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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 27, miércoles 7 de febrero de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
691

RESOLUCIÓN 40/2018, de 29 de enero, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración suscrito entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y la Fundación Fondo Centroamericano de Mujeres para la financiación de un proyecto para el fortalecimiento de una visión regional para la protección de defensoras de derechos humano en Mesoamérica.

Habiéndose suscrito por la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de colaboración suscrito entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y la Fundación Fondo Centroamericano de Mujeres para la financiación de un proyecto para el fortalecimiento de una visión regional para la protección de defensoras de derechos humano en Mesoamérica, que figura como anexo a la presente.

Vitoria-Gasteiz, a 29 de enero de 2018.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 40/2018, DE 29 DE ENERO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
CONVENIO ENTRE LA AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO Y LA FUNDACIÓN FONDO CENTROAMERICANO DE MUJERES PARA LA FINANCIACIÓN DE UN PROYECTO PARA EL FORTALECIMIENTO DE UNA VISIÓN REGIONAL PARA LA PROTECCIÓN DE DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANO EN MESOAMÉRICA

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de noviembre de 2017.

REUNIDOS:

D. Paul Ortega Etcheverry, Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo –de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 117/2013, de 22 de enero–, que actúa en nombre y representación de la misma en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11.2.e) de la Ley 5/2008, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y el artículo 11.1.e) del Decreto 95/2010, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la citada Agencia.

Dña. Carla Mercedes López Cabrera, en calidad de Directora Ejecutiva del Fondo Centroamericano de Mujeres –en adelante, FCAM– con poder suficiente para actuar en nombre y representación del mismo.

EXPONEN:

Primero.– La Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo –que se inserta en el entramado de principios y estructuras establecidos en la Ley 1/2007, de 22 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo– es, tal y como establece la normativa que la crea, el ente público de derecho privado encargado de elaborar la planificación de la política de cooperación para el desarrollo del Gobierno Vasco, así como de la coordinación, gestión y ejecución de la misma, en orden a luchar contra la pobreza y promover el desarrollo humano sostenible en los países empobrecidos. Además, en su Plan Director 2014-2017, se establecen como prioridades sectoriales los derechos universales y el empoderamiento de las mujeres, y como líneas transversales, el enfoque de género y los derechos humanos; y entre los países prioritarios de actuación se encuentran México, Guatemala, El Salvador, Honduras y Nicaragua.

Segundo.– FCAM es el primer y único fondo feminista en Centroamérica que desde 2003 moviliza recursos para apoyar la sostenibilidad financiera, política, física y emocional de grupos, organizaciones, defensoras, redes y movimientos que trabajan por los derechos humanos de las mujeres y sus comunidades.

FCAM –junto a Asociadas por lo Justo (JASS-Mesoamérica), el Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca de México, la Unidad de Protección de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos de Guatemala (UDEFEGUA), la Colectiva Feminista para el Desarrollo Local de El Salvador y la Asociación por los Derechos de las Mujeres en el Desarrollo (AWID)– forma parte de la Iniciativa Mesoamericana de Mujeres Defensoras de Derechos Humanos (IM-Defensoras). La IM-Defensoras es una articulación, conformada en 2010, que desarrolla su trabajo en México, Guatemala, El Salvador, Honduras y Nicaragua para dar una respuesta integral al aumento de la violencia contra las defensoras de derechos humanos en Mesoamérica.

Tercero.– La región mesoamericana vive una situación sistemática de violación de los derechos humanos, que responde a causas estructurales como la desigualdad, la impunidad-corrupción, el debilitamiento de los Estados y de las instituciones democráticas, y el incremento de operaciones del crimen organizado; aunada a procesos de deslegitimación de la protección y de las instituciones de los derechos humanos. En este contexto, la IM-Defensoras tiene el objeto de fortalecer y vincular a mujeres defensoras que participan en distintas organizaciones y movimientos sociales, organizar redes de protección y solidaridad entre ellas y aumentar la visibilidad, el reconocimiento y el impacto de su trabajo por los derechos humanos. La IM-Defensoras construye alternativas de protección integral feminista para las defensoras frente a la violencia que viven tanto por su labor como por su condición de género, para mejorar las condiciones de seguridad y bienestar que les permitan continuar su misión.

