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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 89, viernes 15 de mayo de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2 DE EIBAR
2128

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 285/2014 seguido sobre reclamación de cantidad.

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Eibar.

Juicio: Juicio verbal 285/2014.

Demandante: Ayuntamiento de Eibar.

Abogado: German Herreros Ibarra.

Procurador: Luis Echaniz Aizpuru.

Demandado: Aurelio Benito Anton.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado el 20-03-2015 sentencia, en la que la parte dispositiva es la siguiente:

SENTENCIA N.º 34/2015

En Eibar, a veinte de marzo de dos mil quince.

Vistos por mí D. Gonzalo Martín Vázquez, Magistrado titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Eibar, los presentes autos de Juicio Verbal n.º 285/2014 en los que ha intervenido como parte demandante el Procurador de los Tribunales D. Luis Echaniz Aizpuru en nombre y representación del Ayuntamiento de Eibar, y como parte demandada D. Aurelio Benito Antón

FALLO

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por el procurador D. Luis Echániz Aizpuru en nombre y representación del Ayuntamiento de Eibar contra D. Aurelio Benito Antón, condenándole al pago de la cantidad de 801,33 euros con el interés legal desde la interposición de la demanda.

Las costas ocasionadas en este procedimiento deben ser impuestas al demandado, habida cuenta la estimación íntegra de la demanda llevada a cabo en esta resolución.

Notifíquese en legal forma esta sentencia a las partes personadas, haciéndoseles saber que la misma es firme, no pudiendo interponer contra ella recurso alguno (artículo 455.1 de la LEC).

Así por esta mi sentencia, en nombre de S. M. el Rey, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Gonzalo Martín Vázquez, Magistrado titular de este Juzgado.

Publicación: dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Magistrado que la dictó, estando el mismo celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Secretario Judicial doy fe, en Eibar (Gipuzkoa), a veinte de marzo de dos mil quince.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Aurelio Benito Anton y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de No cabe recurso alguno.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Eibar (Gipuzkoa), a 21 de abril de 2015.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental