Ayudas a la generación de empleo. Donostia-San Sebastián 2014

RESUMEN
Título:
Ayudas a la generación de empleo. Donostia-San Sebastián 2014
Objeto:
Convocatoria de concesión de ayudas que la Sociedad Pública Municipal Fomento de San Sebastián, cofinanciadas por Lanbide –Servicio Vasco de Empleo, podrá otorgar a las pequeñas empresas o entidades sin ánimo de lucro, que tengan centros de trabajo en San Sebastián y contraten a personas desempleadas de la ciudad.
Dotación presupuestaria:
290.759,91 €
Normativa de la convocatoria:
  • Cierre de convocatoria (BOG N 131/2014)
    Cierre de convocatoria de ayudas dirigidas a promover la generación de empleo en el término municipal de San Sebastián en el año 2014, enmarcadas en la convocatoria de Lanbide -SVE de ayudas para acciones locales de promoción de empleo (resolución de 17 de octubre 2013).
Normativa reguladora:
  • Modificación de bases de ayudas (BOG N 117/2014)
    Bases reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a promover la generación de empleo en el término municipal de San Sebastián en el año 2014. Modificación de bases de ayudas
  • Anuncio de publicación (BOG N 93/2014)
    Anuncio de publicación de las bases reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a promover la generación de empleo en el término municipal de San Sebastián en el año 2014, enmarcadas en la convocatoria de Lanbide -SVE de ayudas para acciones locales de promoción de empleo (resolución de 17 de octubre 2013).
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Fomento de San Sebastián
Órgano convocante:
Fomento de San Sebastián
Entidad resolutora:
Organismos, Entes y Sociedades Públicas
Contacto presencial:
Servicios Centrales de Información de Fomento de San Sebastián, Palacio Goikoa, Calle Ijentea nº 6 – Bajo derecha, Donostia-San Sebastián Oficina de información en el barrio de Altza, Paseo de Larratxo, 55.
Contacto telefónico:
Telefono: 943.482.800.
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Servicios Centrales de Información de Fomento de San Sebastián, Palacio Goikoa, Calle Ijentea nº 6 – Bajo derecha, Donostia-San Sebastián Oficina de información en el barrio de Altza, Paseo de Larratxo, 55.
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Ayudas a la generación de empleo. Donostia-San Sebastián 2014
Convocatoria de concesión de ayudas que la Sociedad Pública Municipal Fomento de San Sebastián, cofinanciadas por Lanbide –Servicio Vasco de Empleo, podrá otorgar a las pequeñas empresas o entidades sin ánimo de lucro, que tengan centros de trabajo en San Sebastián y contraten a personas desempleadas de la ciudad.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas a la contratación las siguientes empresas o entidades que tengan un centro de trabajo en San Sebastián: 1. Pequeñas empresas, entendiendo como tales aquellas que el promedio de su plantilla no alcance las 50 personas empleadas, que su volumen de operaciones o su activo no supere 10 millones de euros y que no estén vinculadas o participadas en el 25% por empresas o instituciones que no cumplan cualquiera de los dos requisitos anteriores. Para el cálculo del promedio de plantilla a este efecto se considerarán los trabajadores por año a jornada completa. En el caso de trabajadores con jornada parcial su cómputo será proporcional a las horas trabajadas. 2. Profesionales o autónomos. 3. Entidades sin ánimo de lucro 4. Empresas de inserción y centros de empleo cuyo objeto social sea la inserción sociolaboral de personas en situación o en riesgo de exclusión.
1. No ser dependientes ni estar societariamente vinculadas o participadas en un 25% o más a administraciones, entes u organismos públicos ni a empresas incluidas en el artículo anterior. 2. Que acrediten estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. 3. Cumplir con la normativa vigente en materia laboral y de Seguridad Social. 4. Que no hayan sido excluidas del acceso a subvenciones públicas por la comisión de infracciones. 5. Que no tengan deudas con el Ayuntamiento de San Sebastián o Fomento San Sebastián. 6. La contratación o contrataciones deberán suponer la creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 3 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas contratadas. Para dicho cálculo se tendrá en cuenta que la plantilla media de trabajadores de alta el día de la contratación para la que se pide subvención sea superior a la plantilla media de trabajadores en situación de alta los tres meses anteriores al día de la contratación. Para poder verificar este hecho se deberán entregar dos “Informes de plantilla media de trabajadores en situación de alta” emitidos por la Seguridad Social; uno correspondiente a los tres meses inmediatamente anteriores al día del contrato y otro del mismo día de la contratación para la que se pide subvención.
