Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 40, lunes 28 de febrero de 2011


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Otras Disposiciones

Cultura
1033

RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2011, del Director General de HABE, por la que se realizan las convocatorias ordinarias de 2011 para la acreditación de los niveles de euskera del alumnado de euskaltegis o centros homologados de autoaprendizaje inscritos en el Registro de HABE, conforme a su Curriculum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos.

La Orden de 19 de enero de 2011, de la Consejera de Cultura, establece el sistema de acreditación de los niveles de competencia del euskera definidos en el Curriculum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos (HEOK), tomando como base la Orden de 24 de enero de 2000, de la Consejera de Cultura, que regula el Curriculum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos y la Orden de 13 de marzo de 2006, de la Consejera de Cultura, que regula los contenidos y los criterios de evaluación correspondientes al cuarto nivel del Curriculum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos.

Por su parte, el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, tiene por objeto la convalidación de títulos y certificados acreditativos del conocimiento del euskera, así como la adecuación de los mismos al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER).

En ese mismo sentido, el artículo 11 de la Orden de 19 de enero de 2011, de la Consejera de Cultura, establece que para la obtención de los certificados que acrediten los niveles descritos en dicha Orden será requisito imprescindible la superación de una prueba de competencia por cada nivel.

A estos efectos, cada prueba de competencia evaluará atendiendo a los objetivos, contenidos (lingüísticos, textuales, estratégicos...) y criterios de evaluación establecidos en dicho Decreto y en las citadas Órdenes, cada una de las destrezas lingüísticas del examinando, en función de los criterios de evaluación establecidos en el Curriculum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos, a través de la Orden de la Consejera de Cultura de 19 de enero de 2011 y en esta Resolución.

El artículo 12 de la Orden de 19 de enero de 2011, de la Consejera de Cultura, que define las principales características de las pruebas de competencia para la obtención de dichos certificados, faculta al Director General de HABE para realizar, mediante resolución, las convocatorias ordinarias de las pruebas de acreditación y establecer las particularidades de cada una de las convocatorias.

Se ha analizado con precisión el desarrollo de las dos convocatorias organizadas mediante resolución por el Director General de HABE correspondientes al año 2010: el número de examinados por nivel, su distribución por territorios, las características de las pruebas aplicadas y la organización, junto con los criterios de evaluación aplicados por tutores y examinadores, así como las calificaciones obtenidas. Asimismo los contenidos y motivos de las reclamaciones y recursos presentados. Como resultado de dicho análisis realizado en HABE, se han incorporado a esta Resolución para el 2011 propuestas de mejora a iniciativa de diferentes agentes, con el fin de mejorar el proceso de certificación y la calidad de las pruebas de acreditación.

Por todo ello,

RESUELVO:

BASES ORGANIZATIVAS

Artículo 1.- Objeto.

Es objeto de la presente Resolución realizar las convocatorias ordinarias de pruebas de acreditación de los niveles de competencia comunicativa en euskera para 2011, dirigidas al alumnado de los euskaltegis y centros homologados de autoaprendizaje del euskera inscritos en el registro de HABE.

Artículo 2.- Normas de funcionamiento.

2.1.- La evaluación de las destrezas lingüísticas del examinando está basada en los contenidos y criterios de evaluación descritos en el Curriculum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos de HABE y en el Marco Común Europeo de Referencia para enseñanza, aprendizaje y evaluación de las lenguas.

Las convocatorias se realizan para acreditar los niveles 1, 2, 3 y 4 establecidos en el Curriculum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos de HABE.

En el anexo I, adjunto a esta Resolución, se incluyen las características de las pruebas de competencia, la estructura de las mismas, los criterios de evaluación y la calificación correspondiente a cada uno de los apartados que las conforman. El examinando que desee acreditar los niveles mencionados deberá superar los mínimos exigidos en el Curriculum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos, para cada nivel y en cada una de las destrezas lingüísticas, tanto oralmente como por escrito.

2.2.- Estas pruebas evalúan el nivel de competencia comunicativa en euskera de cada examinando.

Artículo 3.- Materialización de las convocatorias.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Orden de 19 de enero de 2011, corresponderá a las áreas de Evaluación y de Programas Especiales del Servicio de Didáctica de la Lengua de HABE, la materialización de las convocatorias objeto de la presente Resolución.

Artículo 4.- Información y tramitación on-line.

