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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 127, miércoles 5 de julio de 2017


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
3391

RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2017, del Director de Infraestructuras del Transporte, por la que se somete a información pública la Relación de Bienes y Derechos afectados por el «Proyecto de Construcción del tramo de Miraconcha-Easo del Metro de Donostialdea».

El Estudio Informativo tramo Lugaritz-Easo con su Estudio de Impacto Ambiental se sometió al trámite de información pública previsto en el artículo 10.5 del Reglamento del Sector Ferroviario, mediante Resolución de 15 de mayo de 2015, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, publicada en los Boletines Oficiales del País Vasco y de Gipuzkoa de 29 de mayo de 2015, y de 13 de julio de 2015 prorrogando el plazo, y se ha expuesto durante el plazo correspondiente en el tablón de anuncios de Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián.

Durante los referidos trámites se recibieron alegaciones y sugerencias de diverso contenido, que fueron analizadas y, en su caso, tenido en cuenta en los términos que constan en las respectivas respuestas individuales. En particular, se mencionan la aceptación parcial de seis alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián, así como por personas afectadas del barrio de Aiete.

Mediante Resolución de 8 de marzo de 2012, de la Viceconsejera de Medio Ambiente (publicado en BOPV de 1 de junio de 2012), se formuló con carácter favorable la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto Lugaritz-Anoeta, estableciendo una serie de condiciones para la realización del proyecto constructivo y medidas protectoras y correctoras para su adopción durante la ejecución de las obras y la explotación del servicio.

Mediante informe de 15 de julio de 2014, el Órgano Ambiental consideró que no procede realizar nueva evaluación de impacto ambiental ni ningún otro trámite previsto en el RDL 1/ 2008 de 11 de enero, siendo válida para este proyecto la Declaración de Impacto Ambiental unificada de varios tramos entre ellos, Lugaritz-Anoeta, adoptada por Resolución de 21 de junio de 2012 de la Viceconsejera de Medio Ambiente, (publicada en BOPV el 7 de agosto de 2012).

El Estudio Informativo del tramo Lugaritz-Easo con el correspondiente expediente de información pública fue aprobado definitivamente mediante resolución de 21 de enero de 2016 de la Directora de Infraestructuras del Transporte y publicado en Boletín Oficial del País Vasco el 15 de febrero de 2016.

El Estudio Informativo se divide en dos proyectos constructivos: Lugaritz-Miraconcha y Miraconcha-Easo.

Mediante Resolución de 22 de junio de 2017 del Director de Infraestructuras del Transporte, se aprueba el «Proyecto de Construcción del tramo Miraconcha-Easo del Metro Donostialdea.

El objeto del «Proyecto Constructivo del tramo Miraconcha-Easo del Metro de Donostialdea» es definir, valorar y planificar la obra civil necesaria para la implantación de este tramo de la línea.

El tramo Miraconcha-Easo del Metro de Donstialdea presenta un desarrollo de 2 km de longitud, y se inicia inmediatamente después del entronque del túnel de línea con la rampa de ataque que sale a superficie en la Avenida Pío Baroja y finaliza en la conexión con la vía actual en el inicio del tramo soterrado de Morlans. El tramo consta de dos estaciones: La Concha y Easo.

La Estación de la Concha se ubica en el centro urbano de Donostia, en el entorno del Pase de La Concha y la Plaza del Buen Pastor, conectando el Metro de Donostialdea con la zona del Ensanche de San Sebastián. La Estación cuenta con tres cañones de acceso que salen a la superficie en la Plaza Xabier Zubiri, la calle Loiola y el complejo San Bartolomé, así como un ascensor de acceso directo a la caverna de estación desde la Calle Easo.

La Estación de Easo se sitúa en las inmediaciones de la actual Estación de Amara, a la cual sustituirá en el tráfico de pasajeros una vez entre en servicio la nueva línea Lugaritz-Morlans. La estación cuenta con dos cañones de acceso, Calle Autonomía y Paseo de Errondo que van acompañados de sendos ascensores, con salida a la calle Salud y el Pase de Errondo respectivamente.

Para la ejecución de la obra se proyectan la rampa de ataque al túnel de línea en Morlans, que será ventilación de emergencia una vez finalizadas las obras.

A efectos de obtención de los terrenos y de la gestión de los bienes y derechos afectados, el Proyecto contiene la identificación pormenorizada de los mismos mediante la relación y planos parcelarios del Anejo de expropiaciones.

Este órgano es competente para la redacción y aprobación de los proyectos de la red de Ferrocarril que no estén reservados al Consejo de Gobierno, según lo dispuesto en el artículo 22.1 c) del Decreto 174/2017 de 11 de abril del, Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, la aprobación de los proyectos de establecimiento de nuevas líneas o de ampliación y mejora de las existentes que contengan la determinación de los bienes que se considera preciso ocupar supone, a efectos de los requisitos y del procedimiento de expropiación forzosa, la declaración de utilidad pública o interés social del proyecto y de sus modificaciones, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados identificados en los mismos.

No obstante, aunque se entienda que la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados se encuentra implícita en la aprobación del Proyecto, los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la Ley de Expropiación Forzosa establecen la obligación de formular la relación descriptiva de dichos bienes y derechos y de someterla al trámite de información pública, a fin de que puedan formularse alegaciones y aportar datos en orden a la rectificación de los posibles errores de la misma y a la correcta determinación de los interesados.

Por lo cual, vistas las disposiciones citadas y demás concordantes y de general aplicación,

RESUELVO:

Someter al trámite de información pública la adjunta relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto de construcción del tramo Miraconcha-Easo del Metro de Donostialdea», al objeto de que durante el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de la presente Resolución, puedan presentarse alegaciones a los efectos de subsanar los posibles errores de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.2 y concordantes de la Ley de Expropiación Forzosa, dirigiéndose para ello a la Dirección de Infraestructuras del Transporte, Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, calle Donostia-San Sebastián n.º 1, Vitoria-Gasteiz.

Durante el referido plazo, la relación de bienes y derechos quedará asimismo expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de junio de 2017.

El Director de Infraestructuras del Transporte,

MIKEL GURUTZEAGA ZUBILLAGA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental