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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 129, jueves 1 de julio de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
3763

RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2021, del Delegado Territorial de Administración Industrial de Bizkaia, por la que se autoriza la instalación, se aprueba el proyecto y se declara la utilidad pública del Proyecto de entrada y salida ST Artxanda de la línea eléctrica a 132kV Basauri-Gatika 1 y 2 y entrada de las derivaciones a ST Mazarredo 1 y 2 en los términos municipales de Bilbao y Sondika (Bizkaia).

Ref.: Energía IFT/YMM.

Exp.: 48-AT-Y-2020-00032.

ANTECEDENTES DE HECHO

Uno.– Con fecha 25 marzo de 2020, la empresa I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. con domicilio en Bilbao, avenida San Adrián n.º 48, solicita autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de su utilidad pública en concreto, para el proyecto de Entrada y salida ST Artxanda de la línea eléctrica a 132kV Basauri-Gatika 1 y 2 y entrada de las derivaciones a ST Mazarredo 1 y 2, en los términos municipales de Bilbao y Sondika, aportando instancia al respecto acompañada del proyecto técnico correspondiente firmado por la Ingeniera Industrial Dña. M.ª Eugenia Dorronsoro Paulis, visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Gipuzkoa con fecha 19 de febrero de 2020.

Dos.– A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 48/2020 de 31 de marzo del Gobierno Vasco y Art. 144 del Real Decreto 1955/2000 del 1 de diciembre y la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental (BOE de 11-12-2013), en relación con lo previsto en la Ley 3/1998, de 27 de febrero, de Protección del Medio Ambiente del País Vasco (BOPV de 27-03-1998), fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., en el BOB con fecha 4 de septiembre de 2020, en el BOPV con fecha 4 de septiembre de 2020, y en el Diario El Correo con fecha 2 de septiembre de 2020.

Tres.– Con fecha 5 de octubre de 2020 se remitió a los Ayuntamientos de Sondika y Bilbao, además de URA (Agencia Vasca del Agua) y Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, petición de informe de la procedencia o no de la declaración de Utilidad Pública. Y en su caso, el condicionado técnico que considerasen oportuno. Realizando la correspondiente reiteración al Ayuntamiento de Sondika, a URA y al Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia con fecha 10 de noviembre de 2020.

Cuatro.– Dentro de los plazos reglamentarios, con fecha 17 de noviembre de 2020 el ayuntamiento de Bilbao presentó condicionado técnico. El promotor mostró su conformidad con el mismo, el cual no supone modificaciones del proyecto, ni oposición a la declaración, en concreto, de utilidad pública.

Cinco.– Con fecha 11 de enero de 2021 se remitió a los siguientes organismos , petición de informe de la procedencia o no de la declaración de impacto ambiental de la instalación: ayuntamientos de Bilbao y Sondika, Confederación Hidrográfica del Cantábrico, Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, URA (Agencia Vasca del Agua), Diputación Foral de Bizkaia (Dirección de Patrimonio Natural) y con fecha 12 de enero de 2021, a los siguientes departamentos del Gobierno Vasco: Departamento de Medio Ambiente (Dirección administración ambiental), Departamento de Turismo, Departamento de Cultura (Dirección de Patrimonio Cultural) y Departamento de Salud (Dirección de Salud Pública y Adicciones). Tanto la Dirección de Patrimonio Cultural como la Confederación Hidrográfica del Cantábrico manifestaron su conformidad al proyecto y no formularon observaciones en relación a las implicaciones ambientales del proyecto. La Dirección de Salud Pública y Adicciones planteó condicionantes de tipo general. Los informes de respuesta de las administraciones públicas afectadas se tuvieron en consideración en el estudio de impacto ambiental.

Seis.– Con fecha 12 de marzo de 2021, la Delegación Territorial de Administración Industrial de Bizkaia del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, envió solicitud de declaración de impacto ambiental del proyecto de referencia a la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular del Gobierno Vasco.

Finalmente, con fecha 30 de marzo de 2021 el Director de Calidad Ambiental y Economía Circular emite Resolución por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto de de la nueva subestación de maniobra S.M. Artxanda de 132 kV, con carácter favorable.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Uno.– En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Decreto 48/2020, de 31 de marzo del Gobierno Vasco y demás legislación concordante.

Dos.– El artículo 54 de la citada Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, declara la utilidad pública de las instalaciones de distribución de energía eléctrica a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso, llevando implícita tal declaración la necesidad de ocupación de los mismos e implicando la urgente ocupación a los efectos del artículo 56 de dicha Ley, así como del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Tres.– El informe de la Delegación Territorial de Administración Industrial de Bizkaia de fecha 2 de junio de 2021.

Cuatro.– El Delegado Territorial de Administración Industrial de Bizkaia es el órgano competente para la resolución del presente expediente, en virtud de lo establecido en el artículo 23 del Decreto 68/2021, de 23 de febrero, (BOPV de 05-03-2021) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

Cinco.– La Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, indica los proyectos sometidos al procedimiento de evaluación individualizada de impacto ambiental.

En consecuencia,

RESUELVE:

Autorizar, a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., aprobar el proyecto y declarar la utilidad pública del proyecto de Entrada y salida ST Artxanda de la línea eléctrica a 132kV Basauri-Gatika 1 y 2 y entrada de las derivaciones a ST Mazarredo 1 y 2.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, llevando implícita esta declaración, a tenor de lo dispuesto en el artículo 56 de la citada Ley 24/2013, de 26 de diciembre, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicando la urgente ocupación de los mismos y determinando las consecuencias que para la declaración de Urgente Ocupación dispone el artículo 52 de la Ley de expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, con los efectos regístrales del artículo 53 de la misma.

Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, en el Decreto 48/2020 de 31 de marzo del Gobierno Vasco y con las condiciones generales siguientes:

1.– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto mencionado, firmado por la Ingeniera Industrial Dña. M.ª Eugenia Dorronsoro Paulis, según visado del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Gipuzkoa con fecha 19 de febrero de 2020.

2.– El plazo de puesta en marcha no será superior a dos años, contando a partir de la fecha de notificación al titular de la resolución.

3.– El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Administración Industrial de Bizkaia, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.

4.– La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asimismo, se concede sin perjuicio de posibles de terceros y dejando a salvo el derecho en propiedad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial del Departamento, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Bilbao, a 15 de junio de 2021.

El Delegado Territorial de Administración Industrial de Bizkaia,

ADOLFO GONZÁLEZ BERRUETE.


Análisis documental