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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 138, viernes 19 de julio de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
3322

RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2013, del Director de Pesca y Acuicultura, por la que se hace pública la modificación de la participación de los fondos de la Unión Europea, y de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en las ayudas concedidas con cargo al Fondo Europeo de Pesca 2007-2013.

Por Decisión de la Comisión Europea de 13 de diciembre de 2007, se prueba el Programa Operativo de Intervención Comunitaria del Fondo Europeo de Pesca de España para el período de programación 2007-2013 (en adelante Programa), recogiendo, en su artículo 3, los importes máximos de cofinanciación del Fondo Europeo de Pesca (en adelante FEP), para cada uno de los ejes prioritarios.

Por un parte, la Orden de 20 de agosto de 2007, la Orden de 24 de abril de 2008, la Orden de 20 de febrero de 2009, la Orden de 7 de julio de 2010, la Orden de 23 de mayo de 2011 y la Orden de 21 de diciembre de 2011 regulan las ayudas al sector pesquero y acuícola de la CAPV; por otra parte, la Orden de 10 de octubre de 2007, la Orden de 1 de octubre de 2008, la Orden de 6 de noviembre de 2009, la Orden de 23 de septiembre de 2010, la Orden de 9 de marzo de 2011 y la Orden de 4 de abril de 2012 regulan las ayudas a la transformación y comercialización de los productos pesqueros y acuícolas, todas ellas dentro de los límites establecidos en el Reglamento 1198/2006 del Fondo Europeo de Pesca y en el marco del Programa Operativo para 2007-2013. En todas estas órdenes se recoge que la cuantía de las ayudas respetará, en todo caso, los límites establecidos en la normativa comunitaria y a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en particular el anexo II del Reglamento (CE) n.º 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Pesca.

Asimismo, las citadas órdenes establecen que las ayudas concedidas serán publicadas mediante Resoluciones en el Boletín Oficial del País Vasco, a lo cual se ha dado cumplimiento mediante las correspondientes resoluciones del Viceconsejero competente en la materia.

Con fecha 20 de junio de 2012, el Comité de Seguimiento del programa aprobó una nueva reprogramación que fue admitida por la Comisión Europea el 25 de julio de 2012, por la que se establece la cofinanciación del FEP. Como consecuencia de esta reprogramación, la contribución nacional ha variado, redistribuyéndose los importes correspondientes a la Administración de esta Comunidad Autónoma del País Vasco.

De acuerdo con el apartado b) del artículo 51.2 del Reglamento n.º 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Pesca, la autoridad de gestión del Programa Operativo informará a los beneficiarios del importe de la contribución comunitaria. Esta responsabilidad será asumida igualmente, por el organismo intermedio, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.2 del Reglamento (CE) n.º 498/2007, de la Comisión, de 26 de marzo de 2007, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1198/2006, del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Pesca.

De conformidad con la normativa citada y en uso de las facultades que me han sido conferidas en el Decreto 190/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad,

RESUELVO:

Primero.– Hacer pública la modificación de la contribución del FEP de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en las ayudas aprobadas en la CAPV en el marco del Programa Operativo de Intervención Comunitaria del Fondo Europeo de Pesca de España para el período de programación 2007-2013, de acuerdo con la reprogramación acordada por el Comité de Seguimiento del FEP el 20 de junio de 2012.

Segundo.– La lista de beneficiarios con la redistribución del importe concedido, atendiendo a los nuevos porcentajes de cofinanciación está disponible en la página web del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, http://www.nasdap.ejgv.euskadi.net/r50-pesca/es/

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de junio de 2013.

El Director de Pesca y Acuicultura,

LEANDRO AZCUE MUGICA.


Análisis documental