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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 248, martes 14 de diciembre de 2021


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
6184

RESOLUCIÓN 1472/2021, de 25 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se establecen los criterios para la determinación de las plazas objeto de convocatoria en la Oferta Pública de Empleo 2018-2019.

Mediante Acuerdo de 17 de diciembre de 2018, del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprobó la Oferta de Empleo Público del Ente Público para el ejercicio 2018 (BOPV n.º 44, de 4 de marzo de 2019). En virtud del mismo, se convocaron 1.083 plazas en el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo. En el acuerdo indicado, se señalaba asimismo que la Oferta Pública de Empleo del 2018 podría materializarse de manera agregada con la Oferta Pública de Empleo para el año 2019 y que los procesos de acceso a la condición de personal estatutario fijo y de promoción interna se desarrollarían de manera conjunta, con arreglo al sistema de concurso oposición.

Mediante Acuerdo de 26 de diciembre de 2019, del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprobó la convocatoria de la Oferta Pública de Empleo en Osakidetza-Servicio vasco de salud para el año 2019, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo (BOPV n.º 12, de 20 de enero de 2020). Este acuerdo incluyó 2.150 plazas para su convocatoria en el turno libre y aprobó la convocatoria de procesos selectivos de promoción interna para la cobertura de 302 plazas. Así mismo, se exponía que, por motivos de racionalización y eficacia de los procesos selectivos, se acumularían las plazas correspondientes a la Oferta Pública de Empleo 2018, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de Osakidetza de 17 de diciembre de 2018, a las incluidas en el Acuerdo de 26 de diciembre de 2019 y que los procesos de acceso a la condición de personal estatutario fijo y de promoción interna se desarrollarían de manera conjunta, con arreglo al sistema de concurso oposición.

Durante el año 2020 la Mesa Sectorial de Sanidad inició el proceso negociador para la aprobación de una nueva convocatoria de Oferta Pública de Empleo a realizar en el Ente Público, proceso que se ha desarrollado a lo largo de diversas reuniones sin acuerdo.

El apartado octavo del Acuerdo de 17 de diciembre de 2018 del Consejo de Administración de Osakidetza faculta a la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud para dictar la resolución de determinación de los puestos a convocar. Por su parte, el apartado octavo del Acuerdo de 26 de diciembre de 2019 del Consejo de Administración de Osakidetza faculta a la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud para dictar cuantas resoluciones sean necesarias para la ejecución de la OPE 2018-2019.

En cumplimiento de la encomienda efectuada por el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud contenida en sus Acuerdos de 17 de diciembre de 2018 y de 26 de diciembre de 2019, y a los efectos de la determinación de los puestos a convocar en el proceso de selección Oferta Pública de Empleo 2018-2019, se viene a dictar la presente

RESOLUCIÓN

Primero.– El número de puestos que integran la Oferta Pública de Empleo 2018-2019 asciende a la cantidad de 3.233 plazas en el turno libre y 302 en promoción interna.

Segundo.– El número de plazas a convocar ascenderá a un total de 3.535, de conformidad con lo recogido en el anexo de este Acuerdo, en el que se detalla el número de plazas ofertadas por categoría/puesto funcional, grupo profesional y turno de acceso.

Tercero.– Los criterios para la determinación de las plazas a incluir en la Oferta de Empleo Público 2018-2019 de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se establecen por el siguiente orden:

3.1.– En la convocatoria de promoción interna.

Se procederá a la selección de las plazas a incluir en el turno de promoción interna por el orden que se explicita en el presente apartado, hasta llegar al número de 302 plazas:

1.– Plazas vacantes sin titular ocupadas en promoción interna temporal, a fecha 31 de diciembre de 2020, realizándose la inclusión de las plazas en el proceso selectivo conforme al criterio de mayor antigüedad en el desempeño de la promoción interna temporal.

2.– Si fuera necesario, plazas vacantes sin titular ni ocupante a fecha 31 de diciembre de 2020. Se considerarán en primer lugar las vacantes que lleven más tiempo sin ocupante.

3.– Si fuera necesario, plazas vacantes sin titular ocupadas por personal interino a fecha 31 de diciembre de 2020, teniendo en consideración para la selección de las mismas la fecha de vinculación más antigua. Para la determinación de la referida antigüedad, se considerará la vinculación de la persona interina desde el nombramiento eventual y/o interino inicial, sin solución de continuidad en el mismo puesto funcional, en la misma organización de servicios y, en su caso, centro.

4.– Si fuera necesario, plazas vacantes ocupadas en comisión de servicios a fecha 31 de diciembre de 2020, realizándose la inclusión de las plazas en el proceso selectivo conforme al criterio de mayor antigüedad en el desempeño de la comisión de servicios.

5.– Si fuera necesario, plazas vacantes sin titular ocupadas en promoción interna temporal, a fecha 11 de noviembre de 2021, realizándose la inclusión de las plazas en el proceso selectivo conforme al criterio de mayor antigüedad en el desempeño de la promoción interna temporal.

Dichos criterios se aplicarán a las plazas afectadas en la fecha indicada, con independencia de las modificaciones que puedan producirse con posterioridad en dichas plazas.

La publicación de la información de las plazas objeto de convocatoria por el turno de promoción interna de cada categoría/puesto funcional se realizará tras la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de las correspondientes bases específicas de la Oferta Pública de Empleo 2018-2019, para cada una de las categorías/puestos funcionales ofertados.

