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Información a personas seleccionadas

Una vez realizada la adjudicación, se verifica si las solicitudes seleccionadas siguen cumpliendo los requisitos fijados para ser adjudicatarias de vivienda.

La adjudicación definitiva se notificará a las personas interesadas a la dirección del domicilio que señalaron en la solicitud como el lugar adecuado a efectos de notificación.

Tras recibir la notificación, dispondrás de un plazo para aceptar o rechazar la vivienda (o alojamiento) que te haya sido asignada.

Si renuncias a la vivienda o alojamiento que se te ha adjudicado o si se te notifica la adjudicación y no contestas a la misma, se te dará de baja en Etxebide, y no te podrás inscribir durante un año. 

Sin embargo, las renuncias no serán causa de baja si concurre alguna de las siguientes circunstancias:

  • Que la aceptación de la vivienda (o alojamiento) incurriera en situación de sobreocupación.
  • Que en el transcurso de una adjudicación en régimen de compra se haya pasado a estar en situación de desempleo.
  • Que el municipio en el que esté ubicada la vivienda (o alojamiento) adjudicada no hubiera sido elegido expresamente por el demandante.
  • Que se trate de una vivienda adjudicada en compra y que se acredite que ha sido denegado un préstamo hipotecario.
  • Que se adjudique una vivienda (o alojamiento) de un único dormitorio a una unidad convivencial de dos personas que no formen pareja, no importa su sexo; o a una unidad convivencial de la que forme parte una persona que precise disponer de un dormitorio propio por prescripción médica.
  • Que se trate de una vivienda (o alojamiento) adjudicada en alquiler y que la renta estipulada supere el 30% de los ingresos anuales ponderados de los demandantes.

Fecha de última modificación:

Euskadi, bien común