Subvenciones, durante el año 2011, a las asociaciones de mujeres

Plazo para justificar, aportando la documentación necesaria, todos los gastos generados por las actividades subvencionadas hasta el 28 de febrero de 2012.

RESUMEN
Título:
Subvenciones, durante el año 2011, a las asociaciones de mujeres
Objeto:

La regulación de las subvenciones a conceder por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer a asociaciones y federaciones de mujeres sin ánimo de lucro y fundaciones cuyo único fin y ámbito de actuación sea el de la promoción de las mujeres, para la realización de proyectos concretos relacionados con los fines y objetivos del Instituto en el ejercicio de 2011 en los términos señalados en los artículos siguientes y dentro de los límites que determinan los créditos consignados en el Capítulo IV de su Presupuesto.

Dotación presupuestaria:

Se cifran inicialmente en trescientos veinte mil (320.000) euros.

Normativa de la convocatoria:
  • Resolución de 28 de enero de 2011 (B.O.P.V. N 43/2011)

    De la directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se regula la concesión de subvenciones, durante el ejercicio 2011, para fomentar el asociacionismo y potenciar la participacion de las mujeres en todos los ámbitos de la comunidad autónoma de Euskadi.

ORGANISMOS
Entidad convocante:
Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer
Órgano convocante:
Dirección de EMAKUNDE
Entidad resolutora:
Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer
Órgano resolutor:
Dirección de EMAKUNDE
Contacto presencial:

Las solicitudes se presentarán en la sede de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, C/ Manuel Iradier, 36, (01005) Vitoria-Gasteiz, o por cualquiera de los medios previstos en la normativa de procedimiento administrativo.

Contacto telefónico:

945 - 016711

TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:

Las solicitudes se presentarán en la sede de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, C/ Manuel Iradier, 36, (01005) Vitoria-Gasteiz, o por cualquiera de los medios previstos en la normativa de procedimiento administrativo.

Volver

Las solicitudes se presentarán en la sede de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, C/ Manuel Iradier, 36, (01005) Vitoria-Gasteiz, o por cualquiera de los medios previstos en la normativa de procedimiento administrativo.

Subvenciones a conceder por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer a las asociaciones de mujeres de la Comunidad Autónoma de Euskadi

1.- En el marco del V Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la CAE/Directrices para la IX Legislatura y en consonancia con los fines del Instituto, los proyectos o actividades a subvencionar, que se desarrollarán entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2011, deberán ir dirigidos a la realización de:

 a) Programas de difusión de los derechos de las mujeres, de la historia del movimiento de mujeres y del pensamiento feminista, así como de generación de referencias y genealogías de las mujeres.

b) Programas de actividades orientados a dinamizar, motivar e impulsar el movimiento asociativo de las mujeres que contribuyan a su empoderamiento y que creen, fomenten y fortalezcan las redes de asociaciones de mujeres que trabajen a favor de la igualdad de mujeres y hombres.

 c) Programas para potenciar, mediante la realización de actividades, la participación de las mujeres en todos los ámbitos de la vida política, económica, social y cultural, fomentando el asociacionismo de éstas, así como la coordinación del movimiento asociativo existente en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

d) Programas de información y sensibilización social sobre la igualdad de mujeres y hombres, así como iniciativas que promuevan una imagen igualitaria, plural y no estereotipada de las mujeres y los hombres en los medios de información y comunicación.

e) Programas que fomenten la corresponsabilidad de los hombres en las tareas y responsabilidades domésticas y de cuidados, y que persigan un reparto más racional e igualitario del tiempo personal, social, familiar y laboral.

 f) Programas formativos en materia de igualdad en los diferentes ámbitos: educación, cultura, deporte, formación-empleo, salud, participación social, etc.

 Los proyectos de manualidades (trabajos manuales, artesanía, cocina, etc.) para ser susceptibles de ser subvencionados deberán ser complementados con otras actividades de sensibilización, información o formación en materia de igualdad de mujeres y hombres.
 
2.- No serán subvencionables los siguientes:

a) Proyectos que constituyan actividades de ocio exclusivamente.

b) Proyectos que tengan como objetivo financiar servicios y otras acciones a ofertar a otras entidades.

c) Proyectos que no incorporen el enfoque de género.

DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

Podrán solicitar las subvenciones reguladas por la presente Resolución, siempre que la actividad se desarrolle en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco y tengan su domicilio social en dicha Comunidad, las asociaciones y federaciones de mujeres sin ánimo de lucro incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de asociaciones de Euskadi, y las fundaciones cuyo único fin y ámbito de actuación sea la promoción de las mujeres y estén incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

Podrán solicitar las subvenciones reguladas por la presente Resolución, siempre que la actividad se desarrolle en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco y tengan su domicilio social en dicha Comunidad, las asociaciones y federaciones de mujeres sin ánimo de lucro incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de asociaciones de Euskadi, y las fundaciones cuyo único fin y ámbito de actuación sea la promoción de las mujeres y estén incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

PRESTACIÓN
Límite:

La concesión de las ayudas se realizará mediante el análisis de las solicitudes presentadas en tiempo y forma, pudiéndose financiar hasta el 100% del presupuesto que resulte aprobado, de conformidad con los criterios establecidos en el artículo 10 y los baremos fijados en el apartado 4 de este precepto (ver resolución), y con un tope máximo por solicitud de 12.000 euros que comprenderá el conjunto de las actividades programadas

Forma de pago:

1.- El pago de la subvención será fraccionado, abonándose el setenta y cinco por ciento de la misma transcurrido el plazo indicado en el artículo 13.a) sin haber mediado renuncia, y el resto, el veinticinco por ciento, una vez justificados todos los gastos generados por las actividades subvencionadas, mediante la presentación, hasta el 28 de febrero de 2012 inclusive, de la documentación siguiente:

– Memoria justificativa de la aplicación dada a los fondos públicos percibidos. En dicha memoria se describirán las actividades realizadas y los objetivos conseguidos, de acuerdo con el calendario previsto en el proyecto (Anexo IV).

– Producto resultante de la actividad subvencionada, en su caso.

– Balance económico, por cada actividad subvencionada, según modelo adjuntado al Anexo IV.

– Facturas u otros justificantes de pago que acrediten la efectiva realización del gasto subvencionado, o fotocopias compulsadas por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, en cuyo caso Emakunde sellará las facturas originales, devolviendo las mismas a la entidad interesada, con el detalle suficiente para acreditar la correcta aplicación de los fondos. La fecha del gasto de las facturas o documentos al efecto, no podrá exceder del 31 de diciembre de 2011.

– Justificantes de sueldos y salarios cuando las personas receptoras de los mismos se dediquen exclusivamente al desarrollo del proyecto subvencionado.

– Justificantes de aquellos gastos corrientes de funcionamiento que aparezcan recogidos en el presupuesto desglosado y detallado de la actividad que presente la entidad solicitante y que estén vinculados de manera indudable al desarrollo de la misma.

– Documentos justificativos de que se ha hecho constar en cuanta publicidad se efectúe de las actividades subvencionadas, la colaboración de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer y la asunción de los contenidos de aquéllas por parte de la asociación, federación o fundación.

– Certificado actualizado, emitido con no más de tres meses de antelación a la fecha de la entrega de la documentación incluida en el presente artículo, que acredite estar al corriente de sus obligaciones tributarias, expedido por la Hacienda Foral correspondiente, en aquellas subvenciones cuya cuantía supere los 3.000 euros por entidad perceptora.

2.- En los casos en los que el coste total definitivo del proyecto sufra una minoración respecto de aquél que se tomó en consideración para calcular la subvención, o cuando la cantidad justificada mediante documentos acreditativos del gasto (facturas, recibos etc.) fuese inferior a la de la ayuda concedida, se efectuará la correspondiente y proporcional disminución en el montante de la subvención.

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Solicitud
Solicitud:
Solicitud de la subvención
Presencial
Formularios:
Solicitud (anexo I) (Solicitud)

Impreso de solicitud de la subvención (pdf rellenable 87 Kb). Datos relativos a la entidad solicitante.

Documentación:
  • b) Fotocopia de los estatutos o escritura fundacional

    Fotocopia de los estatutos o escritura fundacional en el caso que no se hayan remitido en años anteriores o, aun habiéndose enviado anteriormente, cuando se hayan modificado.

  • c) Fotocopia del Libro de Socias

    Fotocopia del libro de socias o, en su caso, presentación directa de éste

  • d) Fotocopia del DNI

    Fotocopia del DNI de la persona física, representante legal de la Entidad solicitante.

  • e) Programa de actividades

    Programa de actividades a realizar antes del 31 de diciembre de 2011. Por cada una de las actividades por las que se solicite la subvención será necesario cumplimentar, en su totalidad, el ANEXO II.

  • f) Declaración jurada (anexo VI)

    Declaración jurada de varias circunstancias.

  • g) Certificado de la Hacienda Foral

    Certificado actualizado de la Hacienda Foral correspondiente, emitido con no más de tres meses de antelación a la fecha de la solicitud, que acredite estar al corriente de sus obligaciones tributarias. Se entenderá en situación regular de pagos la asociación, federación o fundación que hubiere obtenido un aplazamiento y lo acredite documentalmente respecto a la deuda aplazada.

  • h) Certificado de la Seguriad Social

    Certificado de la Seguridad Social de estar al corriente del pago de las cuotas empresariales en caso de tener personal contratado para la realización del proyecto.

