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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 98, miércoles 23 de mayo de 2018


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DISPOSICIONES GENERALES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
2720

ORDEN de 16 de mayo de 2018, de la Consejera de Educación, de cuarta modificación de la Orden por la que se fijan los precios públicos de los servicios educativos que presta el Departamento de Educación.

Procede modificar la Orden de 10 de julio de 2013, por la que se fijan los precios públicos de los servicios educativos que presta el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, modificada posteriormente por las Órdenes de 3 de junio de 2014, 9 de julio de 2015 y 16 de mayo de 2016.

En virtud de las facultades que me confiere el artículo 33 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, y de acuerdo con el Decreto 397/2013, de 30 de julio, por el que se determinan los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de sus Organismos Autónomos, habiéndose informado favorablemente el expediente correspondiente por el Departamento de Hacienda y Economía,

DISPONGO:

Artículo primero.– Todas las referencias al «Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura» contenidas en la Orden de 10 de julio de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se fijan los precios públicos de los servicios educativos que presta el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, se sustituyen por los términos «Departamento competente en materia de educación.»

Artículo segundo.– Se modifica el apartado 2 del artículo 2 de la Orden de 10 de julio de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se fijan los precios públicos de los servicios educativos que presta el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, que queda redactado de la forma siguiente:

«2.– El pago del importe de dichos precios públicos será exigible por anticipado en el momento de la matriculación de la persona interesada.

No obstante, los precios públicos por concepto de matrícula de alumnos y alumnas oficiales de los Conservatorios Profesionales de Música y de la Escuela Superior de Arte Dramático y Danza de Euskadi «Dantzerti» se podrán abonar en tres plazos de pago similares que se harán efectivos de la forma siguiente: el primero al formalizar la matrícula, el segundo en la primera semana de diciembre y el tercero en la primera semana de febrero.

Asimismo, el alumnado que curse enseñanzas deportivas de grado superior en el Centro Público de Enseñanzas Deportivas «Kirolene» podrá elegir la forma de efectuar el pago de los precios de matrícula, bien abonándolos en un solo pago al formalizar la matrícula, bien fraccionándolos en dos pagos iguales, de los cuales el primero se efectuará al formalizar la matrícula y el segundo antes de las pruebas de evaluación ordinaria.

Por otra parte, el alumnado que curse enseñanzas artísticas superiores en la Escuela de Arte y Superior de Diseño «I D arte» podrá elegir la forma de efectuar el pago de los precios de matrícula, bien abonándolos en un solo pago al formalizar la matrícula, bien fraccionándolos en dos pagos iguales, de los cuales el primero se efectuará al formalizar la matrícula y el segundo en la primera semana de febrero.»

Artículo tercero.– Se modifica el apartado 1 del artículo 3 de la Orden de 10 de julio de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se fijan los precios públicos de los servicios educativos que presta el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, que queda redactado de la forma siguiente:

«1.– Los precios públicos de residencia y comedor prestados al alumnado del Complejo Educativo de Eibar serán los siguientes (IVA incluido):

CONCEPTO - PRECIO

A) Residencia de lunes a viernes (incluye comida).

– En el edificio Gorbea (Habitación doble): 3072,37 euros/curso.

– En el edificio Gorbea (Habitación individual): 3560,37 euros/curso.

– En el edificio Urkiola (Habitación doble): 3772,72 euros/curso.

B) Residencia de lunes a domingo (incluye comida solo de lunes a viernes).

– En el edificio Gorbea (Habitación doble): 3507,95 euros/curso.

– En el edificio Gorbea (Habitación individual): 4088,37 euros/curso.

– En el edificio Urkiola (Habitación doble): 4356´95 euros/curso.

C) Comida (para no residentes): 5´70 euros».

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, si bien los precios públicos de residencia y comedor del Complejo Educativo de Eibar establecidos en esta Orden se aplicarán a partir del día 1 de agosto de 2018.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de mayo de 2018.

La Consejera de Educación,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.


Análisis documental