Pruebas para la obtención de los Títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional Especifica
Departamento / Organismo Autónomo
Educación, Universidades e Investigación
Órgano gestor
Viceconsejería de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente
Objeto
La ordenación general de la formación profesional establece medios de acceso a las titulaciones de Formación Profesional a lo largo de toda la vida y, entre ellos, las condiciones de las pruebas (comúnmente denominadas "libres") que permiten a las personas interesadas la obtención de los títulos de Técnico o de Técnico Superior.
Destinatarios/as
Personas que desean obtener un título de Formación Profesional Específica
Normativa reguladoraLa Orden de 19/06/2008, por la que se regulan las pruebas para la obtención de los Títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional Específica.
Orden que convoca las pruebas de 2010/11. (BOPV 19/11/2010)
Personas de contacto
Unidad de Formación Profesional en la Delegación de Alava Unidad de Formación Profesional en la Delegación de Gipuzkoa Unidad de Formación Profesional en la Delegación de Bizkaia
Tfnos.: 945 017254 y 945 017230
Tfno.: 943 022853
Tfnos.: 944031062 y 944031153
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Tasas a aplicar
derecho de examen de 18€ con las siguientes posibles bonificaciones:
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bonificación del 50% para miembros de familia numerosa de categoría general
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exención total del pago para:
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miembros de familia numerosa de categoría especial
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casos contemplados en art.9 del Decreto 214/2002 que regula las Ayudas a Víctimas de Terrorismo
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-entre el 4 y el 15 de abril de 2011
Lugar presentación solicitudes
-En el instituto donde se vaya a examinar
Descripción de los trámites- Matricularse dentro del plazo señalado, pagar la tasa por derechos de examen y examinarse.
Órgano que resuelve
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Plazo de resolución
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Efectos del silencioNo procede
Fín de la vía administrativa
No procede
Recursos / Reclamaciones
Formularios
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Otros documentos-
Observaciones
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NotaEsta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Fecha de la última modificación
09/02/2011