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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 54, viernes 16 de marzo de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
1426

RESOLUCIÓN 66/2018, de 9 de marzo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se autoriza la séptima modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para la realización de determinadas actividades en relación con la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco en el periodo 2011-2018.

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 6 de marzo de 2018, el Acuerdo por el que se autoriza la séptima modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para la realización de determinadas actividades en relación con la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco en el periodo 2011-2018, y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por el que se autoriza la séptima modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para la realización de determinadas actividades en relación con la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco en el periodo 2011-2018, que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 9 de marzo de 2018.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 66/2018, DE 9 DE MARZO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 6 DE MARZO DE 2018 POR EL QUE SE AUTORIZA LA SÉPTIMA MODIFICACIÓN DE LA ENCOMIENDA A RED FERROVIARIA VASCA-EUSKAL TRENBIDE SAREA PARA LA REALIZACIÓN DE DETERMINADAS ACTIVIDADES EN RELACIÓN CON LA CONSTRUCCIÓN DE LA NUEVA RED FERROVIARIA EN EL PAÍS VASCO EN EL PERIODO 2011-2018

Corresponde a la Administración General del Estado la competencia exclusiva en materia de obras públicas de interés general y ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 149.1 21.º y 24.º de la Constitución.

La Comunidad Autónoma del País Vasco ostenta competencias exclusivas en obras públicas de interés comunitario, en ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de la Comunidad Autónoma, así como las de promoción, desarrollo económico y planificación de la actividad económica del País Vasco y las competencias de ordenación del territorio y urbanismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.25, 31, 32 y 33 del Estatuto de Autonomía.

Con fecha 24 de abril de 2006 se suscribió un convenio de colaboración entre la Administración General del Estado, la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias para desarrollar las actuaciones precisas para la puesta en operatividad de la nueva red ferroviaria en el País Vasco («Y» vasca), según las previsiones europeas. Con esta fecha los mismos suscribientes firmaron un convenio de colaboración para la encomienda a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco de determinadas actuaciones para la construcción de esta nueva red ferroviaria.

El Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el 27 de junio de 2006, estimando una más eficaz consecución de los intereses públicos, encomendó al Ente Público Red Ferroviaria Vasca – Euskal Trenbide Sarea las actividades de redacción de los proyectos constructivos, dirección de la obra, las asistencias técnicas necesarias, mantenimiento de la oficina de gestión expropiatoria y colaboración en la gestión administrativa de los expedientes expropiatorios correspondientes al ramal guipuzcoano de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco «Y Vasca») durante el periodo 2006-2010 y que fueron encomendadas por el Ministerio de Fomento y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en virtud del Convenio de Colaboración suscrito el 24 de abril de 2006. Las actividades de dicha encomienda finalizaron en diciembre de 2010.

Las obras de construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco tenían una finalización prevista para el año 2016.

Por tanto, para poder seguir trabajando en los términos fijados por el Convenio de Colaboración suscrito el 24 de abril de 2006, el Consejo de Gobierno en sesión celebrada el 12 de julio de 2011 encomendó a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea la realización de determinadas actividades en relación con la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco en el periodo 2011-2016, por un importe total de 141.810.000 euros.

De acuerdo a la ejecución de los diferentes tramos incluidos en las obras de construcción de la Nueva Red Ferroviaria del País Vasco, las anualidades inicialmente previstas en la encomienda aprobada el 12 de julio de 2011 se modificaron según Acuerdos adoptados por el Consejo de Gobierno de fechas 27 de diciembre de 2011, 30 de diciembre de 2013, 29 de julio de 2014, 30 de diciembre de 2014 (esta modificación estableció un nuevo periodo de vigencia hasta el año 2018), 12 de enero y 20 de septiembre de 2016, estableciéndose en base a los conceptos y anualidades siguientes:

(Véase el .PDF)

Estas actividades se cifraron en base al coste previsto de las obras del ramal guipuzcoano para los ocho próximos años (2011-2018) distribuido de la siguiente manera (cifras en millones de euros, IVA incluido):

(Véase el .PDF)

Con fecha 27 de diciembre de 2017 se ha suscrito entre la Administración General del Estado, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y las entidades públicas empresariales ADIF y ADIF-Alta Velocidad, la modificación del Convenio de 24 de abril de 2006 para la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco, así como la modificación del Convenio de 24 de abril de 2006 para la encomienda de determinadas actuaciones para la construcción de la Nueva Red Ferroviaria del País Vasco.

La modificación del Convenio de encomienda suscrito el 27 de diciembre de 2017 ha consistido en la actualización de la cláusula quinta del Convenio suscrito el 24 de abril de 2006 para la construcción de la Nueva Red Ferroviaria del País Vasco, incluyendo todas las incidencias contractuales aprobadas y previstas de los costes de ejecución del tramo que discurre entre Bergara y Lezo, en el que se considera incluido el tramo Astigarraga-Oiartzun-Lezo y el tramo que acomete la inserción en la ciudad de Donostia-San Sebastián en el que queda integrado la estación de la ciudad de Donostia-San Sebastián, al que se incorporan nuevas actuaciones para la construcción de la estación de Ezkio y del apeadero de Astigarraga, así como la ejecución de las nuevas actuaciones en el tramo Bergara-Lezo consistentes en la ejecución de nuevas salidas de emergencia en los túneles de dicho tramo y la realización de actuaciones adicionales para la estabilización de laderas y reposición por afecciones que se han producido en los manantiales existentes, incrementándose el coste estimado a 2.343,36 M euros (IVA incluido).

Asimismo, la citada modificación del Convenio de encomienda se limita ahora a la encomienda a la Comunidad Autónoma de Euskadi para la redacción de los proyectos y la ejecución de las obras de plataforma del tramo guipuzcoano entre Bergara y Lezo y establece que los trabajos objeto de la encomienda a la Comunidad Autónoma de Euskadi, podrán abordarse directamente o a través de Red Ferroviaria Vasca- Euskal Trenbide Sarea, que podrá asumir la ejecución de tramos concretos de plataforma, o estaciones pendientes de licitar en la actualidad.

Todas estas modificaciones expuestas, recogidas en las modificaciones de los convenios de fecha 27 de diciembre de 2017 requieren la séptima modificación de la encomienda acordada por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco a favor de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea.

El artículo 7.1 r del Decreto 24/2016 de 26 de noviembre del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, atribuye al Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras las funciones correspondientes a ferrocarriles.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, y previa la correspondiente deliberación, el Consejo de Gobierno adopta el siguiente:

ACUERDO:

«Primero.– Como consecuencia de la modificación del Convenio de Colaboración del 24 de abril de 2006 entre la Administración General del Estado, la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la encomienda de determinadas actuaciones para la construcción de la Nueva Red Ferroviaria del País Vasco suscrito el 27 de diciembre de 2017, se acuerda modificar los puntos 1.– Antecedentes, 4.– Documentos de referencia y planteamiento general, 5.– Trabajos a realizar por ETS y 6.– Valoración y abono de los trabajos de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea aprobada el 12 de julio de 2011 y posteriormente modificada el 27 de diciembre de 2011, 30 de diciembre de 2013, 29 de julio de 2014, 30 de diciembre de 2014 y 12 de enero y 20 de septiembre de 2016, relativa a las actividades de redacción de los proyectos constructivos y dirección de la obra de los expedientes correspondientes al ramal guipuzcoano de la nueva red ferroviaria en el País Vasco («Y vasca») en el periodo 2011-2018.

Segundo.– Establecer como nuevo periodo de vigencia de la encomienda el comprendido en el periodo 2011-2025.

Tercero.– Las condiciones concretas en que se llevará a cabo la citada modificación de la encomienda son las que figuran como anexo al presente Acuerdo.

Cuarto.– Publicar la presente modificación de la encomienda de gestión en el Boletín Oficial del País Vasco».

ANEXO AL ACUERDO

1.– Antecedentes.

La Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco suscribió el 27 de diciembre de 2017, la modificación del Convenio de Colaboración de fecha 24 de abril de 2006 suscrito con la Administración General del Estado y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) por el que se encomendaba a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco los proyectos y obras de la Nueva Red Ferroviaria en Euskadi («Y vasca») en el tramo guipuzcoano Bergara-Irún.

Por acuerdo de 12 julio de 2011, el Gobierno Vasco encomendó al Ente Público Euskal Trenbide Sarea (ETS) las actividades de redacción de los proyectos constructivos y la dirección de las obras de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco («Y vasca») que fue modificado de forma sucesiva para su ejecución en el período 2011 – 2018.

Actualmente, con el fin de dar término a las obras de construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco, al amparo de la modificación del Convenio de encomienda del 24 de abril de 2006, que ha sido suscrito el 27 de diciembre de 2017, el Gobierno Vasco tiene la intención de dar continuidad a la encomienda realizada a favor de ETS, y encomendar a ETS la redacción de los proyectos constructivos, dirección de obras, así como apoyo en materia de expropiaciones, y ejecución de las obras de las nuevas actuaciones que se han incorporado, así como la ejecución de todas las obras que resulten necesarias abordar en el tramo Hernani-Astigarraga, parte de ellas vigentes en el contrato suscrito por el Gobierno Vasco que son objeto de rescisión y cualesquiera otras conexas con aquellas; todo ello con sujeción a la Ley 6/2004, de creación de ETS, que prevé entre sus funciones «la cooperación técnica con el Departamento competente en materia de ferrocarriles de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la planificación y programación de las infraestructuras de transporte ferroviario».

4.– Documentos de referencia y planteamiento general.

Conforme a la modificación del convenio marco de colaboración entre la Administración General del Estado, la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco, y la modificación del convenio de encomienda, el Gobierno Vasco se está encargando de redactar los proyectos constructivos de plataforma de la «Y» vasca en el ramal guipuzcoano desde el P.K. 9+000 en Bergara hasta Lezo, acceso a San Sebastián incluyendo su estación en el emplazamiento de la estación del Norte actual, la estación de Ezkio, el apeadero de Astigarraga y las actuaciones adicionales relativas a la estabilización de laderas y reposición por afecciones que se han producido en los manantiales existentes, así como la ejecución de todas ellas y las salidas de emergencia en túneles, financiándolo mediante posterior descuento del cupo.

