Ayudas para alquiler y rehabilitación de establecimientos comerciales y empresas. Donostia-San Sebastián. 2013
RESUMEN
Título:
Ayudas para alquiler y rehabilitación de establecimientos comerciales y empresas. Donostia-San Sebastián. 2013
Objeto:
Es objeto de las presentes bases fomentar la actividad económica- comercial, apoyando la creación de nuevas empresas y comercios que se ubiquen en locales comerciales vacíos en el término municipal de Donostia-San Sebastián. Las ayudas irán dirigidas a financiar los gastos de alquiler de los locales comerciales, conforme a los objetivos que se indican a continuación:
a) En Altza, Intxaurrondo, Egia, Bidebieta, Loiola y Martutene:
a.1) El fomento de la actividad comercial apoyando la creación de nuevas empresas y comercios que se ubiquen en locales vacíos, cualquiera que sea el sector de actividad comercial y siempre que complemente la oferta comercial existente y presten servicios asistenciales y de apoyo a las personas.
a.2) Ampliación de comercios de proximidad existentes, que sean una diversificación de su oferta actual y que introducen nuevos servicios asistenciales a los residentes del barrio.
b) En, Centro, Parte Vieja y Gros: el fomento de la actividad comercial apoyando la creación de nuevos comercios que se ubiquen en locales vacíos en los barrios de Centro, Parte Vieja y Gros,
que aporten valor añadido a los barrios objeto de ayuda:
b.1) En el Centro y Parte Vieja. El programa va dirigido a favorecer la constitución de nuevos comercios innovadores, tecnológica y/o comercialmente, cuya actividad sea la moda y el ocio así como nuevos diseñadores interesados en abrir un establecimiento para mejorar los canales de distribución de sus artículos.
b.2.) En Gros, animar el llenado de nueva actividad comercial innovadora, tecnológica y/o
comercial, orientada al deporte y servicios deportivos especializados.
c) La ubicación en nuevos locales comerciales de establecimientos comerciales donostiarras que, como consecuencia de la aplicación de la Disposición Transitoria 3ª de la Ley de Arrendamientos urbanos de 1994, hayan tenido que trasladar su actividad comercial a otro local dentro del término municipal de San Sebastián.
Dotación presupuestaria:
260.000
Normativa reguladora:
- Anuncio (BOG N 113/2013)
Anuncio de publicación de las bases reguladoras del procedimiento que regula la concesión de ayudas para alquiler y rehabilitación de establecimientos comerciales y empresas en el término municipal de San Sebastián en el año 2013, cofinanciada por el departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco, por la que se regulan el programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de cooperación, dinamización y competitividad comercial urbana.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Fomento de San Sebastián
Órgano convocante:
Fomento de San Sebastián
Entidad resolutora:
Organismos, Entes y Sociedades Públicas
Contacto presencial:
C/Ijentea, 6 Palacio Goikoa 20003 San Sebastián-Donostia
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
C/Ijentea, 6 Palacio Goikoa 20003 San Sebastián-Donostia
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C/Ijentea, 6 Palacio Goikoa • 20003 San Sebastián-Donostia
Ayudas para alquiler y rehabilitación de establecimientos comerciales y empresas. Donostia-San Sebastián. 2013
Lugares de Presentación
Lugares de Presentación
Es objeto de las presentes bases fomentar la actividad económica- comercial, apoyando la creación de nuevas empresas y comercios que se ubiquen en locales comerciales vacíos en el término municipal de Donostia-San Sebastián. Las ayudas irán dirigidas a financiar los gastos de alquiler de los locales comerciales, conforme a los objetivos que se indican a continuación:
a) En Altza, Intxaurrondo, Egia, Bidebieta, Loiola y Martutene:
a.1) El fomento de la actividad comercial apoyando la creación de nuevas empresas y comercios que se ubiquen en locales vacíos, cualquiera que sea el sector de actividad comercial y siempre que complemente la oferta comercial existente y presten servicios asistenciales y de apoyo a las personas.
a.2) Ampliación de comercios de proximidad existentes, que sean una diversificación de su oferta actual y que introducen nuevos servicios asistenciales a los residentes del barrio.
b) En, Centro, Parte Vieja y Gros: el fomento de la actividad comercial apoyando la creación de nuevos comercios que se ubiquen en locales vacíos en los barrios de Centro, Parte Vieja y Gros,
que aporten valor añadido a los barrios objeto de ayuda:
b.1) En el Centro y Parte Vieja. El programa va dirigido a favorecer la constitución de nuevos comercios innovadores, tecnológica y/o comercialmente, cuya actividad sea la moda y el ocio así como nuevos diseñadores interesados en abrir un establecimiento para mejorar los canales de distribución de sus artículos.
b.2.) En Gros, animar el llenado de nueva actividad comercial innovadora, tecnológica y/o
comercial, orientada al deporte y servicios deportivos especializados.
c) La ubicación en nuevos locales comerciales de establecimientos comerciales donostiarras que, como consecuencia de la aplicación de la Disposición Transitoria 3ª de la Ley de Arrendamientos urbanos de 1994, hayan tenido que trasladar su actividad comercial a otro local dentro del término municipal de San Sebastián.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Las entidades beneficiarias deberán justificar:
a) Que hayan dado de alta un establecimiento en San Sebastián entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2014)
b) Que cumplen alguno de los criterios siguientes:
5.1. Siguiendo el objetivo del Art. 1º apartado a1.)Nuevos establecimientos comerciales de proximidad y servicios asistenciales ubicados en los barrios de Altza, Intxaurrondo, Bidebieta, Egia, Loiola y Martutene.
5.2. Siguiendo el objetivo del Art. 1º apartado a.2) Ampliación de comercios de proximidad existentes, que sean una diversificación de su oferta actual y que introducen nuevos servicios asistenciales a los residentes del barrio.
Se entiende por comercio de proximidad el que presta servicios de primera necesidad en el barrio (alimentación, equipamiento y servicios personales, ocio y cultura, equipamiento del hogar).
5.3. Siguiendo el objetivo del Art. 1º apartado b.1): Nuevos establecimientos comerciales de moda y ocio ubicados en Centro y Parte Vieja que incorporen valor tecnológico y/o comercial; así como nuevos diseñadores interesados en abrir un establecimiento para mejorar los canales de distribución de sus artículos.
5.4. Siguiendo el objetivo del Art. 1º apartado b.2): Nuevos establecimientos comerciales ubicados en el barrio de Gros orientados al sector deportivo, que complementen la oferta existente en la zona con nuevos productos, marcas y servicios.
5.5. Siguiendo el objetivo del Art. 1º apartado c): Establecimientos comerciales que hayan tenido que trasladar su actividad comercial a otro local comercial en el término municipal de Donostia/San Sebastián a consecuencia de la aplicación de la Disposición Transitoria 3ª de la Ley de Arrendamientos urbanos de 1994.
Las entidades beneficiarias deberán justificar:
a) Su condición de pequeña empresa, entendiendo como tal:
- Que lleve a cabo una explotación económica.
- Que ocupe a menos de 50 personas.
Para el cálculo del promedio de plantilla se considerarán los trabajadores y las trabajadoras por año a jornada completa. En el caso de personas trabajadoras con jornada parcial su cómputo será proporcional a las horas trabajadas.
- Que su volumen de operaciones anual, tal y como se define en el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, o su balance general anual no supere los 10 millones de euros.
- No estar vinculadas o asociadas a empresas que no reúnan cualquiera de los requisitos anteriormente expuestos o vinculadas a estas en los términos recogidos en el Anexo I del Reglamento (CE) Nº 800/2008, es decir, no tengan influencia dominante sobre la misma o estén participadas directa o indirectamente en un 25 por 100 o más por ellas, con las excepciones recogidas en el artículo 3, apartado 2 del referido Anexo.
b) Que la actividad comercial objeto de ayuda se desarrolle en locales vacíos previamente a la apertura del establecimiento comercial.
c) Que la actividad a desarrollar sea comercial y de servicios en general y que atienda a los requisitos establecidos en el art. 5. Excepcionalmente en los barrios de Centro, Parte Vieja, Gros la actividad económica a desarrollar pertenecerá exclusivamente a la División 64 y 65 del Impuesto de Actividades Económicas.
d) Que la apertura del establecimiento no suponga el traslado o cierre de una actividad preexistente, salvo lo dispuesto en el art. 5.5 y previa justificación documental.
e) Que no exista vinculación patrimonial, societaria ni familiar hasta el segundo grado, entre el arrendador y el arrendatario.
f) Que acredite estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
g) Que no esté excluida del acceso a subvenciones públicas por la comisión de infracciones.
h) Que no tenga contraídas deudas con el Ayuntamiento de San Sebastián.
i) Quedan excluidas de la condición de entidad beneficiaria las Entidades y sociedades vinculadas, dependientes o participadas, conjunta o individualmente, por organismos públicos en más de un 25%, con las excepciones recogidas en el artículo 3, apartado 2 del Anexo antes referido, así como las Fundaciones y las Asociaciones sin ánimo de lucro, salvo aquéllas que tengan reconocida la calificación de empresa de inserción por parte del Gobierno Vasco y se hallen inscritas en su “Registro de empresas de inserción”.
PRESTACIÓN
Dotación:
260.000
Límite:
La ayuda económica ira dirigida a bonificar el alquiler del establecimiento comercial, durante el primer año de contrato de arrendamiento. La ayuda podrá ser de hasta 3.000 por solicitud.
Para la base de cálculo se tomará como referencia un precio máximo de 6 euros/metro cuadrado y el importe de la renta anual del local comercial en donde se ubique el proyecto, no pudiendo superar la ayuda, el 60% de la renta del local objeto de subvención.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
- Las solicitudes de ayuda se presentarán en modelo normalizado junto con los siguientes documentos: a) Hoja de solicitud firmada por la persona representante del comercio, que incluye: • Autorización a la persona que presenta la solicitud de ayuda para actuar en nombre del comercio a efecto de comunicaciones. • Declaración jurada de las ayudas solicitadas o percibidas de otras instituciones publicas y/o privadas; de no estar excluido del acceso a subvenciones públicas por la comisión de infracciones y de su condición de pequeña empresa conforme a lo establecido en el art. 15 de estas Bases. • Declaración jurada de que no existe vinculación patrimonial, societaria o familiar con el arrendador. b) Memoria descriptiva del proyecto comercial conforme al modelo que se adjunta con estas bases. c) Copia del contrato de arrendamiento del establecimiento. d) Copia del DNI/NIE de cada uno de los socios o socias y copia de la tarjeta de Identificación fiscal de la empresa. e) Datos registrales de constitución de la empresa y copia de los estatutos y actas de constitución en caso de entidades con personalidad jurídica propia. En el caso de sociedades civiles sin personalidad jurídica propia, se incluirá el contrato privado sellado por hacienda foral. f) Copia del poder notarial del representante legal que solicita la ayuda. g) Copia del Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, (modelo 840 Hacienda foral). h) Certificado actualizado de los periodos de altas y bajas en el Impuesto de actividades Económicas (Hacienda Foral) de cada uno de los socio/as de la empresa comercial solicitante de la ayuda. i) Certificado actualizado del Ayuntamiento de San Sebastián de encontrarse al corriente en las obligaciones tributarias. En este caso, Fomento de San Sebastián solicitará a la entidad solicitante autorización expresa para disponer de tal información ante el Ayuntamiento de San Sebastián. j) Certificados actualizados de la Hacienda Foral y de la Seguridad Social de encontrarse al corriente en las obligaciones contraídas con dichos organismos, de cada uno de los socios o socias y de la empresa solicitante de la ayuda. k) Copia del CIF/NIF de la empresa arrendadora. l) Copia de los títulos de propiedad que acrediten al arrendador la capacidad de alquilar el establecimiento. m) Impreso debidamente sellado y firmado por entidad bancaria donde se indiquen el número de cuenta corriente del beneficiario de la ayuda, (ya sea arrendador o arrendatario) donde realizar el abono de la ayuda, conforme se establece en el Art.6 de estas bases.
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
15/06/2013
-
31/03/2014
Plazo de resolución:
La concesión de las ayudas se realizará por riguroso orden de solicitud a los expedientes completos y que cumplan los requisitos, hasta el agotamiento de los fondos destinados
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: .
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: .
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.