 0,15 puntos

4.– Por cada mes de servicios prestados como Médico/a en Urgencias Hospitalarias, en Unidades Territoriales de Emergencia, en Hospitalización a Domicilio, como Médico/a de Medicina Interna, como Pediatra de Atención Primaria o como Personal Investigador en las organizaciones de servicios sanitarios de la Seguridad Social, del resto de las Administraciones Públicas no incluidas en el punto anterior, así como en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea: 0,0375 puntos.

5.– Por cada mes de servicios prestados como Médico/a en cualquier otra especialidad legalmente reconocida en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza y de los Servicios de salud de las Comunidades Autónomas: 0,075 puntos.

6.– Por cada mes de servicios prestados como Médico/a en cualquier otra especialidad legalmente reconocida en las organizaciones de servicios sanitarios de la Seguridad Social, del resto de las Administraciones Públicas no incluidas en el párrafo anterior, así como aquellos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea de: 0,0188 puntos.

El cómputo de servicios prestados derivados de un nombramiento eventual de atención continuada, se realizará aplicándose un porcentaje del 50 % respecto del cómputo ordinario de servicios prestados.

A los efectos del cómputo de los servicios prestados por el personal con nombramiento de refuerzo en las Zonas de Salud Rurales de Atención Primaria, se le reconocerá un mes completo de servicios prestados calculándolos conforme a las siguientes reglas:

a) Un mes, o la parte que corresponda proporcionalmente, por cada ciento cuarenta y cinco horas, o fracción, realizadas.

b) Si dentro de un mes natural se hubiesen realizado más de ciento cuarenta y cinco horas, solamente podrá valorarse un mes de servicios prestados, sin que el exceso de horas efectuado durante aquel pueda ser aplicado para el cómputo de servicios prestados establecidos en la anterior regla a).

Del cómputo total, que se efectuará en base a los días naturales trabajados, se despreciarán los restos que resulten inferiores al mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

Al personal que acceda a través del turno de promoción interna se le computarán los servicios previos conforme a continuación se detalla:

a) Servicios prestados por personal en el grupo E: 0,03 puntos/mes.

b) Servicios prestados por personal en el grupo D: 0,045 puntos/mes.

c) Servicios prestados por personal en el grupo C: 0,06 puntos/mes.

d) Servicios prestados por personal en el grupo B: 0,075 puntos/mes.

e) Servicios prestados por personal en el grupo A: 0,15 puntos/mes.

f) Servicios prestados por personal en el mismo puesto al que se opta:

f.1) En las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud o en los Servicios de salud de las Comunidades Autónomas: 0,30 puntos/mes.

f.2) En las organizaciones de servicios sanitarios de la Seguridad Social, del resto de las Administraciones Públicas no incluidas en el párrafo anterior, así como aquellos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea: 0,15 puntos/mes.

Los servicios prestados en comisión de servicios o desempeño de funciones de superior categoría se computarán en el puesto efectivamente desempeñado.

Asimismo, se computarán en el puesto de origen los servicios prestados en situación de servicios especiales.

2) Formación, docencia e investigación (máximo, 20 puntos).

A) Se valorará dentro de este apartado la formación que resulte acreditada conforme a lo siguiente:

a) Formación pregrado:

La valoración del expediente académico se obtendrá en estos supuestos de la siguiente forma:

(Véase el .PDF)

No se evaluarán y por ello tampoco estarán comprendidas en el divisor, las asignaturas que hayan sido objeto de convalidación oficial ni las calificaciones correspondientes a las asignaturas de religión, formación política, educación física, idiomas, u otras asignaturas que no guarden una relación sustancial con el contenido esencial de los estudios de Licenciatura en Medicina.

b) Formación postgrado:

– Doctor/a cum laude: 10 puntos.

– Doctor/a: 9 puntos.

– Master postgrado: 6 puntos.

– Experto/a/Especialista universitario/a: 5 puntos.

– Suficiencia investigadora o Diploma de estudios avanzados: 4 puntos.

– Grado de licenciatura (sobresaliente o matrícula de honor): 3 puntos.

– Curso de doctorado, por cada curso, con un máximo de 10 cursos: 0,25 puntos.

– Otra titulación universitaria relacionada: 2,5 puntos.

En el caso de asignarse la puntuación como Doctor/a cum laude, no se asignará puntuación como Doctor/a. No se valorarán los cursos de doctorado de los programas que hayan servido para la obtención del título de Doctor/a, Doctor/a cum laude o Suficiencia investigadora o Diploma de estudios avanzados.

c) Formación especializada:

1.– Titulados/as superiores que hayan cumplido el período completo de formación como residentes de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria: 10 puntos.

