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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 49, viernes 11 de marzo de 2016


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5 DE GETXO
1089

EDICTO dimanante del juicio inmediato sobre delitos leves n.º 925/2015.

D.ª Maria Sandra Mata Medina, Letrada de la Administración de Justicia de la Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 5 de Getxo, doy fe:

Que en el juicio inmediato sobre delitos leves 1126/2015 se ha dictado sentencia, del tenor literal siguiente:

SENTENCIA N.º 87/2015

Juez que la dicta: D. Ignacio de la Mata Barranco.

Lugar: Getxo (Bizkaia).

Fecha: tres de septiembre de dos mil quince.

Parte acusadora: Ministerio Fiscal.

Denunciados: D. Marius Cristian Feraru y D. Adrian Vilcu.

Objeto del juicio: hurto.

FALLO

Condeno a D. Adrian Vilcu y a D. Marius Cristian Feraru como autores de un delito leve de hurto a pena, a cada uno de ellos, de multa de 3 meses, con cuota diaria de 6 euros, con condena en costas a su instancia.

Si no satisficieren voluntariamente o en vía de apremio la pena de multa, quedarán sujetos a responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas o, con su conformidad, trabajos en beneficio de la comunidad por iguales jornadas.

Esta sentencia no es firme. Contra la misma se puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recurso hay que interponerlo por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente al de la notificación de la sentencia.

El escrito de interposición tiene que formalizarse en la forma determinada en el artículo 790.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación a Marius Cristian Feraru, expido el presente en Getxo (Bizkaia), a veintidós de febrero de dos mil dieciséis.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental