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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 217, lunes 14 de noviembre de 2022


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
4912

RESOLUCIÓN de 26 de septiembre de 2022, del Director de HABE, por la que se estiman las solicitudes presentadas por los euskaltegis privados y centros homologados de autoaprendizaje de euskera para el acceso a la pizarra digital y a sus correspondientes soportes, y se fija el importe de la subvención que corresponde a cada solicitante, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 12 de julio de 2022, por la que se regula la concesión de subvenciones a los euskaltegis privados y centros homologados de autoaprendizaje de euskera para el acceso a las pizarras digitales y a sus correspondientes soportes.

Visto que tres de las solicitudes presentadas a la convocatoria corresponden a personas físicas y no son solicitudes a las que se refiere la presente Resolución.

Visto que el resto de solicitantes que se presentan a la convocatoria y que se relacionan en el anexo son titulares de euskaltegis privados y centros homologados de autoaprendizaje de euskera, y cumplen los requisitos exigidos a los beneficiarios.

Visto que el equipamiento tecnológico motivo de subvención solicitado por los euskaltegis son las pizarras digitales y sus correspondientes soportes, que son, precisamente, el objeto de la presente convocatoria.

Considerando que no se puede superar el máximo indicado en el Anexo I de la convocatoria y que se subvenciona la mitad del coste de adquisición del equipamiento para el que se solicita la ayuda,

RESUELVO:

1.– Denegar la subvención solicitada a las tres personas físicas que no fueron objeto de la presente Resolución y que han presentado solicitud en esta convocatoria.

2.– Aprobar la concesión de una subvención por importe de 113.204,45 euros para la adquisición de pizarras digitales y sus correspondientes soportes a los euskaltegis privados homologados y centros de autoaprendizaje de euskera relacionados en el anexo, con indicación del importe adjudicado a cada uno de ellos.

La cuantía máxima de la subvención por euskaltegi será la indicada.

3.– La subvención concedida se abonará a la entidad beneficiaria en un único pago, una vez justificado el gasto, ajustándose, en su caso, mediante resolución de liquidación, en función de los criterios previstos en la base 10 de la Resolución.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Consejero de Cultura y Política Lingüística. A tal efecto, dispondrán del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la Resolución.

En Donostia / San Sebastián, a 26 de septiembre de 2022.

El Director de HABE,

JOKIN AZKUE ARRASTOA.

ANEXO
(Véase el .PDF)

Análisis documental