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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 142, martes 24 de julio de 2001


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Autoridades y Personal

Ayuntamiento de Asparrena
4205

ANUNCIO de la convocatoria para la provisión del puesto de Peón-Alguacil mediante nombramiento Interino.

Objeto de la convocatoria.– Provisión del puesto de Peón-alguacil del Ayuntamiento de Aspárrena, mediante nombramiento interino durante el periodo del curso 2001/2002 en que el funcionario titular esté liberado para aprendizaje de euskera.

Bases de la convocatoria.– Las Bases de la convocatoria y el proceso selectivo han sido aprobadas por Resolución de la Alcaldía del día 8 de junio de 2001 y están a disposición de todos los interesados en las oficinas municipales, publicándose a continuación un extracto de las mismas:

Condiciones que deben reunir los aspirantes.–

A) Tener cumplidos 18 años de edad.

B) No padecer enfermedad o defecto físico ni psíquico que impida el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo.

C) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

D) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad previstos en la normativa vigente en materia de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

E) Estar en posesión del certificado de escolaridad.

F) Estar en posesión del carnet de conducir tipo B.

Solicitudes.– Las instancias de solicitud para tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro de la Entidad durante el plazo de veinte días naturales a contar del siguiente al de la inserción del anuncio en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de 9:00 a 14:00 horas. Los solicitantes adjuntarán a su instancia una declaración en la que se relacionen los méritos alegados y acompañarán los documentos suficientes acreditativos de los mismos.

Tribunal Calificador.– Compuesto por el Sr. Alcalde o corporativo en que delegue, que lo presidirá, un representante del IVAP y un miembro designado por la Diputación Foral de Álava, tres representantes de los grupos políticos municipales y un representante de los trabajadores, actuando como Secretario del Tribunal el Secretario del Ayuntamiento, o funcionario habilitado al efecto. El Tribunal requerirá los asesoramientos que estime necesarios para la realización de cualquiera de las pruebas de que consta el proceso selectivo, que se limitarán a la colaboración técnica en la respectiva especialidad.

Procedimiento de selección.–

a) Fase de oposición.

Primer Ejercicio.– Teórico, de carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar a un cuestionario de preguntas de respuesta corta referentes a las funciones a desarrollar, especialmente referidas a trabajos de albañilería, electricidad, jardinería y maquinaria a utilizar, así como sobre organización de los servicios municipales y conocimiento del municipio.

Se valorará sobre un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

Segundo Ejercicio.– Práctico, de carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en la realización de uno o varios supuestos prácticos sobre las funciones del puesto de trabajo.

Se valorará sobre un máximo de 15 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 7,5 puntos para superarlo.

Tercer ejercicio.– Conocimientos de euskera: No obligatorio ni eliminatorio.

Consistirá en la realización de las pruebas de conocimientos y habilidad lingüística que el Tribunal determine.

Se valorará sobre un máximo de 4 puntos.

No realizarán estas pruebas aquellos aspirantes que hayan acreditado estar en posesión de los correspondientes certificados en los términos establecidos en el Decreto 86/1997 de 15 de abril por el que se articulan diversas medidas para la aplicación del proceso de normalización del uso del euskera en las Administraciones Públicas Vascas. En estas circunstancias, quienes acrediten el perfil lingüístico 1 o superior, obtendrán los 4 puntos.

b) Fase de concurso, con arreglo al siguiente baremo:

Servicios prestados en la Administración Local, Foral, Autonómica o Estatal en puestos de trabajos con dedicación en jornada completa y funciones similares: 0,5 punto por cada tres meses o fracción superior a mes y medio, con un máximo de tres puntos.

Propuesta de nombramiento.– El Tribunal elevará la propuesta al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Aspárrena, que adoptará el acuerdo de nombrar funcionario interino, en su caso, al candidato seleccionado por el Tribunal. En caso de renuncia del aspirante propuesto se formulará nueva propuesta.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Araia, a 8 de junio de 2001.

El Alcalde-Presidente,
JUAN LUIS ANTÍA AUDICANA.

Análisis documental