N.º 221, martes 22 de noviembre de 2016
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ÁLAVA
4953
EDICTO dimanante del recurso de apelación n.º 417/2016.
Audiencia Provincial de Álava. Sección Primera.
Recurso: a. divor. conte. 417/2016.
Recurrente: D./D.ª Lahouria Benabbou.
Abogado: D./D.ª Alberto Redondo Serena.
Procurador: D./D.ª Patricia Lascaray Palacios.
Recurrido: Mohamed Benahmed.
Sobre: apelación divorcio contencioso.
En el referido recurso se ha dictado, el 05-10-2016, Sentencia n.º 310/2016, en la que el fallo es el siguiente:
«Estimar el recurso de apelación interpuesto por Dña. Lahouaria Benabbou contra la sentencia n.º 257/2016 dictada en el procedimiento de divorcio seguido bajo n.º 789/2015 ante el Juzgado de Primera Instancia Núm. Ocho de Vitoria-Gasteiz, y en consecuencia:
1.– Revocamos y dejamos sin efecto la medida: «4.– Prohibición de salida del territorio nacional de ambas menores sin autorización judicial previa. Ofíciese al Cuerpo Nacional de Policía a los efectos oportunos.»
2.– Confirmamos las demás pronunciamientos de la sentencia de instancia, sin especial declaración sobre las costas.»
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado rebelde D/D.ª Mohamed Benahmed y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Vitoria-Gasteiz a 14 de octubre de 2016.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.