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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 250, jueves 16 de diciembre de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
6257

RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2021, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se conceden ayudas a intervenciones de acción humanitaria de la línea de proyectos de acción humanitaria para 2021.

El Decreto 90/2019, de 18 de junio, regula las ayudas a intervenciones de acción humanitaria (BOPV núm. 120, de 26 de junio de 2019), distinguiendo dos tipologías de actuaciones. Por una parte, los proyectos de acción humanitaria, centrados en la protección de las personas afectadas por crisis humanitarias; y, por otra, las estrategias de acción humanitaria, que son intervenciones de medio plazo y mayor presupuesto que, además de las acciones de protección mencionadas, incluyen otras acciones de fortalecimiento de las organizaciones humanitarias y de sensibilización a la ciudadanía vasca.

Por Resolución de 9 de marzo de 2021, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (BOPV núm. 55, de 17 de marzo de 2021), fueron convocadas las ayudas a proyectos de acción humanitaria para el ejercicio 2021 por un importe total de 6.000.000,00 de euros.

Por Resoluciones de 16 de junio de 2021 (BOPV núm. 130, de 2 de julio de 2021), 19 de julio de 2021 (BOPV núm. 191 de 23 de septiembre de 2021) y 13 de septiembre de 2021 (BOPV núm. 207, de 18 de octubre de 2021; corregida por Resolución de 8 de octubre de 2021, BOPV núm. 214, de 27 de octubre de 2021), del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, se han concedido de forma sucesiva ayudas a intervenciones de acción humanitaria de la línea de proyectos de acción humanitaria para 2021, quedando pendiente de conceder en la citada convocatoria un remanente de 54.097,76 euros.

Por Resolución de 16 de noviembre de 2021 (BOPV núm. 234, de 24 de noviembre de 2021), del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, se ha resuelto la convocatoria de ayudas de la línea de estrategias, con cargo a la cooperación para el desarrollo para el año 2021, adjudicándose un total de 4.371.910,78 euros de los 4.500.000,00 euros de los que está dotada económicamente dicha línea de ayudas para el año 2021. En consecuencia, el remanente en la convocatoria de ayudas de la línea de estrategias asciende a 128.089,22 euros.

De acuerdo con el artículo 4.3 del Decreto 90/2019, de 18 de junio, por el que se regulan las ayudas a intervenciones de acción humanitaria, el remanente no asignado de la dotación prevista en el procedimiento de concurrencia competitiva (ayudas de la línea de estrategias de acción humanitaria) podrá destinarse a la modalidad de otorgamiento sucesivo (ayudas a intervenciones de acción humanitaria de la línea de proyectos de acción humanitaria), bien porque no se reciben solicitudes de estrategias suficientes para agotarla, o bien porque las solicitudes presentadas no reúnen los requisitos establecidos, no cumplen con las premisas establecidas en el Plan Director de Cooperación para el Desarrollo y la Estrategia de Acción Humanitaria, que se encuentren vigentes en el momento de realizar la solicitud, o no alcanzan la puntuación mínima requerida.

A la vista de lo anterior y atendiendo a la propuesta de concesión de las ayudas efectuada por la Comisión de Valoración designada al efecto por el artículo 4 de la Resolución de 9 de marzo de 2021, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, tras haber sido realizado el análisis técnico y la valoración de las solicitudes de ayudas por el Servicio de Coordinación Técnica de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, se propone la aprobación de una solicitud por un importe total de 118.075,37 euros, correspondiente a: 54.030,76 euros de las ayudas a intervenciones de acción humanitaria de la línea de proyectos de acción humanitaria para 2021 y 64.044,61 euros correspondientes al remanente de las ayudas de la línea de estrategias, con cargo a la cooperación para el desarrollo para el año 2021. Por todo ello,

RESUELVO:

Primero.– Adjudicar ayudas convocadas por Resolución de 9 de marzo de 2021, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, a las entidades recogidas en el Anexo I de la resolución, por el importe y en los términos que se indican en el mismo.

Segundo.– Denegar las solicitudes presentadas por las entidades que se determinan en el Anexo II de la presente Resolución, por los motivos que se indican en el mismo.

Tercero.– Notificar la presente Resolución a las entidades interesadas.

Cuarto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución, para su general conocimiento, en el Boletín Oficial del País Vasco.

Quinto.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidencia de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de noviembre de 2021.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.

(Véase el .PDF)

Análisis documental