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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 223, viernes 22 de noviembre de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL
5086

RESOLUCIÓN de 12 de noviembre de 2013, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto constructivo del metro de Donostialdea. Tramo Herrera-Altza. Addenda II» y se convoca a los titulares al levantamiento de actas previas a su ocupación.

El objeto del Estudio Informativo del desdoblamiento entre las estaciones de Herrera y Galtzaraborda y la nueva estación de Altza/Pasaia, es la definición y selección de la solución óptima tanto del trazado como de la ubicación de las estaciones que den servicio al barrio de Altza y al municipio de Pasaia.

El Estudio Informativo aprobado definitivamente por Resolución del Viceconsejero de Transportes y Obras Públicas de 27 de abril de 2012, se dividirá en varios proyectos constructivos especializados que se inició con el primero de ellos: tramo desdoblado entre Herrera y nueva estación de Altza.

Mediante Resolución de 10 de mayo de 2012, del Director de Infraestructura del Transporte, se aprobó el «Proyecto Constructivo del metro de Donostialdea. Tramo Herrera-Altza».

Mediante Resolución de 8 de junio de 2012, del Director de Infraestructura del Transporte, se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto constructivo del metro de Donostialdea. Tramo Herrera-Altza».

Por Resolución de 17 de octubre de 2012, del Director de Infraestructura del Transporte, se aprobó la relación de bienes y derechos afectados por el citado Proyecto y se convocó a los titulares al levantamiento de Actas Previas a la Ocupación, que tuvieron lugar el día 20 de noviembre de 2012.

Cumplimentadas las fases del procedimiento expropiatorio en cuanto a su ocupación, por el servicio responsable de la ejecución del Proyecto, se emitió informe en el que se puso de manifiesto que, por razones técnicas, era preciso afectar nuevos bienes y derechos, al objeto de garantizar la viabilidad de la solución proyectada.

En consecuencia, mediante Resolución de 18 de octubre de 2012, del Director de Infraestructura del Transporte se somete a trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto Constructivo del metro de Donostialdea. Tramo Herrera-Altza. Addenda I» y mediante Resolución de 29 de enero de 2013, de la Directora de Infraestructura del Transporte, se aprobó la relación de bienes y derechos afectados por el citado Proyecto y se convocó a los titulares al levantamiento de Actas Previas a la Ocupación, que tuvieron lugar el día 14 de marzo de 2013.

Cumplimentadas las fases del procedimiento expropiatorio en cuanto a su ocupación, el servicio responsable de la ejecución del Proyecto, nuevamente, emite informe en el que se pone de manifiesto que el Proyecto de construcción del Metro de Donostialdea, en su tramo Herrera-Altza contempla la cubrición total de las vías del tramo desdoblado entre Herrera y Altza.

Dicha cubrición debe tener las dimensiones suficientes para permitir los tráficos ferroviarios entre Herrera y Altza, la nueva conexión de mercancías al Puerto de Pasaia y la continuidad de la línea actual, lo que hace necesaria la ocupación de una parcela, tanto definitiva para la construcción de las estructuras necesarias para la cubrición, como provisional para poder ejecutarlas con seguridad para la circulación ferroviaria y las obras.

Asimismo, para poder construir el edículo en superficie de la ventilación de emergencia de la estación de Altza, prevista en una zona entre edificios que imposibilitará la ejecución de los micropilotes para la entibación de las excavaciones a cielo abierto, se considera necesaria la ocupación alternativa de una parcela ajardinada próxima a la anterior.

A efectos de obtención de los terrenos y de la gestión de los bienes y derechos afectados, el Proyecto contiene la identificación pormenorizada de los mismos mediante la relación y planos parcelarios.

Mediante Resolución de 2 de septiembre de 2013, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, se acordó iniciar el procedimiento de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para la ejecución del «Proyecto Constructivo del metro de Donostialdea. Tramo Herrera-Altza. Addenda II» y se sometió a información pública la relación del Anejo de expropiaciones, notificándose a los interesados y publicándose en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 188, de 2 de octubre de 2013, corrección de errores en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 195, de 11 de octubre de 2013, en el Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 188, de 2 de octubre de 2013, en los diarios «Noticias de Gipuzkoa», «Diario Vasco» y «Berria» de 2 de octubre de 2013 y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián.

En el trámite de información pública se han presentado alegaciones que se han tenido en cuenta a efectos de rectificar errores de la relación de bienes y derechos afectados.