(Véase el .PDF)

El coste previsto de las obras del ramal guipuzcoano para el periodo 2011-2025 es de 2.133,43 (cifras en millones de euros, IVA incluido):

ETS, en virtud de la presente encomienda del Gobierno Vasco, desarrollará las actividades de redacción de los proyectos constructivos y dirección de la obra de los expedientes correspondientes al ramal guipuzcoano de la NRFPV que han sido encomendadas a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en virtud del citado Convenio de Colaboración de encomienda que ha sido modificado el 27 de diciembre de 2017, así como la ejecución de las obras que se señalan a continuación:

a) Tramo Astigarraga-Oiartzun-Lezo.

b) Inserción en la ciudad de Donostia-San Sebastián, y la estación de la ciudad en la actual estación del Norte.

c) Construcción de la Estación de Ezkio.

d) Construcción del apeadero de Astigarraga en la red de ancho ibérico gestionada por ADIF.

e) Ejecución de nuevas actuaciones en el tramo Bergara-Lezo:

- Galerías de emergencia en túneles conforme al Reglamento de la Unión Europea n.º 1303/2014, de la Comisión de 18 de noviembre de 2014.

- Actuaciones adicionales: estabilización de laderas y reposición por afecciones que se han producido en los manantiales existentes.

Asimismo, se encargará de la ejecución de todas las obras que resulten necesarias abordar en el tramo Hernani-Astigarraga, parte de ellas vigentes en el contrato suscrito por el Gobierno Vasco que son objeto de rescisión y cualesquiera otras conexas a las citadas obras.

5.– Trabajos a realizar por ETS.

A los trabajos a realizar por ETS que se especifican en el acuerdo de encomienda de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi a favor de ETS de 12 de julio de 2011, se le añaden los siguientes, por lo que se modifican las siguientes áreas previstas en el 2011:

B) Redacción de los proyectos constructivos.

ETS realizará a su cargo todos los trabajos necesarios para la redacción de los proyectos constructivos de los tramos desde Bergara hasta Lezo, así como todos los proyectos referidos a los tramos y estaciones y apeaderos que se señalan en el apartado 4 de este acuerdo de forma específica, a excepción de los proyectos referidos a las salidas de emergencia en túneles.

El grado de avance de estos trabajos se reflejará en informes periódicos de situación.

C) Gestión de construcción.

Euskal Trenbide Sarea se encargará de la Dirección de las Obras de Construcción del ramal guipuzcoano de la Nueva Red Ferroviaria en Euskadi, en el tramo Bergara-Lezo, así como de las nuevas actuaciones señaladas en el punto 4.

Estos trabajos consistirán sin ánimo de exhaustividad en las señaladas en el acuerdo de encomienda del Gobierno Vasco a favor de ETS de 2011, salvo las referidas a apoyar al Gobierno en la licitación de las obras, de acuerdo a lo señalado en el siguiente apartado.

E) Ejecución de las obras.

ETS se encargará de licitar la ejecución de las obras que se señalan a continuación:

Tramo Hernani-Astigarraga.

Tramo Astigarraga-Oiartzun-Lezo.

Inserción en la ciudad de Donostia-San Sebastián, y la estación de la ciudad en la actual estación del Norte.

Construcción de la Estación de Ezkio.

Construcción del apeadero de Astigarraga en la red de ancho ibérico gestionada por ADIF.

Ejecución de nuevas actuaciones en el tramo Bergara-Lezo:

Galerías de emergencia en túneles conforme al Reglamento de la Unión Europea n.º 1303/2014, de la Comisión de 18 de noviembre de 2014.

Actuaciones adicionales: estabilización de laderas y reposición por afecciones que se han producido en los manantiales existentes.

6.– Valoración y abono de los trabajos realizados.

Los trabajos encomendados tienen una valoración de 147.216.182,52 euros, IVA incluido en relación a la redacción de proyectos, direcciones de obras y apoyo a dirección de proyectos y obras, y una duración inicialmente prevista de quince años, en base a los conceptos y anualidades que se detallan en el cuadro anexo.

El abono de los trabajos objeto del presente encargo se efectuará mediante pagos mensuales, debiendo en cada caso justificar los trabajos realizados. Todos los pagos se realizarán previa presentación de la factura a conformidad de la Administración.

(Véase el .PDF)

Los trabajos encomendados en relación a la ejecución de las obras, tienen una valoración de 534.098.000 euros, IVA incluido, y una duración inicialmente prevista de ocho años, en base a los conceptos y anualidades que se detallan en el cuadro anexo.

El abono de los trabajos objeto del presente encargo se efectuará mediante pagos mensuales, debiendo en cada caso justificar los trabajos realizados. Todos los pagos se realizarán previa presentación de la factura a conformidad de la Administración.

(Véase el .PDF)

Análisis documental