Las publicaciones y notificaciones derivadas de los procedimientos previstos en la presente Resolución se realizarán a través del portal www.habe.euskadi.net, salvo las relativas a la resolución de los recursos administrativos.

Asimismo, el alumnado realizará a través de www.habe.euskadi.net los trámites que el articulado de esta Resolución remita a dicho portal.

Artículo 5.- Reclamaciones y recursos.

Las personas interesadas podrán presentar reclamación contra las listas provisionales de admitidos y excluidos así como contra los resultados provisionales de las pruebas realizadas. Las reclamaciones serán dirigidas a la Comisión territorial correspondiente en el primer caso, en el plazo de 2 días naturales desde el día siguiente al de la publicación de los listados; y al Tribunal que por el nivel corresponda cuando se trate de los resultados, en el plazo de 5 días naturales desde el día siguiente al de la publicación de los listados, utilizando en ambos casos el impreso de reclamación expresamente habilitado en el portal www.habe.euskadi.net.

Se enviará al correo electrónico utilizado por la persona reclamante el dictamen razonado que fundamente el acuerdo sobre la reclamación presentada.

En el caso de que el examinando desee ver su expediente, éste tendrá un plazo de diez días a partir de la publicación de las listas definitivas para realizar su petición ante el Presidente de la Comisión de Exámenes de HABE. Las peticiones deberán dirigirse por escrito a la dirección de la sede de HABE en Donostia: calle Vitoria-Gasteiz, 3-6.º; 20018 Donostia-San Sebastián.

Contra las listas definitivas de admitidos y excluidos, así como contra los resultados definitivos de las pruebas de acreditación realizadas, podrá interponerse recurso de alzada por escrito ante el Director General de HABE, en el plazo de un mes a partir de la publicación de los listados definitivos. En ambos casos, el Director General de HABE podrá requerir informe al presidente de la Comisión de Exámenes, que deberá emitirse en el plazo máximo de 10 días.

Los recursos de alzada se dirigirán por escrito al Registro General de HABE, sito en la calle Vitoria-Gasteiz, n.º 3-6.º; 20018 Donostia-San Sebastián.

En cualquier caso, la interposición del recurso de alzada no interrumpirá los procedimientos contemplados en esta Resolución.

Artículo 6.- Requisitos mínimos que deberá cumplir el examinando para acceder a las convocatorias.

6.1.- Estar matriculado en el euskaltegi o centro de autoaprendizaje homologado.

Podrán examinarse aquellas personas que hayan formalizado la matrícula en los euskaltegis o en los centros homologados de autoaprendizaje del euskera inscritos en el registro de HABE dentro del período comprendido entre el 23 de marzo de 2010 y el 24 de marzo de 2011 para los niveles primero, segundo y tercero, y entre el 13 de mayo de 2010 y el 18 de abril de 2011 para el cuarto nivel, en primera convocatoria; y en el período comprendido hasta el 7 de septiembre para todos los niveles en la segunda convocatoria.

6.2.- Nivel reconocido.

Asimismo, quien desee presentarse a las convocatorias para las pruebas de certificación deberá tener superado en el euskaltegi o centro de autoaprendizaje el nivel al que opte para las fechas señaladas en el apartado anterior.

No obstante lo anterior, quien habiendo formalizado la matrícula en el euskaltegi o en el centro de autoaprendizaje correspondiente no haya superado para la fecha indicada el nivel que esté cursando, podrá presentarse al nivel inmediatamente inferior, aunque no esté matriculado en dicho nivel. A estos efectos, HABE tomará en consideración los resultados facilitados por los centros a partir del curso académico 2000-2001 en la aplicación informática Q87 para ambas convocatorias.

En todo caso, para poder presentarse a más de un nivel, será requisito imprescindible haber superado dichos niveles en el euskaltegi o centro de aprendizaje en las fechas establecidas en el primer apartado de este artículo.

Artículo 7.- Funciones de cada euskaltegi o centro homologado de autoaprendizaje del euskera.

El euskaltegi o centro homologado de autoaprendizaje del euskera deberá certificar en cada convocatoria, y con anterioridad a las fechas especificadas en el artículo 6 de esta Resolución, los datos del alumnado matriculado y sus niveles mínimos de competencia en euskera, siguiendo la codificación establecida en la aplicación informática Q87 que se señala a continuación:

- Primer nivel: Código 106.

- Segundo nivel: Códigos 109 o 201.

- Tercer nivel: Códigos 112 o 202.

- Cuarto nivel: Códigos 401 y 411.

CARACTERÍSTICAS DE LAS CONVOCATORIAS

Artículo 8.- Convocatorias de 2011.

Durante el año 2011 se realizarán dos convocatorias ordinarias.

Artículo 9.- Calendario de las convocatorias.

HABE dará a conocer a través del portal www.habe.euskadi.net el calendario correspondiente a ambas convocatorias: plazos de matrícula, fechas de publicación del listado provisional de admitidos, fechas de publicación del listado definitivo de admitidos, fecha de la prueba escrita, fecha de publicación de los resultados del examen escrito, fecha de la prueba oral, fecha de publicación de los resultados del examen oral, y fecha de publicación de los resultados finales.

HABE podrá adecuar las fechas previstas en el calendario de estas pruebas en función de las circunstancias que pudieran concurrir en el desarrollo de las mismas, salvo los plazos de matrícula.

Artículo 10.- Precio de la matrícula.

El precio de la matrícula será de 18 euros por cada nivel, según lo establecido en el artículo quinto de la Orden de 23 de septiembre de 2010, de la Consejera de Cultura, por la que se establecen los precios públicos de los servicios que presta y actividades que realiza HABE.

Quien, cumpliendo los requisitos, quiera presentarse a más de un nivel, deberá abonar una matrícula por cada nivel y por cada convocatoria. Cada matrícula será válida para una sola convocatoria.

Artículo 11.- Modo de formalizar la matrícula.

Las inscripciones para las pruebas de acreditación se realizarán por Internet en el portal www.habe.euskadi.net cumplimentando el impreso de matrícula.

El pago de la matrícula podrá realizarse por Internet, o en su caso, mediante pago en entidades bancarias que ofrezcan dicho servicio, utilizando para ello el impreso que recibirá el alumno al inscribirse, y dentro del plazo que figura en dicho impreso. Una vez abonados los derechos de matrícula, no será devuelto el importe de los mismos, salvo si, por error, se ha repetido la matrícula para el mismo nivel.

HABE dará por formalizado y finalizado el proceso de matrícula una vez verificado el pago correspondiente.

Artículo 12.- Listado de admitidos.

Finalizado el plazo de matrícula, HABE confeccionará las listas provisionales de los examinandos admitidos, que serán publicadas en el portal www.habe.euskadi.net.

Finalizado el plazo de reclamaciones, se publicarán las listas definitivas.

Artículo 13.- Fechas y lugar de las convocatorias.

En el plazo de 10 días a partir de la entrada en vigor de la presente Resolución, HABE publicará en el portal www.habe.euskadi.net las fechas y lugares previstos para el desarrollo de estas pruebas en el ejercicio 2011.

Artículo 14.- Situaciones específicas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Orden de la Consejera de Cultura de 19 de enero de 2011, para los casos en que deseando obtener el certificado de acreditación se requieran adaptaciones específicas, HABE adoptará las medidas de igualdad necesarias a fin de garantizar las oportunidades de los examinandos afectados. A fin de realizar las adaptaciones necesarias, la persona interesada deberá realizar la solicitud al responsable territorial correspondiente en el momento de realizar la matrícula de examen, acreditando la discapacidad alegada mediante el documento oficial correspondiente e indicando la adaptación solicitada (silla, mesa u ordenador especial, auriculares, sistema braille, etc.).

A la vista de las solicitudes presentadas, HABE adecuará los medios materiales, así como la duración de las pruebas a las personas que lo hayan solicitado, de conformidad con lo dispuesto en la Orden/PRE/1822/2006 o en la normativa aplicable en el momento de realización de las pruebas.

Artículo 15.- Pruebas de acreditación: características, organización, criterios de evaluación y calificaciones de los distintos apartados.

En base al Curriculum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos de HABE, la Sección de Evaluación del Servicio de Didáctica de la Lengua diseñará las pruebas orales y escritas atendiendo a los criterios de evaluación correspondientes a cada nivel.

Las pruebas de acreditación diseñadas para medir cada nivel evaluarán la competencia comunicativa en euskera de cada examinando: su destreza para comprender lo escuchado y asimilar lo leído y su destreza para expresar oralmente y por escrito el discurso que desea comunicar.

Dichas pruebas de acreditación se realizarán en los cuatro niveles de acreditación, según los criterios de evaluación especificados en el artículo 7 de la Orden de 19 de enero de 2011, de la Consejera de Cultura, y en el anexo I de esta Resolución.

Será requisito indispensable para presentarse a la prueba oral haber superado la prueba escrita.

Cada examinando deberá superar ambas pruebas y alcanzar los mínimos fijados en el anexo I para la medición de las cuatro competencias lingüísticas. En cada nivel se podrá obtener un máximo de 100 puntos, siendo necesario un mínimo de 50 para su superación.

En el cuarto nivel, la aceptación por el euskaltegi del proyecto del examinando (por medio del código 411 en la base de datos Q87) le habilitará para presentarse a las pruebas de acreditación en las siguientes cuatro convocatorias consecutivas a fin de acreditar el cuarto nivel. Transcurridas dichas convocatorias, prescribirá la calificación otorgada por el euskaltegi al proyecto, y HABE, de oficio, lo dará de baja en la aplicación Q87, notificando dicho acto al examinando y al euskaltegi correspondiente.

Artículo 16.- Proceso de corrección de la prueba de competencia.

1.- Expresión escrita. Cada prueba de acreditación escrita será corregida por dos examinadores, que emitirán su dictamen razonado en sendas fichas.

- En los casos en que las correcciones de la prueba escrita de los dos examinadores superen los mínimos necesarios, el resultado propuesto al tribunal será la media aritmética de las dos calificaciones.

- Si los dos examinadores discrepan en su calificación sobre si la prueba cumple o no los mínimos exigidos para superarla, se recurrirá a una tercera corrección a cargo del tutor, que en dichos casos, evaluará la prueba de oficio y elevará su dictamen razonado al tribunal.

- En los casos en que las calificaciones de la prueba escrita de los dos examinadores no alcancen los mínimos necesarios, el resultado propuesto al tribunal será la media aritmética de las dos calificaciones.

2.- Expresión oral. La prueba oral será realizada y corregida por dos examinadores, que emitirán su dictamen motivado en una única ficha de examen. Si los dos examinadores discrepan en su calificación sobre si la prueba cumple o no los mínimos exigidos para superarla, se recurrirá a una segunda corrección a cargo del tutor, que en dichos casos, evaluará la prueba de oficio y elevará su dictamen razonado al tribunal.

Todas las pruebas orales serán grabadas.

3.- Comprensión lectora. Una vez corregida la prueba de esta competencia, se propondrá la calificación al tribunal.

4.- Comprensión oral. Una vez corregida la prueba de esta competencia, se propondrá la calificación al tribunal.

Analizados los dictámenes emitidos por los examinadores, y después de que, en virtud de lo dispuesto en este artículo, el tutor haya emitido su propio dictamen en los casos en que sea necesario, éste presentará la propuesta de resultados al tribunal de cada nivel, para que a su vez proceda a la calificación, levante acta y lo notifique a la Comisión de Exámenes.

Artículo 17.- Actas de calificación de los exámenes.

Se levantará acta tanto de las pruebas escritas como de las orales. En consecuencia, se redactarán dos modelos de acta: una para las pruebas escritas, y otra para las orales, firmadas en cada caso por los miembros de cada tribunal.

Artículo 18.- Resultados de las pruebas de acreditación.

Tanto los resultados provisionales como los resultados definitivos de las pruebas de acreditación se publicarán en el portal www.habe.euskadi.net, por niveles y en cada una de las destrezas lingüísticas. Se comunicarán dichos resultados al Director General de HABE a los efectos de expedición de los certificados correspondientes y de su inscripción en el Registro.

Artículo 19.- Protección de datos personales.

En la gestión de los distintos procedimientos previstos en las convocatorias de estas pruebas de aptitud (tratamiento de la matriculación, publicación de listas de admitidos y excluidos, exposición de las calificaciones de los exámenes...) es necesario tratar y publicar datos personales de los examinandos. Por ello, tomando en consideración lo dispuesto tanto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, como en el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, sobre la protección de datos personales, a fin de poder cumplir las normas de seguridad exigidas a los ficheros que contienen datos personales, los examinandos que toman parte en estas convocatorias autorizan a HABE para el tratamiento y publicación de sus datos personales en los procedimientos previstos en esta Resolución.

Estos datos e informaciones estarán recogidos en un fichero de naturaleza personal. Quien desee iniciar los procedimientos para ejercitar su derecho de oposición, acceso, así como a los de rectificación y cancelación, recurrirá al Registro General de HABE.

EFECTOS DE LAS CONVOCATORIAS

Artículo 20.- Certificados.

Conforme a lo dispuesto por la Ley 5/2010, de 23 de diciembre en su artículo 36, durante el año 2011 la tasa de expedición del certificado correspondiente a cada nivel acreditado será de 19,25 euros, y de 1,79 euros por cada duplicado solicitado. Las tasas a aplicar a los certificados y duplicados solicitados en ejercicios posteriores serán las vigentes en el momento de la solicitud.

El Servicio de Didáctica de la Lengua de HABE remitirá el certificado o duplicado a la dirección señalada en la solicitud, una vez verificada ésta y el abono correspondiente por Internet o a través de entidad bancaria.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

El artículo 16 de esta Resolución no será de aplicación a las pruebas que se realicen en el desarrollo de la primera convocatoria de 2011.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segunda.- Si surgiera en esta Resolución algún problema de interpretación entre los textos en euskera y castellano, se adoptará el texto euskérico como guía para solucionar dicha eventualidad, ya que su primera redacción se realizó en euskera.

Tercera.- Las personas interesadas podrán interponer ante la Presidente de HABE recurso de alzada contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Donostia-San Sebastián, a 3 de febrero de 2011.

El Director General de HABE,

JOSEBA IÑAKI URIBE BURGOA.

ANEXO I

PRUEBAS DE 2011 DE ACREDITACIÓN DE LOS NIVELES 1, 2, 3 Y 4: CARACTERÍSTICAS, ORGANIZACIÓN, CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIONES DE LOS DISTINTOS APARTADOS

NIVEL 1

Compresión escrita:

Después de leer el texto o textos propuestos, la persona que se examina deberá realizar las tareas que se le planteen. Se evaluará la comprensión global del texto por parte del examinando o bien su comprensión parcial, y se le solicitará la obtención de información basada en dicho texto. No se penalizarán las respuestas incorrectas. La puntuación máxima de este apartado es de 20 puntos y se requerirán 10 puntos para superarlo. La duración será de 35 minutos aproximadamente.

Expresión escrita:

Se le planteará una situación en un contexto determinado, y deberá redactar un texto de 140 palabras mínimo, o dos textos de unas 100 palabras. El formato de los textos podrá ser: impresos, notas, avisos, cartas informales, narraciones breves... La evaluación de la expresión escrita se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) adecuación del texto al contexto comunicativo; 2) coherencia y cohesión, y 3) corrección y riqueza de los exponentes lingüísticos. La puntuación máxima de este apartado es de 30 puntos y se requerirán 15 puntos para superarlo. La duración de esta prueba será de 60 minutos aproximadamente.

La duración total de estas dos pruebas será como máximo de una hora y treinta y cinco minutos.

Comprensión oral:

Escuchará varios textos grabados, relacionados con temas cotidianos o de interés general. Deberá demostrar la comprensión de dichos textos realizando las tareas que se le planteen. El texto podrá ser un texto extenso o varios breves. Se escuchará la grabación una o dos veces, en función del tipo de texto. Dispondrá de un tiempo tasado para leer las preguntas antes de oír la grabación. Deberá ser capaz de retener la idea principal del texto escuchado, así como de distinguir la información principal o algunas particularidades del mismo. Este apartado tendrá una puntuación total de 20 puntos, y se deberá obtener un mínimo de 10 para superarlo. El tiempo de realización no sobrepasará los 25 minutos.

Expresión oral:

Mantendrá una conversación con los examinadores o con otro examinando. La prueba constará de tres partes: a) preguntas de los examinadores a modo de introducción, b) exposición sobre un tema previamente elaborado y c) conversación sobre un tema propuesto en soporte fotográfico. La evaluación de la expresión oral se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) grado de adecuación del texto al contexto; 2) coherencia desarrollada tanto en la exposición como en la interacción, comprensibilidad, fluidez y corrección en la pronunciación; y 3) corrección y riqueza de los exponentes lingüísticos. La puntuación máxima de este apartado es de 30 puntos y se requerirán 15 puntos para superarlo. Dispondrá de 10 minutos para preparar el tema y de unos 10 minutos para desarrollarlo.

Organización:

Las pruebas para evaluar las cuatro destrezas lingüísticas se desarrollarán en dos días; en la primera se evaluarán la comprensión y expresión escritas, y la compresión y expresión oral en la segunda.

