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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 210, jueves 3 de noviembre de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
4710

RESOLUCIÓN de 18 de octubre de 2022, del Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial, por la que se modifica la Resolución de 3 de septiembre de 2018, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, que dicta instrucciones para la tramitación de los expedientes de puesta en servicio, ampliaciones e inspecciones periódicas de instalaciones eléctricas en garajes de vehículos.

La Resolución de 3 de septiembre de 2018, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se dictan instrucciones para la tramitación de los expedientes de puesta en servicio, ampliaciones e inspecciones periódicas de instalaciones eléctricas en garajes de vehículos, establece la tramitación de este tipo de expedientes, indicando la documentación necesaria para ello.

Con la publicación del Decreto 81/2020, de 30 de junio, de seguridad industrial, se ha introducido el mecanismo de la declaración responsable para poner en servicio instalaciones de seguridad industrial, incluidas las de baja tensión, desapareciendo, por tanto, la obligatoriedad de presentar ante la Administración la documentación indicada en la Resolución de 3 de septiembre de 2018 antes citada.

Con objeto de adecuar la tramitación de instalaciones eléctricas de baja tensión en garajes a lo recogido en el Decreto 81/2020, y a la vista de la experiencia recogida en estos años, procede modificar la Resolución de 3 de septiembre de 2018.

Vistas las disposiciones legales citadas y otras de general y concordante aplicación,

RESUELVO:

Primero.– En todos aquellos casos en los que la Resolución de 3 de septiembre de 2018, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se dictan instrucciones para la tramitación de los expedientes de puesta en servicio, ampliaciones e inspecciones periódicas de instalaciones eléctricas en garajes de vehículos, indica que se debe presentar cierta documentación a la Administración, debe entenderse que bastará con que esa documentación esté en todo momento a disposición de la Administración, conforme al Decreto 81/2020, de 30 de junio, de seguridad industrial.

Segundo.– A partir de la presente Resolución, las instalaciones eléctricas de baja tensión de los talleres de reparación de vehículos no se tramitarán como instalaciones en garajes sino como instalaciones industriales, locales de pública concurrencia y/o locales con riesgo de incendio y explosión según sea el caso.

Tercero.– Se sustituye la tabla del punto 1 del apartado octavo de la mencionada Resolución de 3 de septiembre de 2018, por la siguiente:

(Véase el .PDF)

Cuarto.– Se sustituye la tabla del punto 2 del apartado octavo de la mencionada Resolución de 3 de septiembre de 2018, por la siguiente:

(Véase el .PDF)

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de octubre de 2022.

El Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial,

ZIGOR URQUIAGA URQUIZA.


Análisis documental