Plan para el fomento del Sector Artesanal. Gipuzkoa 2015

RESUMEN
Título:
Plan para el fomento del Sector Artesanal. Gipuzkoa 2015
Objeto:
Promover los medios para que las actividades artesanales sigan desarrollándose en el futuro, que sigan contribuyendo de forma creciente a la generación de empleo y riqueza en Gipuzkoa y sigan configurándose como depositarias de valores de carácter cultural y etnográfico. — Incrementar el prestigio y la visibilidad del sector artesano que incluye la preservación de actividades artesanales tradicionales en peligro de desaparición; — Potenciar el asociacionismo artesanal; — Desarrollar propuestas de actuación conjunta, bajo el concepto de desarrollo local/endógeno, entre la artesanía y el turismo; — Reformular, profesionalizar y potenciar las ferias de artesanía.
Dotación presupuestaria:
501.528,00 €
Normativa reguladora:
  • Convocatoria (BOG N 128/2013)
    Convocatoria de 2013 de las ayudas del programa «Plan para el Fomento del Sector Artesanal de Gipuzkoa».
  • Convocatoria de 2014 (BOG N 82/2014)
    Convocatoria de 2014 de las ayudas del programa «Plan para el Fomento del Sector Artesanal de Gipuzkoa»
  • Convocatoria 2015 (BOG N 118/2015)
    Convocatoria 2015 de las ayudas del «Plan para el Fomento del Sector Artesanal de Gipuzkoa».
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Departamento de Innovación y Sociedad del Conocimiento
Órgano convocante:
Departamento de Innovación y Sociedad del Conocimiento
Entidad resolutora:
Diputación Foral Gipuzkoa
Contacto presencial:
Plaza Gipuzkoa s/n, entresuelo. 20004 Donostia-San Sebastián
Contacto telefónico:
Teléfono: 943.112818.Fax: 943.431.299.
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Plaza Gipuzkoa s/n, entresuelo. 20004 Donostia-San Sebastián
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Plan para el fomento del Sector Artesanal. Gipuzkoa 2015
Promover los medios para que las actividades artesanales sigan desarrollándose en el futuro, que sigan contribuyendo de forma creciente a la generación de empleo y riqueza en Gipuzkoa y sigan configurándose como depositarias de valores de carácter cultural y etnográfico. — Incrementar el prestigio y la visibilidad del sector artesano que incluye la preservación de actividades artesanales tradicionales en peligro de desaparición; — Potenciar el asociacionismo artesanal; — Desarrollar propuestas de actuación conjunta, bajo el concepto de desarrollo local/endógeno, entre la artesanía y el turismo; — Reformular, profesionalizar y potenciar las ferias de artesanía.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Innovación, Desarrollo Rural y Turismo. 2.2. Tendrán la condición de personas y entidades beneficiarias de las ayudas establecidas en las presentes bases las personas que se dediquen a la artesanía, talleres artesanales y empresas artesanas y sus organizaciones representativas y/o actividades significativas en el ámbito artesanal. 2.3. Se considerarán empresa de artesanía o taller artesanal a aquellos talleres, empresas y unidades económicas, incluida la persona artesana individual y las comunidades de bienes, que desarrollen la artesanía de la manera definida en el artículo 2 del Decreto Foral 28/2005, de 10 de mayo, regulador de la Artesanía de Gipuzkoa
a) Desarrollar la actividad con habitualidad. b) No exceder de diez el número de personas trabajadoras empleadas con carácter permanente, excepción hecha de las personas en proceso de aprendizaje, cónyuge y familiares en línea directa, consanguínea, adoptiva o por afinidad. c) Estar inscrito/a en el Registro General de la Artesanía Tradicional y Popular de Gipuzkoa. Sección Primera. d) Estar dado/a de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en su actividad correspondiente. 2.4. Las personas y entidades beneficiarias de las ayudas reguladas en las presentes bases deberán tener su domicilio social y fiscal en el territorio de Gipuzkoa. 2.5. En el caso de las comunidades de bienes o cualquier tipo de entidad de base patrimonial carente de personalidad jurídica, deberá contar con una administración común estable y poder llevar a cabo el proyecto o actividad subvencionable.
PRESTACIÓN
Dotación:
501.528,00 €
Límite:
Ver disposición
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • Documentación a presentar con la solicitud. 5.1. En la solicitud deberá incluirse la siguiente información: a) Datos de la persona o entidad solicitante. b) Memoria descriptiva del proyecto o la actividad para la que se solicita la subvención. En el caso de las actuaciones previstas en la Base 3.ª 1. f: — Número de empresas artesanas participantes previstas. — Número de empresas artesanas participantes previstas, inscritas en el Registro General de la Artesanía Tradicional y Popular de Gipuzkoa, distinguiendo la Sección I. — Fechas previstas de celebración de la feria. — Proceso a seguir para el cumplimiento de los requisitos que vienen recogidos en la base 3.2. c) Presupuesto detallado del proyecto presentado. d) En su caso, acuerdo de colaboración entre las entidades que desarrollan el proyecto en agrupación, estableciendo distribución de responsabilidades y actividades y previsión de reparto de costes e ingresos. e) Certificado de ayudas concurrentes. f) Declaración responsable, conforme al modelo que figura como anexo de la presente convocatoria y que se incluye en la solicitud telemática, de no hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria establecidas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, así como aquellas referidas a la Ley 4/2005 de 18 de febreo para la Igualdad de Mujeres y hombres y lo dispuesto en la Ley 14/2007 de 28 de diciembre de Carta de Justicia y Solidaridad con los Países Empobrecidos. Y, en su caso, sobre ayudas «de minimis» recibidas por la empresa en los tres últimos ejercicios fiscales. g) Documentación actualizada (cuya fecha no preceda en más de seis meses a la solicitud de subvención) que acredite el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Dicha documentación podrá sustituirse por la autorización expresa al órgano gestor para que recabe directamente los referidos datos de las administraciones competentes para emitirlos.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
25/06/2015 - 20/07/2015
Plazo de resolución:
El plazo máximo de resolución de la convocatoria del programa de ayudas será de 6 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.