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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 48, miércoles 10 de marzo de 2004


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Otras Disposiciones

Ordenación del Territorio y Medio Ambiente
1305

ORDEN de 25 de febrero de 2004, del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, por la que se adapta para su aplicación durante el ejercicio 2004 la Orden por la que se regula la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación de la biodiversidad.

Al amparo de lo establecido en el Título IX del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre Régimen Presupuestario de Euskadi, se dictó el Decreto 317/2003, de 23 de diciembre, sobre ampliación de la vigencia de determinadas disposiciones reguladoras de ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, pudiendo, a tal fin, el Gobierno y los distintos Departamentos y Organismos Autónomos adaptar los plazos, condiciones y requisitos necesarios para su aplicación durante el ejercicio 2004.

En el ejercicio 2003, se dictó la Orden de 17 de junio de 2003, del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, por la que se regula la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación de la biodiversidad, para el año 2003, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco núm. 131, de 4 de julio de 2003, por lo que procede la adaptación de los plazos y condiciones necesarios para la aplicación de la referida Orden durante el ejercicio 2004.

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo 1.– Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes para acceder a la convocatoria de ayudas establecida por Orden de 17 de junio de 2003, del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, por la que se regula la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación de la biodiversidad para el año 2003, en el ejercicio 2004, será de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Artículo 2.– Solicitudes y documentación a presentar

Las personas solicitantes de las ayudas a las que se refiere la presente Orden deberán dirigirlas, junto con la documentación exigida, a la Dirección de Biodiversidad, Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, calle Donostia-San Sebastián, 1 - 01010 Vitoria-Gasteiz, y serán presentadas en el Registro General del citado Departamento ó en cualquiera de las formas previstas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 3.– Recursos económicos

Se destina al objeto de las ayudas a las que se refiere la presente Orden durante el presente ejercicio 2004, la cantidad de doscientos treinta y nueve mil novecientos noventa y ocho euros (239.998,00 €), con cargo a la partida presupuestaria establecida al efecto en los Presupuestos Generales de la CAPV.

Artículo 4.– Plazos de ejecución

Los proyectos subvencionados deberán iniciarse dentro del ejercicio correspondiente al año 2004. El plazo de ejecución no sobrepasará la fecha del 1 de diciembre de 2005.

Artículo 5.– Consignación presupuestaria

El importe global consignado en el artículo tercero podrá ser modificado, teniendo en cuenta la cuantía global de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución del presupuesto del Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, y con carácter previo a la resolución de las mismas. De dicha circunstancia se dará publicidad mediante Resolución del Director de Biodiversidad.

Artículo 6.– Resolución de la convocatoria

1. El Viceconsejero de Ordenación del Territorio y Biodiversidad resolverá y notificará a las entidades interesadas, en el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente Orden, la concesión de las subvenciones mediante Resolución que será publicada posteriormente en el Boletín Oficial del País Vasco.

2. Si transcurrido el expresado plazo no se hubiera efectuado la indicada notificación, podrá entenderse desestimada la solicitud formulada, a los efectos de lo establecido en el artículo 44.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de la obligación que la citada Ley impone a la Administración de resolver expresamente.

Artículo 7.– Modelo de instancia.

En el anexo se acompaña el modelo de instancia para la solicitud de la subvención.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el mismo diario oficial.

Segunda.– La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 25 de febrero de 2004.

El Consejero de Ordenación del Territorio

y Medio Ambiente,

SABIN INTXAURRAGA MENDIBIL.

ANEXO I
MODELO DE SOLICITUD

1. Nombre de la entidad asociativa que solicita la subvención:

2. NIF:

3. Forma jurídica

4. Nombre del Representante legal:

5. Ámbito de actuación:

6. Objeto social:

7. Domicilio social:

8. Teléfono / Fax:

9. Correo electrónico:

10. Título del proyecto para el que se solicita la subvención

11. Responsable del proyecto:

–Nombre:

–Teléfono de contacto:

–Correo electrónico:

12. Participantes:

13. Colaboraciones con otras entidades:

14. Fecha de inicio del proyecto:

15. Duración prevista (meses):

16. Presupuesto del proyecto

16.1. Distribución del presupuesto:

	Entidad solicitante	Entidades colaboradoradoras	

Personal				

Fungible				

Equipo				

Viajes				

Otros				

Total				

16.2. Presupuesto TOTAL del proyecto (euros):

El abajo firmante: 	

en representación de: 	

SOLICITA

Acogerse a las subvenciones para la realización de estudios y trabajos de investigación sobre la biodiversidad según los términos establecidos en la Orden de 25 de febrero de 2004, del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, con el Proyecto titulado:

En..................., a ......... de...............de 2004
……………………………………………………………………
(Firma)
ANEXO II
CONTENIDO MÍNIMO DEL PROYECTO

1. Título

2. Breve resumen

3. Hipótesis y/o planteamiento

4. Antecedentes y estado actual del tema

5. Objetivos

6. Fases de ejecución/calendario

7. Metodología detallada

8. Resultados esperados

9. Beneficios esperados en relación con la mejora del conocimiento, conservación, protección y restauración de la biodiversidad.

10. Presupuesto detallado

11. Breve curriculum del equipo en los temas relacionados con el proyecto


Análisis documental