Cuarto.– En los últimos años, desde la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo se ha tenido relación con la IM-Defensoras a través, principalmente, de dos de sus organizaciones integrantes: UDEFEGUA y la Colectiva Feminista para el Desarrollo Local, socias históricas de la cooperación vasca. Partiendo de esa relación y conocimiento institucional mutuo, teniendo en cuenta la situación de inseguridad que viven las personas defensoras de derechos humanos en Mesoamérica –con patrones de agresiones y amenazas específicos para el caso de las mujeres defensoras– y siendo Mesoamérica una de las regiones a la que se destina gran parte de los fondos de la cooperación vasca, se plantea pertinente el apoyo a la IM-Defensoras.

Este convenio busca fortalecer la lógica regional de la IM-Defensoras y desarrollará acciones de fortalecimiento organizativo y de coordinación regional. Con ello, se posibilitará consolidar e implementar un plan estratégico que permita incrementar la capacidad de respuesta y atención regional con un enfoque feminista e integral de protección a defensoras de derechos humanos en riesgo, en un contexto de crecientes agresiones y de sistemática violación a los derechos humanos.

Teniendo en cuenta las precedentes consideraciones, ambas partes suscriben el presente convenio conforme a las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera.– Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto la regulación de las relaciones entre las partes suscribientes –Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y FCAM– para la cofinanciación de un proyecto que tiene como objetivo incrementar la capacidad de respuesta y atención con un enfoque de protección integral feminista a defensoras de derechos humanos en riesgo, que enfrentan amenazas o agresiones en los cinco países que conforman la región mesoamericana.

Segunda.– Resultados del convenio.

Los resultados cuya consecución se pretende alcanzar con este convenio son los siguientes:

Resultado 1.– Modelo de Protección Integral Feminista. Aumentar la capacidad de protección a las defensoras de derechos humanos, dando continuidad y profundizando el fortalecimiento de capacidades, criterios, estándares y protocolos comunes y adecuados en las redes nacionales y en las instancias de la IM-Defensoras.

Resultado 2.– Incidencia Internacional. Desarrollar una mayor interlocución y trabajo articulado con actores clave con mandato internacional para influir en los estándares de protección nacionales, desde una perspectiva de género, potenciando el trabajo de la IM-Defensoras a nivel internacional, tendiente a fortalecer los procesos nacionales de protección y el protagonismo de las defensoras víctimas de agresiones.

Resultado 3.– Fortalecimiento organizativo. Desarrollar cambios en la estructura organizativa que permitan mejorar los sistemas de comunicación, coordinación y toma de decisiones interna –a partir de las recomendaciones emanadas de una evaluación institucional–, con el objetivo de fortalecer el funcionamiento de la IM-Defensoras y la consecución de su objeto: la generación de recursos y servicios de protección integral para defensoras en riesgo o que han sufrido agresiones a fin de que puedan continuar su labor en mejores condiciones de salud, integridad y seguridad.

2.– Las actividades para la consecución de los resultados anteriores, así como los indicadores para su medición, se detallan en la matriz de planificación que se anexa.

Tercera.– Periodo de ejecución de las actividades.

El periodo de ejecución de las actividades será de 18 meses, a contar desde el 1 de diciembre de 2017.

Cuarta.– Aportaciones presupuestarias de las partes suscribientes.

El coste previsto para la realización de lo señalado en las cláusulas precedentes asciende a la cantidad de ciento treinta y seis mil euros con cero céntimos (136.000,00 euros), desglosado en el cuadro presupuestario que se anexa.

FCAM se encargará de la coordinación técnica de la ejecución y gestión del conjunto de las acciones estipuladas en las cláusulas anteriores, así como las contenidas en la matriz de planificación anexa, aportando una cantidad total –directamente o a través de otras aportaciones– de treinta y seis mil euros con cero céntimos (36.000,00 euros).

La Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo aportará la cantidad de cien mil euros con cero céntimos (100.000,00 euros). Este monto será abonado a FCAM de la siguiente manera:

– El 50%, cincuenta mil euros con cero céntimos (50.000,00 euros), tras la firma del convenio.

– El 50% restante, cincuenta mil euros con cero céntimos (50.000,00 euros), previa justificación de un importe equivalente o superior al – 40% de la subvención. A tal efecto, deberá remitirse a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo el correspondiente informe técnico-financiero.

– El 100% del proyecto deberá ser justificado en un plazo de seis meses a contar desde la fecha de finalización del convenio.

Dicha subvención prevista en el presente convenio es compatible con aquellas otras que, teniendo el mismo fin, pudieran ser otorgadas por cualquier otra institución pública o privada, siempre que de ello no se derive sobre financiación. En caso de producirse ésta se reducirá el importe de la subvención hasta el límite máximo que corresponda.

Quinta.– Cuenta bancaria de utilización específica para la ejecución de las actividades económicas del convenio.

FCAM utilizará la cuenta bancaria n.º 355057480 –Banco de América Central (BAC)– como cuenta específica en dólares para la gestión de los fondos que, en ejecución del presente convenio, le sean transferidos por parte de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo. La cantidad transferida desde la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en cada uno de los pagos será traspasada de inmediato a esta cuenta específica sin realizar ningún movimiento previo de fondos.

Sexta.– Propiedad de los bienes y propiedad intelectual.

1.– Los bienes adquiridos con la financiación prevista en este convenio serán propiedad de IM-Defensoras.

2.– La propiedad intelectual de los documentos y materiales desarrollados con la financiación de este convenio será de IM-Defensoras.

Séptima.– Comisión Mixta de Seguimiento.

1.– Al objeto de garantizar el seguimiento, la realización y la coordinación en el desarrollo de las actividades previstas en este convenio, se constituirá una comisión mixta de seguimiento, compuesta por:

Dos personas en representación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, a propuesta de la Dirección, una de las cuales ejercerá la presidencia de la Comisión, ejerciendo la otra la Secretaría de la misma.

Dos personas en representación de FCAM, nombradas por el órgano competente.

2.– Dicha Comisión se reunirá al menos una vez de manera ordinaria al final del primer año de ejecución y/o tras la presentación del 1.º informe técnico-financiero y una segunda vez con posterioridad a la finalización del mismo, tras la presentación del informe final.

3.– De manera extraordinaria, la Comisión Mixta de Seguimiento podrá reunirse cuando las personas que la componen lo estimen oportuno y, en su caso, sea solicitado por una de ellas.

4.– El régimen Jurídico de la Comisión de Seguimiento se ajustará a las normas sobre órganos colegiados contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Octava.– Causas de resolución.

Son causas de resolución para las partes firmantes del presente convenio, el incumplimiento de las estipulaciones contenidas en el mismo y cualesquiera otras que, derivadas de su naturaleza, sean recogidas por la legislación vigente.

Novena.– Modificaciones Sustanciales.

FCAM deberá remitir solicitud de autorización a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, previamente a la realización de toda modificación que implique cambios y prórrogas del proyecto. Éstas podrán ser analizadas en el marco de la Comisión Mixta de Seguimiento. Corresponde a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo aprobar las modificaciones propuestas.

Décima.– Duración y modificación del convenio.

1.– El convenio entrará en vigor a partir del día siguiente a su suscripción y se prolongará hasta el 30 de noviembre de 2020.

2.– El convenio podrá terminarse por mutuo acuerdo de las partes.

3.– Asimismo, cualquiera de las partes podrá dar por finalizado el convenio de forma unilateral, mediando preaviso por escrito, que será comunicado a la otra parte, con una antelación de al menos tres meses.

4.– El convenio podrá prorrogarse hasta cuatro años de mutuo acuerdo entre las partes, con una antelación de al menos un mes previo a la finalización del mismo.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.

La Directora Ejecutiva del Fondo Centroamericano de Mujeres,

CARLA MERCEDES LÓPEZ CABRERA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental