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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 112, lunes 16 de junio de 2014


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
2633

RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2014, del Director de Juventud y Deportes del Gobierno Vasco por la que se aprueba e inscribe en el registro de entidades deportivas de Euskadi la modificación de los estatutos de la Federación Vasca de Bolos.

A la vista de la nueva redacción dada a los Estatutos de la Federación Vasca de Bolos, inscrita en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco el 24 se septiembre de 1986 con el número 119.

Resultando que la Asamblea General Extraordinaria de la Federación Vasca de Bolos, celebrada el 25 de enero de 2014, aprobó la modificación de los estatutos y que tal aprobación se ha acreditado documentalmente.

Considerando que la modificación de los estatutos es conforme con los preceptos del Decreto 16/2006, de 31 de enero y de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte de Euskadi.

En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen.

RESUELVO:

Primero.– Aprobar e inscribir en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la modificación estatutaria del artículo 1 de los Estatutos de la Federación Vasca de Bolos, quedando éste redactado de la siguiente manera:

Artículo 1.– La Federación Vasca de Bolos es la entidad privada sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y capacidad de obrar, que reúne a deportistas, técnicas y técnicos, juezas y jueces, clubes y agrupaciones deportivas para la práctica, promoción y organización de la modalidad de Bolos en la Comunidad Autónoma del País Vasco. La modalidad deportiva se compone de las siguientes disciplinas: Bola Txiki, Bolo Alavés, Bolo Americano o Bowling, Bolo Burgalés, Bolo Leonés, Bolo Palentino, Bolo Palma, Bolo Salinero, Calva, Hiru Txirlo, Pasabola, Toka, Tres Tablones, Bolos a Katxete.

Segundo.– Notifíquese en el plazo legal establecido.

Tercero.– Publicar la presente Resolución y el anexo en el Boletín Oficial del País Vasco.

Cuarto.– Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Director de Deportes, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación, o bien, se podrá interponer contra la misma, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses desde su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de abril de 2014.

El Director de Juventud y Deportes,

JON REDONDO LERTXUNDI.


Análisis documental