2.– Titulados/as superiores que hayan cumplido el período completo de formación como residentes en centro extranjero con programa reconocido de docencia para postgraduados en la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria y con título convalidado por el Ministerio de Educación y Ciencia: 10 puntos.

3.– Titulados/as superiores que hayan superado el curso de perfeccionamiento para la obtención del título de Médico/a Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, conforme a lo establecido en el Real Decreto 264/1989 y titulados/as superiores que hayan realizado la formación complementaria y superado la prueba de evaluación clínica objetiva estructurada, para la obtención del título de Médico/a especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, conforme a lo establecido en el Real Decreto 1753/1998, de 31 de julio: 3 puntos.

4.– Aspirantes que se encuentren en posesión de otro u otros títulos de especialista, siempre que hubieran sido obtenidos mediante cumplimiento del periodo de formación como residentes del programa MIR o mediante el cumplimiento del periodo completo de formación como residentes en centro extranjero con programa reconocido de docencia para postgraduados: 0,50 puntos.

5.– Aspirantes que se encuentren en posesión de otro u otros títulos de especialista vía no MIR: 0,25 puntos.

d) Idiomas (máximo, 3 puntos):

– Inglés: máximo 1,5 puntos.

– Francés: máximo 1,5 puntos.

– Alemán: máximo 1,5 puntos.

e) Conocimientos de informática (máximo, 2 puntos).

B) Se valorará dentro de este apartado la formación que hubiese finalizado dentro del plazo de los 10 años anteriores al último día de presentación de solicitudes que resulte acreditada conforme a lo siguiente:

a) Formación continuada:

Por la asistencia a cursos relacionados con la categoría del destino solicitado:

– Hasta 9 horas: 0,25 puntos.

– 10 a 19 horas: 0,75 puntos.

– 20 a 29 horas: 1,25 puntos.

– 30 a 49 horas: 2 puntos.

– 50 a 99 horas: 3 puntos.

– 100 a 249 horas: 4 puntos.

– 250 a 599 horas: 5 puntos.

– 600 o más horas: 6 puntos.

Cuando en las certificaciones de los cursos conste únicamente el número de créditos, para la asignación de la puntuación se efectuará la siguiente equivalencia:

– 1 crédito del Sistema Europeo de Créditos (ECTS): 25 horas.

– 1 crédito de la Comisión de Formación Continuada: 10 horas.

En aquellas certificaciones en las que no conste el número de horas de duración del curso ni se asignen créditos, o disponiendo de créditos, estos sean diferentes a los especificados en el párrafo anterior, o se establezca otra equivalencia de los créditos en horas, el tribunal, a la vista de la certificación aportada y del contenido del curso, asignará la puntuación correspondiente sin que en ningún caso pueda otorgar una puntuación inferior a 0,25 puntos.

Se valorarán los cursos acreditados/certificados por Organismos Oficiales, Universidades, Instituciones Sanitarias y, en su caso, Colegios Profesionales y Sociedades Científicas, así como los cursos acreditados/certificados en virtud de los Acuerdos de Formación Continua suscritos por cualquier Administración Pública, siempre que no formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación oficial.

b) Actividades docentes:

– Catedrático/a de Facultad/Escuela Universitaria (por año): 1 punto.

– Profesor/a titular o asociado/a de Facultad/Escuela Universitaria (por año): 0,50 puntos.

– Tutor/a acreditado/a para la docencia de residentes, en su caso, de la especialidad de que se trate (por año): 0,750 puntos.

– Docencia en programas oficiales de formación continuada (por hora): 0,050 puntos.

c) Actividades científicas y de difusión del conocimiento:

Por la publicación de trabajos científicos, presentación de ponencias, comunicaciones, conferencias o mesas redondas relacionadas con el puesto funcional del destino solicitado:

– Por cada ponencia regional: 0,50 puntos.

– Por cada ponencia nacional: 2 puntos.

– Por cada ponencia internacional: 3 puntos.

– Por cada comunicación oral/póster regional: 0,30 puntos.

– Por cada comunicación oral/póster nacional: 1,20 puntos.

– Por cada comunicación oral/póster internacional: 2 puntos.

– Por cada mesa redonda regional: 0,40 puntos.

– Por cada mesa redonda nacional: 1,50 puntos.

– Por cada mesa redonda internacional: 2,50 puntos.

– Por cada publicación (primer/a autor/a): 2 puntos.

– Por cada publicación (otros autores): 1 punto.

– Por cada libro (primer/a autor/a): 4 puntos.

– Por cada libro (otros autores): 2 puntos.

– Por cada capítulo (primer/a autor/a): 2 puntos.

– Por cada capítulo (otros autores): 1 punto.

– Por tesina: 3 puntos.

No se valorarán otros méritos no especificados en este apartado.

3) Euskera:

– PL2: 18 puntos.

– PL1: 9 puntos.

ANEXO IV
FAC. ESP. MÉDICO/A DE FAMILIA

I.– TEMARIO GENERAL.

A) Conceptos generales necesarios para la práctica clínica en AP.

1.– La atención primaria de la salud. Enfoque biopsicosocial de la salud y enfermedad. Determinantes sociales de la salud. Método centrado en el paciente.

2.– Gestión y organización de la actividad en el equipo de atención primaria. Trabajo en equipo.

3.– Comunicación asistencial y entrevista clínica en atención primaria. Fases de la entrevista clínica. Cómo comunicar malas noticias. Decisiones compartidas.

4.– Documentación clínica. Historia clínica informatizada. Carpeta de salud. Certificados. Informes y partes.

5.– Bioética. Principios básicos. Ley de autonomía del paciente.

6.– La gestión de la atención: gestión clínica, gestión de la calidad. Evaluación. Coordinación entre niveles asistenciales. Responsabilidad profesional. Incapacidad temporal. Enfermedades de declaración obligatoria.

7.– Epidemiología. Medidas de frecuencia de enfermedad: incidencia y prevalencia. Riesgo y asociación causal. Tasas de mortalidad.

8.– Medicina basada en la evidencia (MBE). Fuentes de información. Calidad de la evidencia Revisiones sistemáticas y guías de práctica clínica. Aplicación práctica de la MBE.

9.– Investigación en AP. Metodología de la investigación en atención primaria. Pregunta de investigación. Tipos de estudio. Planificación de la investigación. Ejecución de la investigación y análisis de resultados (estadística básica). Difusión de la investigación.

10.– Utilización racional de las pruebas diagnósticas aplicadas a los problemas de salud en atención primaria.

11.– Uso racional del medicamento en atención primaria. Prescripción razonada. Innovación terapéutica. Seguridad. Prescripción prudente y gestión de la polimedicación. Deprescripción. Farmacovigilancia.

12.– Prevención, promoción y educación para la salud. Programa de actividades preventivas y promoción de la salud (PAPPS). Calendario vacunal de Euskadi.

13.– Adecuación en Salud. Seguridad del paciente. Prevención cuaternaria. Sobrediagnóstico y sobretratamiento. Atención al dolor crónico.

14.– Abordaje familiar de los problemas de salud. Ciclo vital familiar.

15.– Atención a la comunidad. Participación e intervención comunitaria.

B) Práctica clínica en AP.

16.– Enfermedad cardiovascular. Mareo y Síncope. Arritmias. Riesgo cardiovascular. Hipertensión arterial. Cardiopatía isquémica. Enfermedad cerebrovascular. Insuficiencia cardíaca. Patología vascular arterial y venosa.

17.– Problemas respiratorios. Tos, disnea, dolor torácico, hemoptisis. Asma, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, neumonía adquirida en la comunidad, neoplasias pulmonares. Exploración funcional respiratoria, exámenes complementarios (analítica y radiología).

18.– Problemas digestivos en atención primaria. Dolor abdominal, hemorragia digestiva, estreñimiento, dispepsia, diarrea. Enfermedad por reflujo gastroesofágico, infección por Helicobacter Pylori, gastritis, ulcus, gastropatía por AINEs. Alteración de las pruebas funcionales hepáticas, hepatopatía crónica, pancreatitis. Enfermedad inflamatoria intestinal, síndrome del intestino irritable, patología anorrectal benigna. Neoplasias digestivas.

19.– Problemas infecciosos. Síndrome febril. Gripe, COVID, tuberculosis, brucelosis, salmonelosis, hepatitis, SIDA y otras ITS: epidemiología, diagnóstico. Prevención. Uso de antimicrobianos y resistencias bacterianas. Consejos a viajeros.

20.– Diabetes mellitus. Obesidad. Dislipemias. Nutrición y salud. Hiperuricemia y gota.

21.– Hiper e hipotiroidismo. Nódulo tiroideo. Bocio. Trastornos del metabolismo del calcio.

22.– Problemas de salud mental. Depresión. Conducta suicida. Ansiedad. Trastornos adaptativos. Trastornos del sueño. Trastornos somatomorfos. Trastornos de la conducta alimentaria. Psicofármacos.

23.– Problemas del sistema nervioso. Semiología neurológica. Cefaleas. Temblor. Mareo. Neuropatías. Deterioro cognitivo y demencias.

24.– Patología hematológica. Alteraciones por exceso o defecto de las tres series del hemograma. Anemia en atención primaria: diagnóstico diferencial y tratamiento. Anticoagulación: indicaciones y seguimiento en AP.

25.– Patología dermatológica. Lesiones elementales de la piel y afecciones dérmicas más comunes: prurito, tumores cutáneos, psoriasis, micosis cutáneas, eccemas, acné, rosácea, lesiones vesiculo-ampollosas, lesiones eritematosas.

26.– Patología oral: glositis, neoplasias, aftas. Enfermedad periodontal.

27.– Patología nefrourológica más frecuente en atención primaria. Hematuria. Proteinuria. Infecciones urinarias. Incontinencia urinaria. Urolitiasis. Patología prostática. Dolor escrotal. Disfunción eréctil. Enfermedad renal crónica.

28.– Patología musculo esquelética-osteoarticular. Cervicalgia, lumbalgia, hombro doloroso, patología de la extremidad superior e inferior. Artrosis, osteoporosis, fibromialgia, artritis, enfermedades reumáticas inflamatorias.

29.– Abordaje de los problemas traumatológicos básicos en atención primaria. Traumatismos.

30.– Patología de ORL más común en atención primaria. Hipoacusia. Acúfenos. Disfonía. Epistaxis. Faringoamigdalitis, rinitis, otitis, sinusitis, vértigo. Neoplasias.

31.– Patología oftalmológica más frecuente en atención primaria. Diagnóstico diferencial del ojo rojo. Dolor ocular. Disminución de la agudeza visual. Ojo seco. Conjuntivitis. Alteraciones palpebrales.

32.– Conductas de riesgo adictivo. Tabaquismo, abuso de alcohol, otras drogodependencias.

33.– Urgencias y emergencias en atención primaria. Resucitación cardiopulmonar básica y avanzada. Hiper e hipoglucemias. Anafilaxia. Crisis convulsiva. Agitación. Intoxicaciones. Síndrome coronario agudo. Crisis hipertensiva. Edema agudo de pulmón. Crisis asmática. Alteración del nivel de conciencia. Shock. Tromboembolismo pulmonar.

34.– Atención a la mujer. Trastornos del ciclo menstrual. Hemorragia uterina anormal. Dolor pélvico. Vulvovaginitis. Anticoncepción. Atención al embarazo normal. Climaterio.

35.– Atención al anciano. Concepto del anciano frágil y dependencia; herramientas para la valoración. Valoración geriátrica integral. Medicación en el paciente anciano. Otros síndromes geriátricos: Inmovilidad, caídas. Paciente crónico en situación de multimorbilidad y complejidad.

36.– Cuidados paliativos. Organización y planificación de los cuidados paliativos. Valoración del paciente, cuidador y familia. Comunicación, planificación anticipada de decisiones. Control de síntomas. Fase final de la vida. Atención al duelo y al cuidador.

37.– Eutanasia. Prestación de ayuda para morir.

38.– Violencia de género. Actuación de los profesionales de atención primaria.

39.– Objeto de la Ley protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

40.– Estrategia para la Atención Primaria de Euskadi.

41.– Plan Oncológico de Euskadi.

42.– Plan de Cuidados Paliativos de Euskadi.

43.– Protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo en Osakidetza.

BIBLIOGRAFÍA DEL TEMARIO GENERAL

1.– Martín Zurro, A. Atención primaria. Principios, organización y métodos en medicina de familia y atención primaria. 8.ª edición. Elsevier. 2019. ISBN: 9788491131861.

2.– Martín Zurro, A. Atención primaria. Problemas de salud en la consulta de medicina de familia. 8.ª edición. Elsevier. 2019. ISBN: 9788491131854.

3.– Borrell, F. Entrevista clínica. Manual de estrategias prácticas. Barcelona: semFYC. 2004. ISBN: 84-96216-44-6.

https://comunicacionysalud.es/wp-content/uploads/2014/08/EntrevistaClinica_2004.pdf

4.– Decreto 38/2012, de 13 de marzo, sobre historia clínica y derechos y obligaciones de pacientes y profesionales de la salud en materia de documentación clínica.