Calificaciones:

Las calificaciones de las pruebas orales y escritas del nivel 1 se distribuirán de la siguiente manera:

a) Apartados y calificaciones de las pruebas:

Calificación Total Calif. mínima

Fase A

Comprensión escrita 20 10

Expresión escrita 30 15

Subtotal A 50 25

Fase B

Comprensión oral 20 10

Expresión oral 30 15

Subtotal B 50 25

Total 100 50

b) Ponderación:

Los 30 puntos correspondientes a la expresión escrita se distribuirán conforme a la siguiente tabla de ponderación: adecuación, 10%; coherencia, 25%; cohesión, 15%; riqueza, 20% y corrección, 30%.

c) Resultados:

Grupo A: Apto/No apto

Grupo B: Apto/No apto

Total: Apto/No apto

NIVEL 2

Compresión escrita:

Después de leer el texto o textos propuestos, la persona que se examina deberá realizar las tareas que se le planteen. Se evaluará la comprensión global del texto por parte del examinando o bien su comprensión parcial, y se le solicitará la obtención de información basada en dicho texto. No se penalizarán las respuestas incorrectas. La puntuación máxima de este apartado es de 20 puntos y se requerirán 10 puntos para superarlo. La duración será de 45 minutos aproximadamente.

Expresión escrita:

Se le planteará una situación en un contexto determinado, y deberá redactar un texto de 140 palabras mínimo, o dos textos de unas 100 palabras. El formato de los textos podrá ser: impresos, notas, avisos, cartas informales, narraciones breves... La evaluación de la expresión escrita se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) adecuación del texto al contexto comunicativo; 2) coherencia y cohesión, y 3) corrección y riqueza de los exponentes lingüísticos. La puntuación máxima de este apartado es de 30 puntos y se requerirán 15 puntos para superarlo. La duración de esta prueba será de 60 minutos aproximadamente.

La duración total de estas dos pruebas será como máximo de una hora y cuarenta y cinco minutos.

Comprensión oral:

Escuchará varios textos grabados, relacionados con temas cotidianos o de interés general. Deberá demostrar la comprensión de dichos textos respondiendo a las preguntas que se le formulen. El texto podrá ser un texto extenso o varios breves. Se escuchará la grabación una o dos veces, en función del tipo de texto. Dispondrá de un tiempo tasado para leer las preguntas antes de oír la grabación. Deberá ser capaz de retener la idea principal del texto escuchado, así como de distinguir la información principal o algunas particularidades del mismo. También deberá ser capaz de distinguir la información de la opinión, así como de extraer las conclusiones de lo escuchado. La puntuación máxima de este apartado es de 20 puntos y se requerirán 10 puntos para superarlo. La duración de esta prueba será de 25 minutos aproximadamente.

Expresión oral:

Mantendrá una conversación con los examinadores o con otro examinando. La prueba constará de tres partes: a) preguntas de los examinadores a modo de introducción, b) exposición sobre un tema previamente elaborado y c) conversación sobre un tema propuesto en soporte fotográfico. La evaluación de la expresión oral se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) grado de adecuación del texto al contexto; 2) coherencia desarrollada tanto en la exposición como en la interacción, comprensibilidad, fluidez y corrección en la pronunciación; y 3) corrección y riqueza de los exponentes lingüísticos. La puntuación máxima de este apartado es de 30 puntos y se requerirán 15 puntos para superarlo. Dispondrá de 10 minutos para preparar el tema y de unos 10 minutos para desarrollarlo.

Organización:

Las pruebas para evaluar las cuatro destrezas lingüísticas se desarrollarán en dos días; en la primera se evaluarán la comprensión y expresión escritas, y la compresión y expresión oral en la segunda.

Calificaciones:

Las calificaciones de las pruebas orales y escritas del nivel 2 se distribuirán de la siguiente manera:

a) Apartados y calificaciones de las pruebas:

Calificación Total Calif. mínima

Fase A

Comprensión escrita 20 10

Expresión escrita 30 15

Subtotal A 50 25

Fase B

Comprensión oral 20 10

Expresión oral 30 15

Subtotal B 50 25

Total 100 50

b) Ponderación:

Los 30 puntos correspondientes a la expresión escrita se distribuirán conforme a la siguiente tabla de ponderación: adecuación, 13%; coherencia, 24%; cohesión, 17%; riqueza, 20% y corrección, 26%.

c) Resultados:

Grupo A: Apto/No apto

Grupo B: Apto/No apto

Total: Apto/No apto

NIVEL 3

Comprensión escrita:

Después de leer diversos textos, la persona que se examina deberá realizar diferentes tareas.

Por un lado, se le pedirá la comprensión global y parcial, tanto de la idea principal como de las secundarias y de las ideas no expresadas explícitamente en el texto; es decir, el objetivo comunicativo, la intención, punto de vista u opinión del escritor, etc. Ejercicios posibles: responder a preguntas de elección múltiple o de respuestas breves, del tipo verdadero/ falso; elegir ideas correspondientes a fragmentos textuales; buscar correspondencias apropiadas; ordenar el texto, resumirlo, o relacionar ideas o párrafos.

Además, se recurrirá a distintos textos para evaluar la utilización que hace de la sintaxis y del léxico. Para ello, se utilizarán diversos tipos de ejercicios: colocar en el texto sinónimos de las palabras marcadas, elegir el léxico adecuado mediante la técnica de elección múltiple, reescribir el texto usando palabras derivadas y compuestas, completar la estructura sintáctica mediante la técnica de elección múltiple, crear frases equivalentes a las propuestas o elegir estructuras coherentes para completar el texto.

La puntuación máxima de este apartado es de 20 puntos y se requerirán 10 puntos para superarlo. La duración de esta prueba será de una hora.

Expresión escrita:

Deberá redactar un texto de 300 palabras mínimo, o dos textos de unas 180 palabras cada uno. Los tipos de texto podrán ser: artículos de opinión, cartas, informes, propuestas, resúmenes, solicitudes, folletos informativos... Se especificará la situación, tema, género textual, ámbito de uso, rol del enunciador y del destinatario, y finalidad comunicativa de la actividad a realizar. La evaluación de la expresión escrita se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) adecuación del texto al contexto comunicativo; 2) coherencia y cohesión, y 3) corrección y riqueza de los exponentes lingüísticos. La puntuación máxima de este apartado es de 30 puntos y se requerirán 15 puntos para superarlo. Su duración será de una hora y media.

La prueba escrita durará 2 horas y 30 minutos.

Comprensión oral:

Escuchará grabaciones sobre temas de cultura general, y deberá demostrar que los comprende respondiendo adecuadamente a diversas preguntas. El texto a escuchar será un texto extenso o varios breves. La grabación podrá escucharse una o dos veces dependiendo del tipo de texto, y dispondrá de un tiempo determinado para leer las preguntas antes de escuchar la grabación. Deberá comprender la idea principal del texto, y la información sustancial y determinadas particularidades del texto escuchado. Así mismo deberá diferenciar la información de la opinión o extraer conclusiones sobre lo escuchado. Tipos de ejercicios posibles: respuesta de elección múltiple, respuesta de tipo verdadero/falso, respuesta breve, completar frases o tablas, o buscar correspondencias. La puntuación máxima de este apartado es de 20 puntos y se requerirán 10 puntos para superarlo. La duración de esta prueba será de 25 minutos aproximadamente.

Expresión oral:

Mantendrá una conversación con los examinadores o con otro examinando. El apartado constará de dos ejercicios:

- La realización por parte del examinando de una tarea previamente preparada. La preparación de un tema propuesto por los examinadores. Para ello, se le facilitarán textos, elementos gráficos o imágenes referentes al tema. Dispondrá de 20 minutos para preparar el tema a exponer, y tendrá que hablar durante 5 minutos ante los examinadores. Para desarrollar el tema ante el tribunal podrá utilizar un guión, pero no se le permitirá leer un texto previamente preparado. Deberá responder también a preguntas que, ocasionalmente, pudieran realizarle los examinadores en torno al tema en cuestión.

- Mantener una conversación improvisada con los examinadores, o con otro examinando, basándose en fotografías u otros elementos gráficos. Esta conversación improvisada durará alrededor de 10 minutos (5 minutos por cada examinando).

La calificación de ambos ejercicios tendrá una puntuación máxima de 30 puntos y habrá que obtener un mínimo de 15 para superarlos.

La evaluación de la expresión oral se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) grado de adecuación del texto al contexto; 2) coherencia desarrollada tanto en la exposición como en la interacción, comprensibilidad, fluidez y corrección en la pronunciación; y 3) corrección y riqueza de los exponentes lingüísticos.

Organización:

Las pruebas para evaluar las cuatro destrezas lingüísticas se desarrollarán en dos días; en la primera se evaluarán la comprensión y expresión escritas, y la compresión y expresión oral en la segunda.

Calificaciones:

Las calificaciones de las pruebas orales y escritas del nivel 3 se distribuirán de la siguiente manera:

a) Apartados y calificaciones de las pruebas:

Calificación Total Calif. mínima

Fase A

Comprensión escrita 20 10

Expresión escrita 30 15

Subtotal A 50 25

Fase B

Comprensión oral 20 10

Expresión oral 30 15

Subtotal B 50 25

Total 100 50

b) Ponderación:

Los 30 puntos correspondientes a la expresión escrita se distribuirán conforme a la siguiente tabla de ponderación: adecuación, 20%; coherencia, 20%; cohesión, 20%; riqueza, 20% y corrección, 20%.

c) Resultados:

Grupo A: Apto/No apto

Grupo B: Apto/No apto

Total: Apto/No apto

NIVEL 4

Comprensión escrita:

La persona que se examina deberá leer el texto propuesto y, a continuación, resumirlo por escrito en 50-70 palabras, expresando las variables fundamentales: el mensaje del emisor, su finalidad, destinatario... A los efectos de evaluar esta prueba de comprensión escrita, se tomará en consideración: a) la medida en la que el examinando ha respondido a lo solicitado, y b) si ha acometido dicha función correcta y adecuadamente. La puntuación máxima de este apartado es de 20 puntos y se requerirán 10 para superarlo.

Expresión escrita:

Redactará un texto de al menos 350 palabras llevando a cabo una acción comunicativa concreta. El enunciado de la prueba expresará con claridad las características de la acción comunicativa: género textual, ámbito de uso, rol del enunciador y del destinatario y finalidad comunicativa de la misma. La evaluación de la expresión escrita se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) adecuación del texto al contexto comunicativo; 2) coherencia y cohesión, y 3) corrección y riqueza de los exponentes lingüísticos. La puntuación máxima de este apartado es de 30 puntos y se requerirán 15 puntos para superarlo. La duración total de esta prueba escrita no sobrepasará las tres horas.

Comprensión oral:

Escuchará un texto grabado, y tendrá que resumirlo por escrito en 50-70 palabras, expresando las variables fundamentales: el mensaje del emisor, su finalidad, destinatario... A los efectos de evaluar esta prueba de comprensión escrita, se tomará en consideración: a) la medida en la que el examinando ha respondido a lo solicitado, y b) si ha acometido dicha función correcta y adecuadamente. La puntuación máxima de este apartado es de 20 puntos y se requerirán 10 para superarlo.

Expresión oral:

Tendrá como tema de conversación el mismo que ha desarrollado en el apartado de la expresión escrita, y desarrollará ante los examinadores la acción comunicativa que se le señale con media hora de antelación. La evaluación de la expresión oral se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) grado de adecuación del texto al contexto; 2) coherencia desarrollada tanto en la exposición como en la interacción, comprensibilidad, fluidez y corrección en la pronunciación; y 3) corrección y riqueza de los exponentes lingüísticos. El ejercicio propiamente dicho durará aproximadamente 10 minutos. La calificación del ejercicio tendrá una puntuación máxima de 30 puntos y habrá que obtener 15 para superarlo.

Organización:

Estas pruebas para evaluar las cuatro destrezas lingüísticas se desarrollarán en dos días; en la primera se evaluarán la comprensión oral y comprensión y expresión escritas, y la expresión oral en la segunda.

Calificaciones:

Las calificaciones de las pruebas orales y escritas del nivel 4 se distribuirán de la siguiente manera:

a) Apartados y calificaciones de las pruebas:

Calificación Total Calif. mínima

Fase A

Comprensión escrita 20 10

Expresión escrita 30 15

Subtotal A 50 25

Fase B

Comprensión oral 20 10

Expresión oral 30 15

Subtotal B 50 25

Total 100 50

b) Ponderación:

Los 30 puntos correspondientes a la expresión escrita se distribuirán conforme a la siguiente tabla de ponderación: adecuación, 20%; coherencia, 20%; cohesión, 20%; riqueza, 20% y corrección, 20%.

c) Resultados:

Grupo A: Apto/No apto

Grupo B: Apto/No apto

Total: Apto/No apto


Análisis documental