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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 92, miércoles 17 de mayo de 2006


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Diputación Foral de Álava
2533

ANUNCIO relativo a la ampliación de la relación de bienes y derechos afectados para la ejecución del "Proyecto de construcción de la Variante de Luiaondo en la carretera A-625".

El Consejo de Diputados, en sesión celebrada el día 28 de marzo de 2006, ha aprobado el Acuerdo 222/2006, cuyo texto es el siguiente:

"Ampliación de la relación de bienes y derechos afectados para la ejecución del "Proyecto de construcción de la Variante de Luiaondo en la carretera A-625".

Mediante Decreto Foral 962/1992, de 17 de noviembre, del Consejo de Diputados, se aprueba definitivamente la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de construcción de la Variante de Luiaondo en la carretera A-625" y se acuerda la necesidad de ocupación de todos los bienes y derechos afectados por el proyecto de referencia.

Por el Servicio de Planificación, Proyectos y Obras se ha puesto de manifiesto la necesidad de afectar adicionalmente una superficie para la ejecución de unas obras de estabilización de deslizamiento en la ladera oeste de la carretera A-625 en Luiaondo, cuya ocupación es urgente puesto que se trata de una obra de emergencia motivada por el deslizamiento de una ladera que es necesario estabilizar de una manera inmediata, lo que exige la ocupación del suelo de titularidad privada que se relaciona en el anexo de este Acuerdo.

El artículo 15 de la Ley de Expropiación Forzosa prevé la ampliación y extensión de la ocupación, pudiendo incluirse entre los bienes de necesaria ocupación los que sean indispensables para previsibles ampliaciones de la obra o finalidad de que se trate, entendiéndose que quedan afectos al fin, obra o servicio determinante de la expropiación.

La actuación comprendida en el "Proyecto de construcción de la Variante de Luiaondo en la carretera A-625" está incluida en el Plan General de Carreteras del País Vasco correspondiente al período 1987-1998 por lo que, de conformidad con la Disposición Adicional Tercera de la Ley 2/1989, de 30 de mayo, reguladora del Plan General de Carreteras del País Vasco, se entiende implícita la urgencia de la ocupación a la actuación referida, pudiendo tramitarse el expediente expropiatorio por el procedimiento prevenido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Procede, por tanto, tramitar la expropiación por el procedimiento de urgencia y convocar de manera inmediata a los titulares de los bienes y derechos afectados al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación para acometer con la mayor urgencia posible los trabajos de estabilización definitiva del deslizamiento en la ladera oeste de la carretera A-625.

La Diputación Foral de Álava es competente para la planificación, proyección, construcción y modificación de las carreteras de Álava, según dispone el artículo 7.a) 8 de la Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de los Territorios Históricos, y el artículo 8 de la Norma Foral 20/1990, de 25 de junio, de Carreteras del Territorio Histórico de Álava. Para el ejercicio de dichas competencias, la Diputación Foral podrá expropiar los bienes y derechos necesarios, tal como establece el artículo 2.1 de la Ley de Expropiación Forzosa.

En el ámbito interno de esta Institución, el Consejo de Diputados es el órgano competente para la aprobación de los proyectos que llevan aparejados la declaración de utilidad pública a efectos expropiatorios y de la relación definitiva de bienes y derechos afectados por la expropiación, según dispone el artículo 8, 26) de la Norma Foral 52/1992, de 18 de diciembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Diputación Foral de Álava.

En su virtud, a propuesta del Diputado de Obras Públicas y Transportes y previa deliberación del Consejo de Diputados en sesión celebrada por el mismo el día de hoy,

ACUERDO:

Primero.– Ampliar la relación de los bienes y derechos afectados para la ejecución del "Proyecto de la Variante de Luiaondo en la carretera A-625", a los que se relacionan en el anexo de este Acuerdo.

Segundo.– Tramitar la expropiación de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de urgencia regulado en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Tercero.– Realizar una retención de crédito para atender a los gastos de esta expropiación, por un importe de 270,90 euros, con cargo a la línea 50-31 del presupuesto de 2003 prorrogado para el ejercicio 2006 (105-897/000 06.5.06).

Cuarto.– Que por la Dirección de Finanzas y Presupuestos se libre el importe del justiprecio correspondiente a la finca relacionada en el anexo, con cargo a la línea y referencia de contraído anteriormente citados, previa presentación del informe propuesta de pago de justiprecio de la Sección de Expropiaciones y en los plazos marcados en la Ley."

Lo que se comunica para conocimiento y efectos, haciéndose saber que el presente acto agota la vía administrativa y que contra el mismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a que tenga lugar la publicación, o en su caso la notificación.

No obstante, y si se considera oportuno, se podrá interponer, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto, el cual deberá ser presentado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación, o en su caso la notificación del acto a recurrir. En este supuesto, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto (artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Asimismo se convoca a los titulares de derechos afectados por el Proyecto que se cita al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación o de Ocupación definitiva si procediera.

Dicho acto tendrá lugar el día 3 de mayo de 2006, a partir de las 10:00 horas, en los locales del Ayuntamiento de Ayala (Álava), lo que se comunicará al interesado mediante la oportuna cédula de citación individual (artículo 52-2 de la Ley de Expropiación Forzosa), significando que esta publicación se realizará igualmente a los efectos que determina el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A dicho acto deberá asistir el afectado personalmente o bien representado por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad (escrituras públicas, privadas, certificados del Registro de la Propiedad, etc.), pudiendo además hacerse acompañar a su costa, si lo considera conveniente, de su Perito, Letrado o Notario.

Asimismo se señala que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, los interesados, así como las personas que siendo titulares de derechos reales o intereses económicos que se hayan podido omitir en la relación publicada, podrán formular por escrito en Diputación Foral de Álava, sita en la Plaza de la Provincia, n.º 5-1.º, 01001 Vitoria-Gasteiz, hasta el día señalado para el levantamiento de las Actas Previas, las alegaciones que estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar los posibles errores en que se haya podido incidir al relacionar los bienes y derechos que se afectan.

Sirva también la presente publicación para que se den por notificadas todas aquellas personas o entidades que bien resulten desconocidas, bien se ignore el lugar de la notificación, o bien intentada esta no se hubiese podido practicar (artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Vitoria-Gasteiz, a 28 de marzo de 2006.

La Directora de Obras Públicas y Transportes,

GUADALUPE MARTÍN ARMENTIA.

LUIAONDOKO SAIHESBIDEAREN ERAIKUNTZA PROIEKTUAK A-625 ERREPIDEAN
CONSTRUCCIÓN DE LA VARIANTE DE LUIAONDO EN LA A-625

Finkaren	Titularraren izena 	Katastroko datuak		 Udala	Aprobetxamendua	Eragindako azalera m2

zk.

		Poligonoa	Etxadia	Lursaila			Behin betikoa	Behin-behinekoa	Zortasuna

N.º finca	Nombre del propietario	Datos catastrales		Ayuntamiento	Aprovechamiento	Superficie afectada m2	

		Polígono 	Manzana	Parcela			 Definitiva	Temporal 		Servidumbre

										de paso

66/100	Herederos de Marcos Urraza Orueta	3		 1022	Ayala	Belardia	90

						Pradera		


Análisis documental