  • i) Otra documentación

     Cualquier otra documentación que se estime oportuna a fin de volorar adecuadamente los criterios recogidos en el artículo 10.1, como pudiera ser el curriculum acreditativo de la formación teórica en enfoque de género (modelo en Anexo VII) y perfil profesional del equipo técnico o de las personas físicas o jurídicas a las que se vaya a contratar para la realización de las actividades, en su caso.

  • Certificación registro asociaciones

    Certificación de la inscripción en el Registro de Asociaciones o Fundaciones, según corresponda.

  • Fotocopia de la Tarjeta de Identificación fiscal

    Fotocopia de la Tarjeta de Identificacion Fiscal.

  • Impreso de "Alta de Datos" (pdf rellenable 147 Kb)

    Impreso de "Alta de Datos / Tercera Parte Interesada" (Anexo V). Con el fin de registrar los datos bancarios de la asociación y proceder al ingreso de la subvención que procediese.

  • Certificación exención IVA

    Certificado que acredite que la entidad solicitante está exenta del IVA, expedido por la Hacienda Foral correspondiente.

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Específicos de la Subvención
Los trámites específicos son los que, dependiendo del tipo de procedimiento de ayuda de que se trate, la persona interesada tiene que realizar a lo largo de la vida de su expediente cuando la administración se lo solicita.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
Justificación
Justificación:
Justificación de la subvención recibida
Presencial
Formularios:
Anexo IV - Memoria justificativa (Doc. Ayuda)

1.- El pago de la subvención será fraccionado, abonándose el setenta y cinco por ciento de la misma transcurrido el plazo indicado en el artículo 13.a) sin haber mediado renuncia, y el resto, el veinticinco por ciento, una vez justificados todos los gastos generados por las actividades subvencionadas, mediante la presentación, hasta el 28 de febrero de 2012 inclusive, de la documentación siguiente:

– Memoria justificativa de la aplicación dada a los fondos públicos percibidos. En dicha memoria se describirán las actividades realizadas y los objetivos conseguidos, de acuerdo con el calendario previsto en el proyecto (Anexo IV).

– Producto resultante de la actividad subvencionada, en su caso.

– Balance económico, por cada actividad subvencionada, según modelo adjuntado al Anexo IV.

– Facturas u otros justificantes de pago que acrediten la efectiva realización del gasto subvencionado, o fotocopias compulsadas por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, en cuyo caso Emakunde sellará las facturas originales, devolviendo las mismas a la entidad interesada, con el detalle suficiente para acreditar la correcta aplicación de los fondos. La fecha del gasto de las facturas o documentos al efecto, no podrá exceder del 31 de diciembre de 2011.

– Justificantes de sueldos y salarios cuando las personas receptoras de los mismos se dediquen exclusivamente al desarrollo del proyecto subvencionado.

– Justificantes de aquellos gastos corrientes de funcionamiento que aparezcan recogidos en el presupuesto desglosado y detallado de la actividad que presente la entidad solicitante y que estén vinculados de manera indudable al desarrollo de la misma.

– Documentos justificativos de que se ha hecho constar en cuanta publicidad se efectúe de las actividades subvencionadas, la colaboración de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer y la asunción de los contenidos de aquéllas por parte de la asociación, federación o fundación.

– Certificado actualizado, emitido con no más de tres meses de antelación a la fecha de la entrega de la documentación incluida en el presente artículo, que acredite estar al corriente de sus obligaciones tributarias, expedido por la Hacienda Foral correspondiente, en aquellas subvenciones cuya cuantía supere los 3.000 euros por entidad perceptora.

2.- En los casos en los que el coste total definitivo del proyecto sufra una minoración respecto de aquél que se tomó en consideración para calcular la subvención, o cuando la cantidad justificada mediante documentos acreditativos del gasto (facturas, recibos etc.) fuese inferior a la de la ayuda concedida, se efectuará la correspondiente y proporcional disminución en el montante de la subvención.

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Aceptación de la Ayuda
Aceptación de la Ayuda:
Si el/la interesado/a está conforme con la ayuda concedida puede aceptarla cumplimentando el formulario que se le facilita. En este caso, la Administración continuará, una vez recepcionada la aceptación, con los trámites necesarios para el pago de la ayuda.
Presencial
Formularios:
Aceptación de la Ayuda (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez pasado dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Reposición
Recurso Reposición:
El recurso se interpondrá ante el mismo órgano que haya dictado el acto recurrido. Se interpondrá contra actos que pongan fin a la vía administrativa.
Presencial
Formularios:
Recurso Reposición (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso potestativo de reposición.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
04/03/2011 - 04/04/2011
Fecha límite de presentación:

4 de abril de 2010.

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
  • Órgano resolutor:  Dirección de EMAKUNDE.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 1 mes.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
  • Órgano resolutor:  Dirección de EMAKUNDE.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 1 mes.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.