5.– Carpeta de Salud.

https://www.osakidetza.euskadi.eus/servicios-on-line/-/carpeta-de-salud/

6.– Sobre bioética y medicina de familia.

https://www.samfyc.es/pdf/GdTBio/201039.pdf

7.– Bioética. Formación teórica. Portal Fisterra.

https://www.fisterra.com/formacion/bioetica/

8.– Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

9.– Guía de valoración de incapacidad laboral temporal para médicos de atención primaria. 2.ª edición. Escuela Nacional del Trabajo (ENMT). Instituto de Salud Carlos III. Madrid. 2015.

http://gesdoc.isciii.es/gesdoccontroller?action=download&id=15/01/2016-440fa7054c

10.– Straus S, Glasziou P, Richardson S, Haynes B. Medicina basada en la evidencia. Cómo ejercer y enseñar la MBE. 5.ª edición. Elsevier. 2019. ISBN: 9788491134862.

11.– Juan B Cabello por Caspe. Lectura crítica de la evidencia clínica. 2.ª edición. Barcelona. Elsevier. 2022.

https://redcaspe.org/

12.– Argimón,J.M. y Jiménez Villa, J. Métodos de investigación clínica y epidemiológica. 5.ª edición. Elsevier. 2019. ISBN 978-8491130079.

13.– Actualización 2020: PAPPS. Atención Primaria. Noviembre 2020;52:S2.

https://papps.es/resumen-recomendaciones-2020/

14.– Monográfico Atención Primaria. Sobrediagnóstico y sobretratamiento: la visión de la Atención Primaria. Vol. 50. Núm. S2. Páginas 1-96 (Noviembre 2018).

https://www.elsevier.es/es-revista-atencion-primaria-27-sumario-vol-50-num-s2-S0212656718X00110

15.– Calendario vacunal Euskadi.

https://www.euskadi.eus/informacion/vacunacion-infantil-/web01-a3infan/es/

https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/manual_vacunaciones/es_def/adjuntos/00-MANUAL-VACUNACIONES-2020.pdf

16.– Monográfico AMF. Atención Comunitaria. Vol. 17. Núm. 5. Páginas 241-310 (Mayo 2021).

https://www.amf-semfyc.com/es/web/home-antigua/mayo-2021

17.– Guía para el abordaje de la salud desde una perspectiva comunitaria. Vitoria-Gasteiz. Departamento de Salud. Gobierno Vasco. 2016.

https://www.euskadi.eus/informacion/guia-metodologica-para-el-abordaje-de-la-salud-desde-una-perspectiva-comunitaria/web01-a2osabiz/es/

18.– Exploración física. Basado en la persona, en el síntoma y en la evidencia. 2.ª edición. Barcelona: semFYC. 2020. ISBN: 978-84-121070-7-4.

19.– Catálogo de guías de práctica clínica del Sistema Nacional de Salud (SNS). Portal GuiaSalud.

https://portal.guiasalud.es/gpc/

20.– Guías clínicas. Portal Fisterra.

https://www.fisterra.com/guias-clinicas/

21.– AMF: Sección Principales Problemas de Salud.

https://www.amf-semfyc.com/es/web/secciones/los-principales-problemas-de-salud

22.– Guía terapéutica en atención primaria. 8.ª edición. Barcelona: semFYC. 2022. ISBN: 978-84-124769-7-2.

23.– Boletín farmacoterapéutico INFAC. Centro Vasco de Información de medicamentos CEVIME (2019-2022).

https://www.euskadi.eus/informacion/boletin-infac/web01-a2cevime/es/

24.– Guía de terapéutica antimicrobiana del área Aljarafe. [Internet]. 3.ª edición. Distrito de atención primaria Aljarafe.

http://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/guiaterapeuticaaljarafe/guiaTerapeuticaAljarafe/guia/guia.asp

25.– Monográfico AMF. Urgencias. Vol. 15. Núm. 5. Páginas 241-318 (Mayo 2019).

https://www.amf-semfyc.com/es/web/home-antigua/mayo-2019

26.– Ministerio de Sanidad. Actualización del documento de consenso sobre prevención de la fragilidad en la persona mayor (2022). Madrid. 2022.

https://www.sanidad.gob.es/profesionales/saludPublica/prevPromocion/Estrategia/EnvejecimientoSaludable_Fragilidad/Fragilidadycaidas.htm

27.– Plan de atención a las personas mayores (PAM) de Osakidetza.

https://www.osakidetza.euskadi.eus/contenidos/informacion/osk_trbg_planes_programas/es_def/adjuntos/plan-de-atencion-a-personas-mayores_PAM.pdf

28.– Voluntades anticipadas. Ley de Eutanasia.

Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad.

Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia.

Manual de buenas prácticas en eutanasia.

https://www.sanidad.gob.es/eutanasia/docs/Manual_BBPP_eutanasia.pdf

Web Departamento Salud Euskadi.

https://www.euskadi.eus/eutanasia-resolvemos-tus-dudas/web01-a2inform/es/

29.– Violencia de género. Guía de actuación ante la violencia de género y las agresiones sexuales en Euskadi. Vitoria-Gasteiz. Osakidetza. 2019.

https://www.osakidetza.euskadi.eus/guia-de-actuacion-ante-la-violencia-de-genero-y-las-agresiones-sexuales-en-euskadi/ab84-procon/es/

30.– Estrategia de Seguridad del Paciente en Osakidetza 2020.

https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/cinfo_estrategia_seg_paciente/es_def/adjuntos/ESTRATEGIA2020_es.pdf

31.– Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi.

32.– Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

33.– Ley 7/2002, de 12 de diciembre, Ley Voluntades Anticipadas.

34.– Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia.

35.– Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

36.– Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

37.– Estrategia para la Atención Primaria de Euskadi.

https://www.osakidetza.euskadi.eus/docs/ab84-estrategia-para-la-atencion-primaria-en-euskadi.pdf

38.– Plan Oncológico de Euskadi.

https://www.euskadi.eus/plan-oncologico-de-euskadi-2018-2023/web01-a2gaixo/es/

39.– Plan de Cuidados Paliativos de Euskadi.

https://www.euskadi.eus/informacion/plan-de-cuidados-paliativos-de-euskadi-2016-2020/web01-a2inform/es/

40.– Protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo en Osakidetza.

https://www.osakidetza.euskadi.eus/contenidos/informacion/osk_servic_proto_aseso_confide/es_def/adjuntos/ACOSO_SEX_WEB_cas.pdf

II.– TEMARIO COMÚN

1.– Ordenación de las profesiones sanitarias.

2.– Cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.

3.– Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

4.– Ordenación Sanitaria de Euskadi.

5.– Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.

6.– Derechos y deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi.

7.– Autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

8.– Las voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad.

9.– Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

10.– Igualdad de Mujeres y Hombres.

11.– Marco Estratégico.

12.– Plan de Salud. Políticas de Salud para Euskadi.

13.– Estrategia de Seguridad del Paciente en Osakidetza.

14.– Estrategia de Atención Sociosanitaria de Euskadi.

15.– III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza.

BIBLIOGRAFÍA DEL TEMARIO COMÚN

1.– Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación Profesiones Sanitarias.

2.– Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad en el Sistema Nacional de Salud.

3.– Ley 55/2003, de 16 de diciembre, Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

4.– Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi.

5.– Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.

6.– Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi.

7.– Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

8.– Ley 7/2002, de 12 de diciembre, Ley Voluntades Anticipadas.

9.– La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

10.– Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, incluyendo la segunda modificación de la Ley 1/2022, de 3 de marzo.

11.– Marco Estratégico. Departamento de Salud. 2021-2024.

https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/marco_estrategico_2021_2024/es_def/adjuntos/Marco-Estrategico-Departamento-Salud-2021-2024.pdf

12.– Plan de Salud. Políticas de Salud para Euskadi 2013-2020.

http://www.osakidetza.euskadi.eus/contenidos/informacion/publicaciones_informes_estudio/es_pub/adjuntos/plan_salud_2013_2020.pdf

13.– Estrategia de Seguridad del Paciente en Osakidetza 20 20.

https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/cinfo_estrategia_seg_paciente/es_def/adjuntos/ESTRATEGIA2020_es.pdf

14.– Estrategia de Atención Sociosanitaria de Euskadi (2021-2024).

https://www.euskadi.eus/contenidos/documentacion/doc_sosa_soziosanitario_estrat/es_def/adjuntos/estrategia_sociosanitaria_es_web.pdf

15.– III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza 2022-2028.

https://www.osakidetza.euskadi.eus/contenidos/informacion/osk_ii_euskara_plana/es_def/adjuntos/III-Plan-Normalizacion-Uso-Euskera-Osakidetza.pdf


Análisis documental