Subvenciones, durante el año 2011, a las asociaciones mixtas de mujeres y hombres

RESUMEN
Título:
Subvenciones, durante el año 2011, a las asociaciones mixtas de mujeres y hombres
Objeto:

La regulación de las subvenciones a conceder por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer a federaciones y asociaciones mixtas y/o de hombres sin ánimo de lucro que trabajen en la promoción de la igualdad de mujeres y hombres para la realización en el ejercicio de 2011 de proyectos concretos relacionados con los fines y objetivos del Instituto en los términos señalados en los artículos siguientes y dentro de los límites que determinan los créditos consignados en el Capítulo IV de su Presupuesto.

Dotación presupuestaria:

Los recursos económicos destinados a la finalidad del artículo anterior procederán de los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos del Instituto y se cifran en treinta mil (30.000) euros.

Normativa de la convocatoria:
  • RESOLUCION 24 de junio (BOPV N 144/2011)

    RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2011, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se regula la concesión de subvenciones, durante el ejercicio 2011, dirigidas a asociaciones mixtas y de hombres que trabajan por la igualdad de mujeres y hombres en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

ORGANISMOS
Entidad convocante:
Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer
Órgano convocante:
Dirección de EMAKUNDE
Entidad resolutora:
Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer
Órgano resolutor:
Dirección de EMAKUNDE
Contacto presencial:

Las solicitudes se presentarán en la sede de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, C/ Manuel Iradier, 36, (01005) Vitoria-Gasteiz, conforme los modelos que se incluyen como anexos en esta Resolución y junto con la documentación exigida en el artículo siguiente, bien directamente, bien por cualquier procedimiento previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

         Las solicitudes, junto con la documentación necesaria que se acompañe, podrán presentarse en cualquiera de los dos idiomas oficiales de la CAPV. Así mismo, en las actuaciones derivadas de la solicitud, y durante todo el procedimiento, se utilizará el idioma elegido por la entidad, tal y como se establece en los artículos 5.2.a y 6.1 de la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera.

 

Contacto telefónico:

945 016 700

TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:

Emakunde

C/ Manuel Iradier, 36

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Emakunde

C/ Manuel Iradier, 36

La regulación de las subvenciones a conceder por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer a federaciones y asociaciones mixtas y/o de hombres sin ánimo de lucro

La regulación de las subvenciones a conceder por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer a federaciones y asociaciones mixtas y/o de hombres sin ánimo de lucro que trabajen en la promoción de la igualdad de mujeres y hombres para la realización en el ejercicio de 2011 de proyectos concretos relacionados con los fines y objetivos del Instituto en los términos señalados en los artículos siguientes y dentro de los límites que determinan los créditos consignados en el Capítulo IV de su Presupuesto.

DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

         1.- Podrán solicitar las subvenciones reguladas por la presente Resolución, siempre que la actividad se desarrolle en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco y tengan su domicilio social en dicha Comunidad, las asociaciones y federaciones mixtas y las asociaciones de hombres que sin ánimo de lucro trabajen en la promoción de la igualdad de mujeres y hombres y estén incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de asociaciones de Euskadi.

         2.- No podrán tener la consideración de entidades beneficiarias las asociaciones y federaciones compuestas exclusivamente por mujeres, ni tampoco las asociaciones y federaciones de fines particulares, de acuerdo con la clasificación establecida en el artículo 5 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi.

         3.- El pago de las subvenciones quedará condicionado a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

PRESTACIÓN
Límite:

La cuantía de la subvención no podrá exceder de 3.000 euros por actividad, pudiéndose financiar hasta el 100% del presupuesto que resulte aprobado. No podrán subvencionarse más de dos actividades por entidad beneficiaria.

Forma de pago:

El pago de la subvención será fraccionado, abonándose el setenta y cinco por ciento de la misma transcurrido el plazo indicado en el artículo 13.a) sin haber mediado renuncia, y el resto, el veinticinco por ciento, una vez justificados todos los gastos generados por las actividades subvencionadas, mediante la presentación, hasta el 23 de enero de 2012 inclusive, de la documentación siguiente:

         - Memoria justificativa de la aplicación dada a los fondos públicos percibidos. En dicha memoria se describirán, según modelo del Anexo VIII, las actividades realizadas, los resultados y objetivos conseguidos y la valoración de la metodología empleada, así como, el balance económico, por cada actividad subvencionada.