Este órgano es competente para la adopción de los actos de tramitación y resolución del procedimiento de expropiación forzosa para la realización de las obras de infraestructura ferroviaria de competencia de la Comunidad Autónoma, según lo dispuesto en el artículo 14.1.c) del Decreto 196/2013, de 9 de abril, de estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial, en relación al artículo 13.1.g) del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, modificado por Decreto 8/2013, de 1 de marzo, del Lehendakari, de modificación del Decreto de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

La legislación sectorial aplicable contiene una declaración de utilidad pública y de urgencia de la ocupación de los bienes afectados identificados en los proyectos de establecimiento o ampliación de líneas ferroviarias oficialmente aprobados (artículo 6.2 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario), declaración legal que faculta a la Administración para acudir al procedimiento previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, procediendo a la ocupación de los terrenos o a la disposición de los bienes afectados, previo levantamiento de actas en las que se describan dichos bienes o derechos, se identifique a sus titulares, y se hagan constar los datos precisos para su valoración, y previo abono o consignación de la cantidad determinada por el perito como depósito previo a la ocupación y, en su caso, de la indemnización por el importe de los perjuicios causados por la urgencia de la ocupación.

En consecuencia, visto lo actuado y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20, 21 y 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, y demás disposiciones concordantes y de general aplicación,

RESUELVO:

1.– Aprobar la relación adjunta de bienes y derechos afectados por el «Proyecto Constructivo del metro de Donostialdea. Tramo Herrera-Altza. Addenda II», y declarar la necesidad de su ocupación con los efectos señalados en el artículo 6.2 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.

2.– Convocar a los propietarios que figuran en dicha relación para que, en los días y hora señalados en la misma, y previa personación en el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián se proceda al levantamiento de las actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados y, si procede, a la ocupación formal de los mismos, sin perjuicio de trasladarse al terreno en caso necesario, a solicitud de los interesados.

A dicho acto deberán asistir las y los afectados personalmente o bien representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad (escrituras públicas, certificados o notas informativas del Registro de la Propiedad, etc.) así como cualquier otro documento acreditativo de sus derechos, pudiendo hacerse acompañar a su costa, si lo estiman oportuno, de sus peritos y de un notario.

Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, hasta el día del levantamiento del acta previa, los interesados podrán formular alegaciones a los efectos de subsanar los posibles errores de la misma, dirigiéndose por escrito al Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial, Dirección de Infraestructuras del Transporte, calle Donostia-San Sebastián, n.º 1-Lakua I, 01010 Vitoria-Gasteiz.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante este órgano o ante el Viceconsejero de Transportes, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de noviembre de 2013.

La Directora de Infraestructuras del Transporte,

MARÍA ALMUDENA RUIZ DE ANGULO DEL CAMPO.

Término Municipal de Donostia-San Sebastián.

N.º de Finca: 20-069-001.

Ref. Catastral: dominio público.

Propietario: Autoridad Portuaria de Pasajes.

Ocupación Permanente: OP 0 m2/MP 238 m2.

Ocupación Temporal: OT 0 m2/MT 674 m2.

Servidumbre: SP 0 m2/SM 0 m2.

Denominación de Planos: plano 20.5 H 1.

Naturaleza: urbano.

Levantamiento de actas previas: diciembre 2013.

Lugar: Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián. Día: 12, Hora: 10:00.

N.º de Finca: 20-069-001-CONC.

Ref. Catastral: dominio público.

Propietario: Metalización Amara, S.A.

Ocupación Permanente: OP 0 m2/MP 171 m2.

Ocupación Temporal: OT 0 m2/MT 307 m2.

Servidumbre: SP 0 m2/SM 0 m2.

Denominación de Planos: plano 20.5 H 1.

Naturaleza: urbano.

Levantamiento de actas previas: diciembre 2013.

Lugar: Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián. Día: 12, Hora: 10:30.

N.º de Finca: 20-069-002.

Ref. Catastral: dominio público.

Propietario: Ayuntamiento de Donostia San Sebastián.

Comunidad de Propietarios Roteta, 7, 9 y 11.

Comunidad de Propietarios Paseo de Altza, 18

Comunidad de Propietarios Roteta 29 AC.

Ocupación Permanente: OP 103 m2/MP 0 m2.

Ocupación Temporal: OT 211 m2/MT 0 m2.

Servidumbre: SP 0 m2/SM 0 m2.

Denominación de Planos: plano 20.5 H 2.

Naturaleza: urbano.

Levantamiento de actas previas: diciembre 2013.

Lugar: Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián. Día: 12, Hora: 11:00.


Análisis documental