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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 59, viernes 23 de marzo de 2007


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 8 de Bilbao
1812

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 213/06.

Juzgado de Primera Instancia n.° 8 de Bilbao (Bizkaia).

Juicio: Pro. ordinario L2 213/06.

Demandante: Trinidad Rodríguez Fernández, Ángel Antonio Gallardo Rodríguez, Alfonso Gallardo Rodríguez y Recreativos Elga C.B.

Abogado: Suárez Santa Coloma, Susana, Suárez Santa Coloma, Susana, Suárez Santa Coloma, Susana y Suárez Santa Coloma, Susana.

Procurador: Maria Inmaculada Frade Fuentes, Maria Inmaculada Frade Fuentes, Maria Inmaculada Frade Fuentes y Maria Inmaculada Frade Fuentes.

Demandado: Maria Nieves Vélez San Vicente.

Sobre: juicio ordinario.

En el referido juicio se ha dictado el 22 de enero de 2007 sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda presentada por la Procuradora D.ª M.ª Victoria Frade Fuentes en nombre y representación de D. Alfonso Gallardo Rodríguez, D. Ángel Antonio Gallardo Rodríguez, D.ª Trinidad Rodríguez Fernández, integrantes de Recreativos Elga C.B., contra D.ª M.ª Nieves Vélez San Vicente condeno a la expresada demandada a devolver a los demandantes la cantidad de seis mil diez con doce (6.010,12) euros más un interés anual del 18% desde el 17 de enero de 2003 hasta el completo pago y las costas causadas.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D.ª María Nieves Vélez San Vicente y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 14 de febrero de 2007.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental