Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 95, lunes 17 de mayo de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

INSTITUTO VASCO ETXEPARE EUSKAL INSTITUTUA / BASQUE INSTITUTE
2802

RESOLUCIÓN de 11 de mayo de 2021, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se modifica la Resolución de 5 de marzo de 2021, por la que se da publicidad a la convocatoria aprobada por el Consejo de Dirección para la concesión de subvenciones a la movilidad de los/las creadores/as de artes plásticas y visuales, música, danza, y teatro, para promover la difusión exterior de la cultura vasca durante el 2021.

El 18 de marzo de 2021, fue publicada en el BOPV n.º 56, la Resolución de 5 de marzo de 2021, por la que se daba publicidad al procedimiento para la concesión de subvenciones a la movilidad de los/las creadores/as de artes plásticas y visuales, música, danza, y teatro, para promover la difusión exterior de la cultura vasca durante el 2021, aprobado por el Consejo de Dirección.

El artículo 23.4 de la referida convocatoria establece lo siguiente sobre las cantidades que se pueden solicitar en la modalidad de música:

«No se aceptarán solicitudes de subvención de menos de mil (1.000) euros».

Y en la primera parte general del texto, el artículo 12.2 indica lo siguiente:

«No se concederán subvenciones inferiores a 500 euros, excepto en el caso de las artes plásticas. Si la cantidad correspondiente a la puntuación está por debajo de este límite, el proyecto no será subvencionado».

Debido a la COVID-19, la movilidad de cara al exterior de las y los artistas y creadores/as se ha visto muy reducida. Por ello, las opciones de «giras musicales» y «conciertos especiales» dentro de la movilidad de música se unificaron y se bajó el número de actuaciones a realizar para poder pedir la subvención: con dar un concierto es suficiente para realizar la solicitud. La cantidad mínima que se podía solicitar no se modificó, y por eso se considera oportuno reducir este límite para solicitar la subvención y eliminar el límite de concesión.

En consecuencia, el artículo 23.4 será modificado y contendrá la siguiente redacción:

«No se aceptarán solicitudes de subvención de menos de trescientos (300) euros».

Se elimina el artículo 12.2 y no se tendrá en cuenta el requisito que se especificaba.

En su virtud,

RESUELVO:

1.– Modificar del artículo 23.4 y eliminar el artículo 12.2 de la convocatoria publicada en el BOPV el 18 de marzo de 2021, y dar publicidad a estos cambios. Dicha convocatoria regula la concesión de subvenciones a la movilidad de los/las creadores/as de artes plásticas y visuales, música, danza, y teatro, para promover la difusión exterior de la cultura vasca durante el 2021.

2.– Ordenar la publicación de esta Resolución en el BOPV, para su general conocimiento.

En Donostia / San Sebastián, a 11 de mayo de 2021.

La Directora del Instituto Vasco Etxepare,

IRENE LARRAZA AIZPURUA.


Análisis documental