         - Producto resultante de la actividad subvencionada, en su caso.

         - Facturas u otros justificantes de pago que acrediten la efectiva realización del gasto subvencionado, o fotocopias compulsadas por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, en cuyo caso Emakunde sellará las facturas originales, devolviendo las mismas a la entidad interesada, con el detalle suficiente para acreditar la correcta aplicación de los fondos. La fecha del gasto de las facturas o documentos al efecto no podrá exceder del 31 de diciembre de 2011.

         - Justificantes de sueldos y salarios cuando las personas receptoras de los mismos se dediquen exclusivamente al desarrollo del proyecto subvencionado.

         - Justificantes de aquellos gastos corrientes de funcionamiento que aparezcan recogidos en el presupuesto desglosado y detallado de la actividad que presente la entidad solicitante y que estén vinculados de manera indudable al desarrollo de la misma.

         - Documentos justificativos de que se ha hecho constar en cuanta publicidad se efectúe de las actividades subvencionadas la colaboración de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer y la asunción de los contenidos de aquéllas por parte de la asociación o federación.

         - Certificado actualizado, emitido con no más de tres meses de antelación a la fecha de la entrega de la documentación incluida en el presente artículo, que acredite estar al corriente de sus obligaciones tributarias, expedido por la Hacienda Foral correspondiente, en aquellas subvenciones cuya cuantía supere los 3.000 euros por entidad perceptora.

      En los casos en los que el coste total definitivo del proyecto sufra una minoración respecto de aquél que se tomó en consideración para calcular la subvención, o cuando la cantidad justificada mediante documentos acreditativos del gasto (facturas, recibos etc.) fuese inferior a la de la ayuda concedida, se efectuará la correspondiente y proporcional disminución en el montante de la subvención. 

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Solicitud
Solicitud:
Impreso de solicitud
Presencial
Formularios:
Solicitud (Solicitud)

Impresos de solicitud en formato pdf

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Aportación de Documentación
Aportación de Documentación:
El/La interesado/a deberá de presentar, para la aportación de documentos requeridos por la administración o que el/la propio/a interesado/a estime conveniente aportar el siguiente formulario indicando los documentos que adjunta.
Presencial
Formularios:
Aportación de Documentación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Ampliación de Plazo
Ampliación de Plazo:
Cuando la solicitud de iniciación no reúna los requisitos exigidos en la normativa específica de convocatoria requerirá al/a interesado/a para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El/La interesado/a, siempre y cuando no sea un procedimiento de concurrencia competitiva, puede solicitar la ampliación del plazo para la subsanación o la aportación de los documentos requeridos presentando el siguiente formulario cumplimentado. Este plazo puede ser ampliado en cinco días siempre y cuando la aportación de los documentos presente dificultades especiales.
Presencial
Formularios:
Ampliación de Plazo (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la ampliación de plazo de subsanación.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Aceptación de la Ayuda
Aceptación de la Ayuda:
Si el/la interesado/a está conforme con la ayuda concedida puede aceptarla cumplimentando el formulario que se le facilita. En este caso, la Administración continuará, una vez recepcionada la aceptación, con los trámites necesarios para el pago de la ayuda.
Presencial
Formularios:
Aceptación de la Ayuda (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez pasado dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Reposición
Recurso Reposición:
El recurso se interpondrá ante el mismo órgano que haya dictado el acto recurrido. Se interpondrá contra actos que pongan fin a la vía administrativa.
Presencial
Formularios:
Recurso Reposición (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso potestativo de reposición.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
29/07/2011 - 09/09/2011
Fecha límite de presentación:

9 de septiembre de 2011

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será hasta el 30 de noviembre de 2011. Si transcurrido este plazo no hubiera sido notificada a la Entidad interesada Resolución alguna podrá entenderse desestimada la petición de subvención, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
  • Órgano resolutor:  Dirección de EMAKUNDE.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 1 mes.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
  • Órgano resolutor:  Dirección de EMAKUNDE.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 1 mes.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.