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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 41, viernes 28 de febrero de 2020


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
1219

ORDEN de 21 de febrero de 2020, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se aprueba la nueva composición del Consejo Asesor de Bibliotecas de Euskadi.

El Decreto 232/2008 de 30 de diciembre, regula la composición, sistema de designación, organización y régimen de funcionamiento del Consejo Asesor de Bibliotecas de Euskadi, en el marco de lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 26 de octubre, de Bibliotecas de Euskadi.

Tal Decreto, en su artículo 4, establece la composición del Consejo Asesor de Bibliotecas de Euskadi, otorgando la Presidencia a la persona que ostente la Viceconsejería del Gobierno Vasco competente en materia de Bibliotecas, y la Vicepresidencia a la persona que desempeñe la Dirección del Gobierno Vasco entre cuyas competencias se encuentre dicha materia.

La disposición reglamentaria aludida, prevé igualmente la designación de hasta 13 vocales en representación de diversas entidades e instituciones, así como de un Secretario o una Secretaria, como miembros del Consejo de Asesor de Bibliotecas de Euskadi.

Dando cumplimiento al mandato anterior, mediante Orden de 26 de marzo de 2009, de la Consejera de Cultura, se aprobó la composición del Consejo Asesor de Bibliotecas de Euskadi.

Por su parte, el artículo 5 del citado Decreto 232/2008, señala que el nombramiento de las personas designadas como miembros del Consejo Asesor de Bibliotecas de Euskadi, salvo la que lo sean en razón de su cargo, se llevará a cabo mediante Orden de la persona titular del Departamento del Gobierno Vasco competente en materia de Cultura. Añade igualmente el citado artículo, en su apartado segundo, que las personas así designadas ostentarán un mandato por cuatro años, renovable por periodos de igual duración, continuando en el desempeño de sus funciones hasta que surta efecto el nombramiento de quienes les sucedan como integrantes del Consejo Asesor de Bibliotecas de Euskadi.

Dado el tiempo trascurrido desde que se produjo la anterior designación de las personas pertenecientes al Consejo Asesor de Bibliotecas de Euskadi, y habiéndose constatado la necesidad de proceder a la renovación del mismo, se estima necesario realizar una nueva designación de los y las vocales del Consejo Asesor de Bibliotecas de Euskadi, así como de su Secretario o Secretaria, dando publicidad a dicha circunstancia a los efectos de su general conocimiento.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero.– Cesar como miembros del Consejo Asesor de Bibliotecas de Euskadi, agradeciéndoles los servicios prestados, a los y las siguientes vocales:

– Dña. Felisa Sanz Etxeberria, D. Gregorio Layana Martínez y D. José Egaña Makazaga (en representación de la red de lectura pública).

– Dña. Eva María Martín Ugarte (en representación de las bibliotecas universitarias y centros docentes públicos).

– Dña. Gloria Osacar Arraiza (en representación de las bibliotecas dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi).

– Dña. Francisca Pulgar Vernalte (en representación de los órganos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi con competencia en materia de bibliotecas).

– Dña. Rosario Valverde Tejedor y D. Gerardo Luzuriaga Sánchez (en representación de las asociaciones, entidades y personalidades de prestigio en el ámbito de las bibliotecas y patrimonio bibliográfico).

– Dña. Teresa Castro Legorburu (en representación de la Diputación Foral de Álava).

– Dña. Montserrat Petralanda Gorrotxategi (en representación de la Diputación Foral de Bizkaia).

– Dña. Carmen Bilbao Ariño (en representación de la Diputación Foral de Gipuzkoa).

Segundo.– Aprobar la designación de los y las vocales y de la Secretaria del Consejo Asesor de Bibliotecas de Euskadi, que se relacionan a continuación:

a) En representación de la red de lectura pública:

– Ziortza Onaindia Bereziartua.

– Laura García Apellaniz.

– Arantza Urkia Etxabe.

b) En representación de las bibliotecas universitarias y de centros docentes públicos designada por las mismas:

– Lourdes Sáenz del Castillo.

c) En representación de las bibliotecas dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi no integradas en la red de lectura pública:

– Irune Zumalde Igartua.

d) En representación de los órganos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi con competencia en materia de bibliotecas:

– Francisca Pulgar Vernalte.

e) En representación de las asociaciones, entidades y personalidades de prestigio en el ámbito de las bibliotecas y del patrimonio bibliográfico:

– Obdulia Vélez Pérez.

– Fernando Pérez Urquijo.

f) En representación de la Diputación Foral de Álava:

– Teresa Castro Legorburu.

g) En representación de la Diputación Foral de Bizkaia:

– Ana Ares Martínez.

h) En representación de la Diputación Foral de Gipuzkoa:

– Susana Araiz Ramírez.

i) Secretaria:

– Patricia Acebes Hernández.

Tercero.– La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de febrero de 2020.

El Consejero de Cultura y Política Lingüística,

BINGEN ZUPIRIA GOROSTIDI.


Análisis documental