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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 169, jueves 3 de septiembre de 2009


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 5 de Bilbao
4830

EDICTO dimanante de procedimiento ordinario n.º 583/08.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Pro. ordinario L2 583/08 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Bilbao (Bizkaia) a instancia de Diputación Foral de Bizkaia, Departamento de Agricultura contra Carmen Amaya Jimenez sobre L09, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 235

En Bilbao (Bizkaia), a veinticinco de junio de dos mil nueve.

Vistos por D. Francisco Javier Osa Fernandez, Magistrado-Juez de Primera Instancia n.º 5 de Bilbao (Bizkaia) y su partido, los presentes autos de juicio ordinario n.º 583/08, seguidos en este Juzgado a instancias de Excma. Diputación Foral de Bizkaia, representada por la Procuradora Dña. Begoña Perea de la Tajada y defendida por la Letrada Dña. María Ángeles Aransay, siendo parte demandada Dña. Carmen Amaya Jiménez, en situación procesal de rebeldía, con intervención del Ministerio Fiscal, sobre privación de la patria potestad.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Dña. Begoña Perea de la Tajada, en nombre y representación de la Excma. Diputación Foral de Bizkaia, sobre privación de la patria potestad, promovida contra Dña. Carmen Amaya Jiménez, en situación procesal de rebeldía, debo acordar y acuerdo la privación total de la patria potestad de la demandada sobre su hija Samantha Amaya Jiménez, con suspensión del régimen de visitas de la demandada con su hija menor, sin expresa imposición de las costas.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 455.1, y 457.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Carmen Amaya Jiménez, extiendo y firmo la presente en Bilbao (Bizkaia), a veintiséis de junio de dos mil nueve.

EL/LA SECRETARIO.


Análisis documental