Así, se identificará el número de plazas a convocar con el detalle de su número por categoría/puesto funcional, organización de servicios, centro de trabajo, unidad organizativa y localidad a la que pertenecen, régimen de jornada y perfil lingüístico, con indicación de la fecha de preceptividad, si esta está asignada, así como cualquier otro requisito adicional que fuera requerido en alguna de las plazas ofertadas.

3.2.– En la convocatoria de turno libre.

La selección de las plazas a incluir en el turno libre se realizará por el orden que se explicita en el presente apartado hasta llegar al número de 3.233 plazas:

1.– Los puestos que no resulten adjudicados, así como los que dejen vacantes (esto es, las vacantes sin titular, con o sin ocupante) las personas adjudicatarias a la finalización de los siguientes ciclos del Concurso de traslados abierto y permanente: ciclo diciembre 2020 / ciclo abril 2021 / ciclo noviembre 2021. Para la selección de las mismas se tendrá en consideración lo siguiente:

En el caso de las plazas que no resulten adjudicadas, así como aquellas plazas que dejen vacantes las personas adjudicatarias, a la finalización del Concurso de traslados, y que no cuenten con ocupante, se iniciará la selección, para su inclusión en la oferta, por aquellas vacantes que lleven más tiempo sin ocupante.

En el caso de plazas que no resulten adjudicadas, así como aquellas plazas que dejen vacantes las personas adjudicatarias, a la finalización del Concurso de traslados, y que cuenten con ocupante, se tendrá en consideración, para iniciar la selección de las mismas, la fecha de vinculación más antigua de el/la ocupante. Para la determinación de la referida antigüedad, en el caso de que el ocupante fuera personal fijo se considerará la vinculación de el/la ocupante en dicha plaza. En el caso de que el/la ocupante de la plaza fuera personal interino, para la determinación de la referida antigüedad, se considerará la vinculación de la persona interina desde el nombramiento eventual y/o interino inicial, sin solución de continuidad en el mismo puesto funcional, en la misma organización de servicios y, en su caso, centro.

2.– Si fuera necesario, plazas vacantes sin titular ni ocupante a fecha 31 de diciembre de 2020. Se considerarán en primer lugar las vacantes que lleven más tiempo sin ocupante.

3.– Si fuera necesario, plazas vacantes sin titular ocupadas por personal interino a fecha 31 de diciembre de 2020, teniendo en consideración para la selección de las mismas la fecha de vinculación más antigua. Para la determinación de la referida antigüedad, se considerará la vinculación de la persona interina desde el nombramiento eventual y/o interino inicial, sin solución de continuidad en el mismo puesto funcional, en la misma organización de servicios y, en su caso, centro.

4.– Si fuera necesario, plazas vacantes ocupadas en comisión de servicios a fecha 31 de diciembre de 2020, realizándose la inclusión de las plazas en el proceso selectivo conforme al criterio de mayor antigüedad en el desempeño de la comisión de servicios.

5.– Si fuera necesario, se aplicarán los criterios 2, 3 y 4 en sus mismos términos con fecha de un mes posterior a la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la resolución de adjudicación definitiva de los ciclos (ciclo diciembre 2020 / ciclo abril 2021 / ciclo noviembre 2021) del Concurso de traslados abierto y permanente de la categoría/puesto funcional que corresponda.

La aplicación de los criterios establecidos se realizará sobre el número de puestos incluidos en cada categoría/puesto funcional objeto de convocatoria en la Oferta Pública de Empleo 2018-2019.

Las plazas indicadas en el punto 1 del turno libre no podrán ser objeto de inclusión en ningún proceso de movilidad.

En relación con las plazas incluidas en los puntos 2, 3, 4 y 5 del turno libre los criterios se aplicarán a las plazas afectadas teniendo en cuenta las modificaciones que pudieran darse en dichas plazas derivadas de la realización de procesos de movilidad interna definitiva y de los ciclos convocados del Concurso de traslados abierto y permanente mencionados.

La información de las plazas objeto de convocatoria, por el turno libre, en las distintas categorías/puestos funcionales objeto de oferta en la OPE 2018-2019, se publicará de forma progresiva para cada una de ellas, y se realizará una vez finalizado el plazo de toma de posesión de los destinos ofertados en los ciclos convocados del Concurso de traslados abierto y permanente anteriormente especificadas. Así, se irán informando las plazas ofertadas en las distintas categorías/puestos funcionales incluidas en los distintos ciclos convocados del Concurso de traslados abierto y permanente identificados, una vez finalizados estos.

La información de las plazas a publicar identificará el número de plazas a convocar por el turno libre por categoría/puesto funcional, organización de servicios, centro de trabajo, unidad organizativa y localidad a la que pertenecen, régimen de jornada y perfil lingüístico, con indicación de la fecha de preceptividad, si esta está asignada, así como cualquier otro requisito adicional que fuera requerido en alguna de las plazas ofertadas.

Cuarto.– La aplicación de los criterios establecidos en el apartado anterior de la presente Resolución se realizará sobre el número de puestos incluidos en cada categoría/puesto funcional objeto de convocatoria en la Oferta Pública de Empleo 2018-2019.

Quinto.– La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco con carácter previo o de forma simultánea a la publicación en el referido Boletín de las resoluciones que contengan las bases de convocatoria que han de regir la Oferta Pública de Empleo 2018-2019.

Sexto.– De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, así como en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales de Osakidetza, contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 25 de noviembre de 2021.

La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

MARÍA ROSA PÉREZ ESQUERDO.

(Véase el .PDF)

Análisis documental