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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 194, lunes 10 de octubre de 2022


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y EMPLEO
4343

RESOLUCIÓN de 27 de septiembre de 2022, del Director de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la publicación de la sanción impuesta por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales en el expediente (48/2021/190) – Acta de infracción I482021000039736.

Visto el expediente de sanción incoado a la empresa Verter Recycling 2002, S.L., con CIF-B95210837 y domicilio en 48250 de Zaldibar (Bizkaia), Barrio Eizaga , CS, Kondia 3 – en virtud del acta de infracción n.º I482021000039736, extendida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Bizkaia, con fecha 13 de septiembre de 2021.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– Mediante resolución del Director de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco, de fecha 1 de marzo de 2022 se impuso a la empresa Verter Recycling 2002,S.L., una sanción por importe de trescientos mil (300.000) euros por la comisión de una infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, tipificada en el artículo 13.10 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto: «No adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores».

Segundo.– Dicha resolución no fue recurrida en alzada, por lo que la misma adquirió firmeza con fecha de 11 de abril de 2022.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único.– La competencia para conocer del expediente le viene atribuida al Director de Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 7/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Empleo. (BOPV de 29 de enero de 2021), Real Decreto 928/98, de 14 de mayo (BOE de 3 de junio de 1998) y en los artículos 2, 3, y 4 del Decreto 244/2012, de 21 de noviembre, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales y creación del registro de empresas sancionadas (BOPV de 4 de diciembre de 2012).

Vistos los preceptos legales y demás de general aplicación, la Dirección de Trabajo y Seguridad Social, en uso de las atribuciones que tiene conferidas

RESUELVE:

Primero.– Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de los datos referidos a la sanción firme impuesta, que a continuación se indican:

– Razón social: Verter Recycling 2002, S.L.

– Sector de actividad a la que se dedica: Tratamiento y eliminación de residuos no peligrosos.

– Código de Identificación Fiscal: B95210837.

– Domicilio social: Barrio Eizaga, CS, Kondia 3, 48250 de Zaldibar (Bizkaia).

– Infracción cometida: 13.10 TRLISOS: No adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores.

– Cuantía de la sanción económica: Trescientos mil (300.000) euros.

– Fecha del acta de infracción: 13 de septiembre de 2021.

– Fecha de la resolución sancionadora: 1 de marzo de 2022.

– Fecha en la que la sanción adquirió firmeza: 11 abril de 2022.

Segundo.– Ordenar la inscripción de los datos objeto de publicación en el registro de sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, adscrito a esta Dirección de Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 244/2012, de 21 de noviembre, anteriormente citado.

Los datos registrales correspondientes a la sanción impuesta se cancelarán a los cinco años contados desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado la sanción en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de septiembre de 2022.

El Director de Trabajo y Seguridad Social,

ANGEL LAPUENTE MONTORO.


Análisis documental