Programa de Ayudas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana 2010

RESUMEN
Título:
Programa de Ayudas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana 2010
Objeto:

Favorecer el desarrollo de estrategias de cooperación y dinamización comercial urbana, encaminadas a la mejora de la competitividad comercial y del posicionamiento de marca de los entornos urbanos donde ejercen su actividad.

Dotación presupuestaria:

Subvenciones no reintegrables de hasta el 80% del coste de ejecución material de las inversiones.

En el caso de las ayudas a los Ayuntamientos, el límite máximo de subvención por convocatoria y municipio será el resultado de multiplicar la subvención por tramo de población, por el coeficiente de densidad comercial del municipio referenciado:

- Municipios entre 1.000 y 1.999 habitantes 30.000,00 euros
- Municipios entre 2.000 y 4.999 habitantes 40.000,00 euros
- Municipios entre 5.000 y 9.999 habitantes 60.000,00 euros
- Municipios entre 10.000 y 14.999 habitantes 90.000,00 euros
- Municipios entre 15.000 y 29.999 habitantes 145.000,00 euros
- Municipios entre 30.000 y 59.999 habitantes 175.000,00 euros
- Municipios entre 60.000 y 99.999 habitantes 230.000,00 euros
- Municipios entre 100.000 y 249.999 habitantes 460.000,00 euros
- Municipios con más de 250.000 habitantes 690.000,00 euros

En el caso de las ayudas a las Asociaciones, el límite máximo de subvención por convocatoria y municipio será el resultado de multiplicar la subvención por tramo comercial, por el coeficiente de densidad comercial del municipio referenciado:

- Municipios con menos de 49 comercios 7.500,00 euros
- Municipios entre 50 y 99 comercios 12.500,00 euros
- Municipios entre 100 y 199 comercios 18.750,00 euros
- Municipios entre 200 y 399 comercios 25.000,00 euros
- Municipios entre 400 y 999 comercios 37.500,00 euros
- Municipios entre 1.000 y 1.999 comercios 62.500,00 euros
- Municipios entre 2.000 y 3.499 comercios 93.750,00 euros
- Municipios con más de 3.500 comercios 125.000,00 euros

Normativa de la convocatoria:
  • RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2010, (BOPV N 162/2010)

    de la Viceconsejera de Comercio y Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana para el ejercicio 2010.

Normativa reguladora:
  • ORDEN de 28 de julio de 2010, (BOPV N 161/2010)

    del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana.

ORGANISMOS
Entidad convocante:
Industria, Innovación, Comercio y Turismo
Órgano convocante:
Dirección de Comercio
Entidad resolutora:
Industria, Innovación, Comercio y Turismo
Órgano resolutor:
Dirección de Comercio
Contacto presencial:

Gobierno Vasco
Dirección de Comercio
Donostia-San Sebastián, 1
01010 VITORIA-GASTEIZ

Gobierno Vasco
Oficina Territorial Industria, Comercio y Turismo de Bizkaia
General Concha, 23
48010 BILBAO

Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Gipuzkoa
Easo, 10
20006 DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN

Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Álava
Samaniego, 2
01009 Vitoria-Gasteiz

Oficinas de Dinamización para el Comercio

Contacto telefónico:

Gobierno Vasco
Dirección de Comercio
Tfno.: 945 01 99 67
E-mail: javier-latorre@ej-gv.es; j-cadarso@ej-gv.es

Gobierno Vasco
Oficina Territorial Industria, Comercio y Turismo de Bizkaia
Tfno.: 94 403 18 44
E-mail: i-lopezperez@ej-gv.es

Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Gipuzkoa
Tfno.: 943 02 25 65 E-mail: t-urkiol@ej-gv.es

Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Álava
Tfno.: 945 01 70 54
E-mail: mj-cubo@ej-gv.es

TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Zuzenean - Atención Ciudadana
  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
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  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Objeto

Favorecer el desarrollo de estrategias de cooperación y dinamización comercial urbana, encaminadas a la mejora de la competitividad comercial y del posicionamiento de marca de los entornos urbanos donde ejercen su actividad.

DESTINATARIOS
Colectivo beneficiario:

a) Municipios de la CAPV con más de 15.000 (anexo I).
b) ) Municipios de la CAPV con menos de 15.000 habitantes y con Casco Histórico, que por el número de establecimientos comerciales situados en el mismo presenten una potencialidad de revitalización comercial. Estos se relacionan en el Anexo II de la Orden.
c) Municipios considerados como centro de referencia económico-comercial para el conjunto de poblaciones de su entorno comarcal. Dichos ayuntamientos se relacionan en el Anexo III de la Orden.
d) Asociaciones de Comerciantes y Mixtas de ámbito zonal, que se hallen inscritas en el Censo de Asociaciones de Comerciantes de la Comunidad Autónoma del País Vasco, regulado por el Decreto 148/1997, de 17 de junio.

