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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 109, viernes 7 de junio de 2013


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
2639

RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2013, de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Competitividad, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas a los Observatorios Estratégicos Sectoriales, para el ejercicio 2013.

La Orden de 1 de febrero de 2012, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, regula las ayudas a los Observatorios Estratégicos Sectoriales (BOPV n.º 28, de 8 de febrero de 2012).

De conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria las ayudas a los Observatorios Estratégicos Sectoriales para el ejercicio 2013, dictando a tal objeto las normas necesarias.

Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 9 de la Orden de referencia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

Es objeto de la presente Resolución la convocatoria de las ayudas previstas en la Orden de 1 de febrero de 2012, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regulan las ayudas a los Observatorios Estratégicos Sectoriales, para el ejercicio 2013.

Artículo 2.– Recursos económicos.

A la financiación de las ayudas convocadas se destinará un total de 130.000 euros, con cargo al correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el ejercicio 2013.

El volumen total de ayudas a conceder con cargo a la presente convocatoria no podrá superar el importe consignado en este artículo o el que resulte de su actualización, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente, dándose publicidad, en su caso, de dicha circunstancia mediante resolución de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Competitividad.

Artículo 3.– Requisitos.

1.– Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden por la que se regulan las ayudas a los Observatorios Estratégicos Sectoriales, deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Orden de referencia.

2.– Asimismo, los solicitantes deberán dirigir y presentar las solicitudes y demás documentación complementaria en la Dirección de Tecnología y Estrategia, en cualquiera de las Delegaciones Territoriales del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad o por cualquiera de los medios previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.– El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 8 de julio de 2013.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Resolución de convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de mayo de 2013.

La Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Competitividad,

ESTÍBALIZ HERNÁEZ LAVIÑA.


Análisis documental