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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 136, martes 18 de julio de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y JUSTICIA
3631

RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2017, de la Directora de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la publicación, en el Boletín Oficial del País Vasco, del acuerdo suscrito por las organizaciones sindicales ELA, LAB, CCOO y UGT sobre designación de árbitros en materia electoral.

El mandato de las personas que vienen realizando las funciones de arbitraje para resolver las impugnaciones en materia electoral a las que se refiere el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto 2/2015, de 23 de octubre, y el artículo 28 de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de condiciones de trabajo y participación del personal al servicios de las Administraciones Públicas, ha finalizado por el transcurso de cinco años desde su designación o, en algún caso, por haber comunicado su renuncia a la condición de árbitro/a.

Con fecha 8 de junio de 2017, los representantes de las centrales sindicales ELA, LAB y CCOO, en su condición de sindicatos más representativos en el ámbito de la CAPV y de los tres Territorios Históricos que la integran, y de la organización sindical UGT, que ostenta más del 10 por ciento de representantes en los citados ámbitos, han suscrito el Acuerdo para designar a las personas que van a realizar la función de arbitraje por los que habrán de resolverse las impugnaciones que se planteen en las elecciones a órganos de representación de las y los trabajadores en las empresas y del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Para la designación de las personas que van a actuar como árbitros/as de elecciones sindicales se ha seguido el procedimiento previsto en el artículo 76.3 del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 28.3 de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas (en vigor por aplicación de la disposición transitoria quinta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público), así como en el artículo 31 del Reglamento de elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa, aprobado por RD 1844/1994, de 9 de septiembre.

El Decreto 84/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Justicia, asigna a la Dirección de Trabajo y Seguridad Social, en calidad de autoridad laboral, las funciones de dirigir la Oficina Pública de Elecciones Sindicales, de conformidad con lo establecido en el Decreto 237/2000 de 28 de noviembre.

Por ello,

RESUELVO:

Publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco las designaciones de las personas que van a actuar como árbitros/as para resolver las impugnaciones en materia electoral acordadas por los representantes de los sindicatos ELA, LAB, CCOO y UGT, según figura en el anexo de la presente Resolución.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de junio de 2017.

La Directora de Trabajo y Seguridad Social,

MARÍA ELENA PÉREZ BARREDO.

ANEXO

Árbitros designados para el ámbito del Territorio Histórico de Álava:

– D. Eduardo Portillo Yabar.

– D. Miguel Angel Zulakia Balduz.

Árbitros designados para el ámbito del Territorio Histórico de Bizkaia:

– D. José Ignacio Sufrate Simón.

– D. José Ignacio Varas Santamaría.

– Dña. Alberta Fernández Moneo.

– Dña. Izaskun Elortegui Bengoechea.

Árbitros designados para el ámbito del Territorio Histórico de Gipuzkoa:

– Dña. Susana Pérez Osuna.

– D. Mercedes Etxebeste Mendarte.

Árbitros designados para el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco:

– D. Jose Ignacio Sufrate Simón.

– D. José Ignacio Varas Santamaría.


Análisis documental