Modalidades de ayudas:

1) A los Ayuntamientos:

a. Estudios para la elaboración de Planes de Revitalización Comercial en los municipios recogidos en los anexos de la Orden, o para la actualización de aquellos estudios con antigüedad superior a 7 años.
b. Estudios complementarios a los de revitalización comercial.
c. Estudios para la transformación, reestructuración y modernización integral de mercados municipales minoristas.
d. Inversiones en proyectos de adecuación de infraestructuras urbanísticas cuyo objetivo sea el progreso de la actividad comercial del municipio, y la mejora del entorno donde se desarrolla el comercio.

2) A las Asociaciones:

Proyectos que estén en consonancia con los planteamientos de desarrollo comercial del municipio, consistentes en:

a) Organizar y realizar acciones dirigidas a la dinamización y promoción comercial en la zona, cuyo objetivo sea propiciar la generación de estrategias zonales destinadas a la captación de flujos comerciales.
b) Organizar y fomentar servicios complementarios que faciliten la captación de flujos comerciales en la zona.
c) Desarrollo y contratación de servicios de cooperación, de interés común para el sector.

PRESTACIÓN
Dotación:

Subvenciones no reintegrables de hasta el 80% del coste de ejecución material de las inversiones.

En el caso de las ayudas a los Ayuntamientos, el límite máximo de subvención por convocatoria y municipio será el resultado de multiplicar la subvención por tramo de población, por el coeficiente de densidad comercial del municipio referenciado:

- Municipios entre 1.000 y 1.999 habitantes 30.000,00 euros
- Municipios entre 2.000 y 4.999 habitantes 40.000,00 euros
- Municipios entre 5.000 y 9.999 habitantes 60.000,00 euros
- Municipios entre 10.000 y 14.999 habitantes 90.000,00 euros
- Municipios entre 15.000 y 29.999 habitantes 145.000,00 euros
- Municipios entre 30.000 y 59.999 habitantes 175.000,00 euros
- Municipios entre 60.000 y 99.999 habitantes 230.000,00 euros
- Municipios entre 100.000 y 249.999 habitantes 460.000,00 euros
- Municipios con más de 250.000 habitantes 690.000,00 euros

En el caso de las ayudas a las Asociaciones, el límite máximo de subvención por convocatoria y municipio será el resultado de multiplicar la subvención por tramo comercial, por el coeficiente de densidad comercial del municipio referenciado:

- Municipios con menos de 49 comercios 7.500,00 euros
- Municipios entre 50 y 99 comercios 12.500,00 euros
- Municipios entre 100 y 199 comercios 18.750,00 euros
- Municipios entre 200 y 399 comercios 25.000,00 euros
- Municipios entre 400 y 999 comercios 37.500,00 euros
- Municipios entre 1.000 y 1.999 comercios 62.500,00 euros
- Municipios entre 2.000 y 3.499 comercios 93.750,00 euros
- Municipios con más de 3.500 comercios 125.000,00 euros

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Descripción de los trámites
Descripción de los trámites:
Las Oficinas Territoriales recogerán las solicitudes y la documentación y las remitirán a la sede del Gobierno Vasco para la realización del análisis, evaluación y la propuesta de resolución correspondientes. Resolución de la Directora de Comercio
Presencial
Documentación:
  • Documentación

    Ayuntamientos:

    a) Impreso de solicitud cumplimentado.
    b) Certificación del acuerdo del órgano competente acogiéndose a la ayuda, detallando para cada una de las actuaciones presentadas, coste de la misma e importe de la subvención solicitada.
    c) Memoria explicativa de las actuaciones para las que se solicita la ayuda.
    Esta memoria deberá recoger, al menos, la siguiente información:
    Proyecto de ejecución de cada una de las actuaciones a desarrollar, indicando:
    Objetivos que se pretenden alcanzar.
    Acciones a ejecutar.
    Indicadores que medirán la eficacia de lo realizado.
    Presupuestos detallados, hasta por partidas, en su caso.
    Calendario de ejecución.
    Documentación gráfica de las zonas objeto de las actuaciones.
    d) Copia del acuerdo-marco firmado por el Ayuntamientos y las Asociaciones para el desarrollo comercial del municipio, según recoge el artículo 5 de la Orden.
    e) Certificación del órgano competente acreditativo de que la entidad no es beneficiaria de ninguna otra ayuda otorgada para las actuaciones y/o inversiones para las que se solicita la ayuda.
    f) Declaración jurada o responsable de la entidad solicitante de no hallarse sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres.

    Asociaciones:

    a) Impreso de solicitud cumplimentado.
    b) Documentación acreditativa de la identidad de la solicitante, aportando, en su caso, a tal efecto, copia de la escritura de constitución, estatutos y de la inscripción registral.
    En el caso de tratarse de una organización empresarial que represente a varias asociaciones, copia del acuerdo en el que se recoja dicha representación.
    c) Copia del DNI del representante legal de la solicitante, y documento de apoderamiento del mismo.
    d) Copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la solicitante.
    e) Cuenta de explotación del año anterior al de la convocatoria, en el que se detallen los ingresos y gastos, agrupados en partidas específicas en razón de su origen y finalidad.
    f) Presupuesto de ingresos y gastos para el año en curso desglosado por conceptos.
    g) Memoria explicativa de cada actividad para la que se solicita la ayuda, con el siguiente contenido mínimo: objetivos que se pretenden alcanzar, acciones a desarrollar para conseguir los objetivos establecidos e indicadores que medirán la eficacia de las actuaciones realizadas.
    h) Presupuestos detallados de los ingresos y gastos de cada actividad presentada.
    i) Certificado actualizado de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación correspondiente, relativa a los datos de la solicitante que figuran en el Censo de Asociaciones de Comerciantes.
    j) Certificación del Secretario de la Asociación o Agrupación en la que conste listado nominal de empresas comerciales asociadas actualizado al mes anterior al del inicio del plazo de solicitud y las cuotas recaudadas en el último ejercicio.
    k) En su caso, copia del acuerdo-marco a que se refiere el artículo 5 de la Orden, así como copia de cualquier modificación posterior que pudiera producirse.
    l) Cuando se den los supuestos establecidos en la Orden de 7 de octubre de 1991, del Consejero de Hacienda y Finanzas, sobre acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias por los beneficiarios de subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, o en la normativa que le sustituya, la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi siempre que cuente con autorización expresa del peticionario, solicitará directamente a los órganos competentes en materia tributaria la expedición de certificación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias por los solicitantes de las ayudas y subvenciones. En el supuesto de que no constase en el expediente la citada autorización expresa, éstos deberán aportar el correspondiente certificado.
    m) Declaración jurada o responsable de la entidad solicitante de no hallarse sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres.
    n) En los casos de los municipios en los que existiese más de una asociación de comerciantes, la organización que ejerza la representatividad de ellas, además deberá presentar documento en el que se recoja el grado de participación y compromisos en la ejecución en el proyecto de cada una de las asociaciones y el importe correspondiente a efectos de determinación de la ayuda junto con la designando un representante de la agrupación mediante poder bastante para cumplir las obligaciones que como beneficiario de la ayuda le corresponden.
    o) Acreditación de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.

    No será preceptiva la presentación por los interesados de aquellos documentos vigentes que ya se encuentren en poder del Departamento de Industria, Comercio y Turismo. En este supuesto, se hará constar en la solicitud, la fecha y órgano o dependencia en que se presentaron, en los términos y con los requisitos establecidos en el apartado f), del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Tramitación

Tramitación telemática e impresos



Electrónico
Aplicaciones:


Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Aportación de Documentación
Aportación de Documentación:
El/La interesado/a deberá de presentar, para la aportación de documentos requeridos por la administración o que el/la propio/a interesado/a estime conveniente aportar el siguiente formulario indicando los documentos que adjunta.
Presencial
Formularios:
Aportación de Documentación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Ampliación de Plazo
Ampliación de Plazo:
Cuando la solicitud de iniciación no reúna los requisitos exigidos en la normativa específica de convocatoria requerirá al/a interesado/a para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El/La interesado/a, siempre y cuando no sea un procedimiento de concurrencia competitiva, puede solicitar la ampliación del plazo para la subsanación o la aportación de los documentos requeridos presentando el siguiente formulario cumplimentado. Este plazo puede ser ampliado en cinco días siempre y cuando la aportación de los documentos presente dificultades especiales.
Presencial
Formularios:
Ampliación de Plazo (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la ampliación de plazo de subsanación.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Aceptación de la Ayuda
Aceptación de la Ayuda:
Si el/la interesado/a está conforme con la ayuda concedida puede aceptarla cumplimentando el formulario que se le facilita. En este caso, la Administración continuará, una vez recepcionada la aceptación, con los trámites necesarios para el pago de la ayuda.
Presencial
Formularios:
Aceptación de la Ayuda (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez pasado dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Alzada
Recurso Alzada:
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo a través del cual se busca que un órgano administrativo revise un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él, buscando que enmiende conforme a Derecho el acto del órgano inferior.
Presencial
Formularios:
Recurso Alzada (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso de alzada
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
25/08/2010 - 30/09/2010
Plazo de resolución:

6 meses desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el BOPV.

Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    Viceconsejería de Comercio y Turismo.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  Viceconsejería de Comercio y Turismo.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.