Programa para el fomento de la actividad turística de Gipuzkoa. 2013

RESUMEN
Título:
Programa para el fomento de la actividad turística de Gipuzkoa. 2013
Objeto:
Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones para el fomento de la actividad turística de Gipuzkoa. Las actuaciones objeto de subvención, comprenden dos ámbitos de actuación: 2.1. Las actividades de dinamización y/o promoción de iniciativas turísticas para la creación y/o consolidación de productos relacionados con el turismo de naturaleza. 2.2. Organización o patrocinio de eventos de interés turístico relevante relacionadas con la gastronomía y el turismo de naturaleza, y con importante proyección mediática exterior.
Dotación presupuestaria:
178.843,00 €
Normativa de la convocatoria:
  • Convocatoria 2014 (BOG N 58/2014)
    Convocatoria 2014 del programa para el fomento de la actividad turística de Gipuzkoa.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Departamento de Innovación y Sociedad del Conocimiento
Órgano convocante:
Departamento de Innovación y Sociedad del Conocimiento
Entidad resolutora:
Diputación Foral Gipuzkoa
Contacto presencial:
Plaza Gipuzkoa s/n, entresuelo. 20004 Donostia-San Sebastián
Contacto telefónico:
Teléfono: 943.112818.Fax: 943.431.299.
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Plaza Gipuzkoa s/n, entresuelo. 20004 Donostia-San Sebastián
Volver Plaza Gipuzkoa s/n, entresuelo. 20004 Donostia-San Sebastián
Programa para el fomento de la actividad turística de Gipuzkoa. 2013
Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones para el fomento de la actividad turística de Gipuzkoa. Las actuaciones objeto de subvención, comprenden dos ámbitos de actuación: 2.1. Las actividades de dinamización y/o promoción de iniciativas turísticas para la creación y/o consolidación de productos relacionados con el turismo de naturaleza. 2.2. Organización o patrocinio de eventos de interés turístico relevante relacionadas con la gastronomía y el turismo de naturaleza, y con importante proyección mediática exterior.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Siempre que no se vean afectadas por ninguna de las prohibiciones del artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Historico de Gipuzkoa, tendrán la consideración de entidades beneficiarias los ayuntamientos guipuzcoanos y/o las entidades promotoras del turismo dependientes de los mismos, así como las mancomunidades y agencias públicas gestoras del turismo de ámbito comarcal.
PRESTACIÓN
Dotación:
178.843,00 €
Límite:
El 50% del coste subvencionable, con un máximo de 8.000 € por proyecto y 12.000 € por entidad beneficiaria, en el caso de actuaciones que encajen como acciones prioritarias en el plan de marketing de Gipuzkoa, siempre que obtengan un mínimo de 50 puntos en la valoración. a) En el caso de eventos relacionados con la gastronomía: — Cuando la entidad beneficiaria fuera la organizadora del evento, el 50% del coste neto sobre los gastos subvencionables, con un máximo de 12.000 € por proyecto y 18.000 € por entidad beneficiaria. — Cuando la entidad beneficiaria fuese patrocinadora del evento, el equivalente a su aportación propia, siempre que la efectividad de ésta quede suficientemente acreditada, con un máximo de 12.000 € por proyecto y 18.000 € por entidad beneficiaria. naturaleza: — Cuando la entidad beneficiaria fuera la organizadora del evento, el 50% del coste neto sobre los gastos subvencionables, con un máximo de 8.000 € por proyecto y 12.000 € por entidad beneficiaria. — Cuando la entidad beneficiaria fuese patrocinadora del evento, el equivalente a su aportación propia, siempre que la efectividad de ésta quede suficientemente acreditada, con un máximo por proyecto de 8.000 € y 12.000 € por entidad beneficiaria. En cualquier caso, deberán obtener un mínimo de 50 puntos en la valoración.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • a) Documentación acreditativa de la representación de la persona que suscriba la solicitud. b) Memoria descriptiva del proyecto a subvencionar. c) Presupuesto del proyecto, con desglose de gastos del mismo. d) Declaración responsable, según modelo establecido, de no hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria establecidas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa. e) Documentación actualizada expedida por el órgano competente acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social; o consentimiento expreso para la cesión directa de dichos datos al órgano gestor de las subvenciones. En el caso de las entidades referidas en el artículo 11.5 del Reglamento de la Norma Foral de Subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, aprobado por Decreto Foral 24/2008, de 29 de abril, la presentación de la declaración responsable sustituirá a la presentación de las certificaciones de acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. f) Declaración responsable, según modelo establecido, de otras subvenciones solicitadas y/o obtenidas para el mismo proyecto; y, en particular, sobre ayudas «de minimis» recibidas en los tres últimos ejercicios fiscales, incluido el presente.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
27/03/2014 - 15/04/2014
Plazo de resolución:
El plazo máximo para dictar y publicar la resolución será de seis meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria, pudiendo ésta posponer sus efectos a una fecha posterior.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.