Ayudas con cargo al Fondo para la Cooperación Aquitania-Euskadi 2011

Impulsar la acción de los agentes sociales y económicos vascos en la realización de proyectos comunes con personas participantes de la región de Aquitania.
600.000 euros
- RESOLUCIÓN de 13 de abril de 2011, (BOPV N 80/2011)
del Secretario General de Acción Exterior, por la que se convocan ayudas con cargo al Fondo Común de Cooperación Aquitania-Euskadi, para el ejercicio 2011
- DECRETO 51/2008, de 18 de marzo (BOPV N 60/2008)
del Fondo Común de Cooperación Aquitania-Euskadi
Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza
Secretaría General de Acción Exterior
Secretaria General de Acción Exterior
Lehendakaritza / Presidencia del Gobierno Vasco
C/ Navarra, 2
01007 VITORIA-GASTEIZ
- Macarena Larrea
- Rafael Hueso
Secretaría General de Acción Exterior
Gobierno Vasco - Presidencia
C/ Navarra, 2 - 01007 VITORIA-GASTEIZ
Tel.: 945 01 81 44
Fax: 945 01 81 58
E-mail: exteriores3@ej-gv.es
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Impulsar la acción de los agentes sociales y económicos vascos en la realización de proyectos comunes con personas participantes de la región de Aquitania.
Personas físicas o jurídicas, tanto privadas como públicas, que tengan vecindad administrativa o domicilio social en la Comunidad Autónoma del País Vasco con anterioridad al 1 de enero de 2011.
1.– Los proyectos deberán tener carácter bilateral reuniendo uno o varios solicitantes de la Comunidad Autónoma de Euskadi y uno o varios cooperantes de la Región de Aquitania.
2.– Los proyectos deberán iniciarse entre el 1 de enero del año de la convocatoria a la que se presentan y los dos meses siguientes a la publicación de la concesión de la ayuda.
3.– La finalización de las acciones objeto de ayuda deberá producirse antes del 31 de diciembre del año siguiente al de la concesión, sin perjuicio de que el proyecto continúe su desarrollo con posterioridad a esa fecha.
1.– Se convocan ayudas con cargo al Fondo Común de Cooperación Aquitana-Euskadi para el ejercicio 2011, por un importe global de seiscientos mil euros, 600.000 € (150.000 € en el ejercicio 2011 y 450.000 € de compromiso en 2012) con arreglo a la regulación aprobada por el Decreto 51/2008 de 18 de marzo, del Fondo Común de Cooperación Aquitania -Euskadi y a las Bases que se aprueban y figuran en el Anexo único.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
- Documentación a aportar
- Modelo de solicitud (según la base quinta de la convocatoria)
- Memoria Descriptiva y Programa de Desarrollo del Proyecto
- Fotocopia del DNI, si es persona física; y el documento de constitución y el de identificación fiscal, si es persona jurídica
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, o en su defecto, documento acreditativo de la exención
- Estatutos (en caso de ser persona jurídica)
- Presupuesto desglosado (según modelo contenido en el Anexo)
- Documentación acreditativa del poder de representación (en caso de ser persona jurídica)
- Declaración por parte del solicitante de la existencia o no de cualquier otra ayuda de minimis en los dos años anteriores y en el ejercicio en curso (en caso de ser empresa)
- Declaración jurada o responsable de que la persona solicitante no se encuentra sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halla incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
30 de mayo de 2011
El plazo máximo para resolver y notificar las subvenciones será de seis meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución anual de convocatoria.
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Gobierno Vasco; Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza; Secretaría General de Acción Exterior.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Gobierno Vasco; Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza; Secretaría General de Acción Exterior.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.