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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 101, lunes 28 de mayo de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
2801

ORDEN de 17 de mayo de 2018, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se modifica la «Orden de 27 de diciembre de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases de la convocatoria, para el ejercicio 2018, de las ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios» y se procede a una nueva apertura de plazo.

La Orden de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras que efectúa la convocatoria, para el ejercicio 2018, de ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimentarios (BOPV n.º 247 de 29 de diciembre de 2017), establece en el primer inciso de la Base 31 que «El coste máximo subvencionable para una actuación de promoción e información será de 50.000 euros, entendiendo por actuación el conjunto de acciones que comportan un programa de promoción y/o información». Esta base recoge lo dispuesto en la medida «M03.2 Ayuda a las actividades de información y promoción implementadas por agrupaciones de productores para el mercado interno, contemplada en el Programa de Desarrollo Rural del País Vasco 2015-2020 (PDR)». No obstante, y con el objetivo de atender la mayor integración de los productos vasco de calidad certificada en la cadena alimentaria, fomentando una mayor participación de productores y productos en los regímenes de calidad, así como un mejor posicionamiento y reconocimiento de estos productos en los mercados interno, se ha solicitado a la Comisión Europea una modificación del PDR para ampliar el coste máximo subvencionable para una actuación de promoción e información a la cuantía de 150.000. Teniendo en cuenta que se mantiene el límite de que ningún programa de calidad elegible pueda beneficiarse en más del 25% del gasto público previsto para la submedida para todo el periodo del Programa, y que la ayuda podrá alcanzar un máximo del 70% de los costes subvencionables (artículo 16 y Anexo II del Reglamento 1305/2013), se pretende dotar de mayor transparencia y seguridad jurídica al redactado, de forma que los solicitantes, para poder alcanzar un mayor importe de subvención no tengan que recurrir a diseñar programas de promoción fraccionados, planteando actuaciones y acciones cuya unicidad pueda ser puesta en discusión por los gestores de las ayudas. Asimismo, se procede a una nueva apertura de plazo para la reformulación o la presentación de nuevas solicitudes.

Por otro lado, la modificación del PDR solicitada a la Comisión incluye también la nueva Denominación de Origen DOP «Euskal Sagardoa/Sidra Natural del País Vasco», cuya solicitud de registro ya ha sido transmitida a la Comisión y a la que se ha dotado de Protección nacional transitoria mediante Orden de 13 de julio de 2017 de la Consejera, publicada en el BOE n.º 193 de 14 de agosto de 2017.

Estas modificaciones han sido notificadas a la Comisión Europea con fecha 21 de marzo de 2018 y según lo dispuesto en el párrafo 9 del artículo 65 Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo, las mismas pueden ser incorporadas a la convocatoria desde el momento de la solicitud. Por ello, se procede a modificar la orden en el sentido indicado y a la apertura de un nuevo plazo para que tanto aquellos que deseen reformular sus solicitudes como aquellos que deseen presentar instancia pueden realizarlo.

Por ello, a propuesta del Director de Calidad e Industrias Alimentarias y en uso de las facultades atribuidas en la Ley 7/1981, de 30 de junio, Ley de Gobierno y en el Decreto 74/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras,

RESUELVO:

Primero.– Modificar el inciso 1) del párrafo a) del apartado 2 de la base 17 del Anexo I de la Orden de 27 de diciembre de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases de la convocatoria, para el ejercicio 2018, de las ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (BOPV n.º 247 de 29 de diciembre de 2017), que queda redactado como sigue:

«1) DO Ca Rioja, DOP «Arabako Txakolina/Txakoli de Álava/Chacolí de Álava», DOP «Bizkaiko Txakolina/Txakoli de Bizkaia/Chacolí de Bizkaia», DOP «Getariako Txakolina/Txakoli de Getaria/ Chacolí de Getaria» y DOP Idiazabal. DOP «Euskal sagardoa/Sidra Natural del País Vasco».»

Segundo.– Modificar el párrafo b) del apartado 2 de la base 17 del Anexo I de la Orden de 27 de diciembre de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases de la convocatoria, para el ejercicio 2018, de las ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (BOPV n.º 247 de 29 de diciembre de 2017), que queda redactado como sigue:

«b) Los regímenes de calidad reconocidos por la UE y con implantación en Euskadi, incluidos regímenes de certificación de las explotaciones de productos agrícolas y alimenticios reconocidos por la Comunidad Autónoma del País Vasco y con implantación en Euskadi: Marca de calidad «Eusko Label» dentro de la cual se encuentran los siguientes productos agrícolas amparados: Lechuga del País Vasco, Tomate del País Vasco, Guindillas de Ibarra, Alubias del País Vasco, Patata de Álava, Aceite de Oliva virgen extra, Leche del País Vasco, Pollo de caserío vasco, Huevo de caserío vasco, Cordero lechal del País Vasco, Cerdo de caserío y Miel.»

Tercero.– Modificar el apartado c) del párrafo 4 de la base 27 del Anexo I de la Orden de 27 de diciembre de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases de la convocatoria, para el ejercicio 2018, de las ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (BOPV n.º 247 de 29 de diciembre de 2017), que queda redactado como sigue:

«c) Las que apelen como mensaje principal al origen del producto, salvo en los casos de DOP Idiazabal, DO Calificada Rioja, DOP «Arabako Txakolina/Txakoli de Álava/Chacolí de Álava», DOP «Bizkaiko Txakolina/Txakoli de Bizkaia/Chacolí de Bizkaia», DOP «Getariako Txakolina/ Txakoli de Getaria/Chacolí de Getaria», DOP »Euskal sagardoa/Sidra Natural del País Vasco», IGP «Euskal Okela» o «Carne de vacuno del País Vasco» e IGP «Pimiento de Gernika» o «Gernikako Piperra».»

Cuarto.– Modificar el inciso primero de la base 31 del Anexo I de la Orden de 27 de diciembre de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases de la convocatoria, para el ejercicio 2018, de las ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (BOPV n.º 247 de 29 de diciembre de 2017), que queda redactado como sigue:

«– El coste máximo subvencionable para una actuación de promoción e información será de 150.000 euros, entendiendo por actuación el conjunto de acciones que comportan un programa de promoción y/o información, por beneficiario.»

Quinto.– Se sustituyen las páginas 2017/6299 (19/47), 2017/6299 (22/47), 2017/6299 (45/47) del Anexo II de la Orden de 27 de diciembre de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases de la convocatoria, para el ejercicio 2018, de las ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (BOPV n.º 247 de 29 de diciembre de 2017), por las que se publican, de manera correlativa, en el Anexo I a la presente Orden.

Sexto.– Se sustituye el Anexo III de la Orden de 27 de diciembre de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases de la convocatoria, para el ejercicio 2018, de las ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (BOPV n.º 247 de 29 de diciembre de 2017), por el Anexo II a la presente Orden.

Séptimo.– Se sustituye el Anexo IV de la Orden de 27 de diciembre de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases de la convocatoria, para el ejercicio 2018, de las ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (BOPV n.º 247 de 29 de diciembre de 2017), por el Anexo III a la presente Orden.

Octavo.– El plazo para la reformulación de las solicitudes ya presentadas y para la presentación de las nuevas será de diez días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

La concesión de la ayuda convocada mediante la presente Orden y mediante la Orden de 27 de diciembre de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases de la convocatoria, para el ejercicio 2018, de las ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (BOPV n.º 247 de 29 de diciembre de 2017) presente Orden, estará supeditada a la aprobación de la modificación del Programa de Desarrollo Rural del País Vasco 2015-2020.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Contra la presente Orden podrán las personas interesadas interponer recurso de reposición ante la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Vitoria-Gasteiz, a 17 de mayo de 2018.

La Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras,

MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.

I. ERANSKINA
(Véase el .PDF)
II. ERANSKINA
Ziurtatze-kostuak
(Véase el .PDF)
III. ERANSKINA
autohornikuntza
(Véase el .PDF)

Análisis documental