PRESTACIÓN
Dotación:
290.759,91 €
Límite:
1) Ayuda máxima de 3.000 € por cada contrato de trabajo a jornada completa de 3 meses de duración y Ayuda máxima de 6.000 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa de duración igual o superior a seis meses. En el caso de contratación a tiempo parcial o por una duración entre tres y seis meses, la subvención será proporcional a la jornada y/o al tiempo trabajado. La cuantía final de la ayuda no podrá superar el 75% de los costes salariales y de seguridad social de las personas contratadas. 2) En el supuesto de contratación de personas pertenecientes a los colectivos de perceptores de Renta de Garantía de Ingresos (RGI), personas menores de 35 años que accedan a su primer empleo y personas que hayan estado inscritas en Lanbide al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación, el importe máximo de la ayuda será de 9.000 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa de duración igual o superior a seis meses. En el caso de contratación a tiempo parcial o por una duración entre tres y seis meses, la subvención será proporcional a la jornada y/o al tiempo trabajado. En este caso, la cuantía final de la ayuda no podrá superar el 100% de los costes salariales yde seguridad social de las personas contratadas. En ningún caso serán subvencionables los costes salariales posteriores al 15 de marzo de 2015 El número máximo de contratos a subvencionar por empresa será de 2 máximo.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • 1. En el momento de solicitud inicial y para que esta sea admitida: a) Anexo I de estas bases cumplimentado completo. b) Copia del CIF de la empresa o entidad beneficiaria. c) Copia de los datos registrales de la constitución de la empresa y de las escrituras de constitución, en caso de entidades con personalidad jurídica propia. En el supuesto de las Sociedad Civiles sin personalidad jurídica propia, se incluirá el contrato privado sellado por Hacienda Foral. d) Declaración jurada de los extremos solicitados en el punto 4 de estas bases, según el modelo Anexo II e) Ficha de alta de datos bancarios de tercero interesado, sellada por la entidad bancaria correspondiente - Anexo III f) Datos de la contratación realizada. - Anexo IV Las entidades que hayan participado en otros programas de ayudas de Fomento de San Sebastián a lo largo del año 2013, pueden indicar dicha circunstancia y no volver a presentar la documentación relativa a los puntos (b, c y e) g) Copia del contrato de trabajo donde conste duración y jornada laboral. h) Copia de DNI / NIE de la persona sujeto del contrato. i) Documento que acredite la inscripción en Lanbide de la persona contratada emitida por un Servicio Público de Empleo. (DARDE), la persona debe estar dada de alta el día de la contratación para la que se pide subvención. j) Vida Laboral del trabajador/a emitido por la Seguridad Social que incluya los 12 meses anteriores a la contratación y que sea emitida con fecha posterior al inicio del contrato para el que se pide subvención. k) Certificado de empadronamiento emitido por el Ayuntamiento de San Sebastián de la persona sujeto del contrato o autorización a Fomento de San Sebastián para solicitarlo (Anexo IV). l) Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta emitida por la Seguridad Social de los tres meses anteriores al día de la contratación. m) Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta emitida por la Seguridad Social del día de la contratación n) En caso de que la contratación sea realizada a personas de colectivos (Renta de Garantía de Ingresos, menores de 35 años que accedan a su primer empleo y personas que hayan estado inscritas en Lanbide-SVE al menos 12 meses en los 18 anteriores a la contratación ) deberá presentar documento suficiente que certifique dicha situación. 2. En el momento de justificación final de la contratación realizada y solicitud del pago de la ayuda: o) Anexo VI de justificación final. p) Certificado de vida laboral de la persona sujeto del contrato que demuestre la permanencia en la empresa por el periodo para el que se solicita la ayuda . q) Nominas y pagos de nóminas. r) TC1 y TC2 y sus justificantes de pago s) Certificado actualizado de hallarse la entidad beneficiaria al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. t) Certificado actualizado de la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones u) Certificado actualizado de no tener deudas contraídas con el Ayuntamiento de San Sebastián o autorización expresa para solicitar dicha información.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
21/05/2014 - 11/07/2014
Fecha límite de presentación:
Plazo inicial hasta 15/10/2014. Cierre anticipado por agotamiento de fondos
Plazo de resolución:
El plazo de resolución máximo de las ayudas se realizará en un mes a partir de la fecha de fin de presentación de solicitudes.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.