Ayudas a inversiones en explotaciones agrícolas. Bizkaia 2017

RESUMEN
Título:
Ayudas a inversiones en explotaciones agrícolas. Bizkaia 2017
Objeto:
a) Favorecer las inversiones orientadas a la adaptación dela producción de las explotaciones a las necesidades del mercado, en especial las inversiones que contribuyan a una mejora de la calidad de las producciones y del almacenamiento de la cosecha. b) Favorecer las inversiones orientadas a mejorar la gestión empresarial y la rentabilidad de las explotaciones, en especial las inversiones que contribuyan a la reducción de costes productivos, reducción de gasto energético, incremento de productividades y diversificación de actividades agrarias. c) Favorecer las inversiones orientadas a incrementar la capacidad productiva de las explotaciones, en especial las inversiones en maquinaria e instalaciones que faciliten el manejo de la explotación y mejoren la productividad del trabajo. d) Favorecer las inversiones orientadas a mejorar la sostenibilidad ambiental, en especial las que contemplen sistemas de producción ecológica e integrada y mejoras en el tratamiento almacenamiento de los residuos de las explotaciones agrícolas y ganaderas. Asimismo se promoverá la reducción de emisiones de gas efecto invernadero a la atmósfera y la mejora dela eficiencia del uso de fertilizantes con el fin de propiciar la sostenibilidad en la gestión del suelo. e) Favorecer las inversiones encaminadas a mejorar la higiene y bienestar de los animales, la seguridad alimentaria, la trazabilidad de las producciones y la seguridad en el trabajo, en especial las dirigidas al cumplimiento de nuevas normas comunitarias en estas materias. f) Favorecer las inversiones innovadoras como la implantación de bioenergía y/o energías renovables para la reducción delos costes energéticos en las explotaciones, así como la utilización de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs).
Dotación presupuestaria:
1.004.000,00 €
Normativa de la convocatoria:
  • DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia, 175/2016 (BOB N 238/2016)
    DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia, 175/2016, de 13 de diciembre, sobre ayudas a las explotaciones agrarias del Territorio Histórico de Bizkaia: ayudas a inversiones en explotaciones agrarias y ayudas a la creación de empresas por jóvenes agricultores y agricultoras, y convocatoria para 2017.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Departamento de Agricultura
Órgano convocante:
Departamento de Agricultura
Entidad resolutora:
Diputación Foral Bizkaia
Contacto presencial:
Oficina Comarcal Agraria correspondiente a la ubicación de la explotación o en las Oficinas del Servicio de Desarrollo Agrario del Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural, sitas en avenida Lehendakari Agirre, 9, 2.º izquierda, 48014- Bilbao
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Oficina Comarcal Agraria correspondiente a la ubicación de la explotación o en las Oficinas del Servicio de Desarrollo Agrario del Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural, sitas en avenida Lehendakari Agirre, 9, 2.º izquierda, 48014- Bilbao
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Ayudas a inversiones en explotaciones agrícolas. Bizkaia 2017
a) Favorecer las inversiones orientadas a la adaptación dela producción de las explotaciones a las necesidades del mercado, en especial las inversiones que contribuyan a una mejora de la calidad de las producciones y del almacenamiento de la cosecha. b) Favorecer las inversiones orientadas a mejorar la gestión empresarial y la rentabilidad de las explotaciones, en especial las inversiones que contribuyan a la reducción de costes productivos, reducción de gasto energético, incremento de productividades y diversificación de actividades agrarias. c) Favorecer las inversiones orientadas a incrementar la capacidad productiva de las explotaciones, en especial las inversiones en maquinaria e instalaciones que faciliten el manejo de la explotación y mejoren la productividad del trabajo. d) Favorecer las inversiones orientadas a mejorar la sostenibilidad ambiental, en especial las que contemplen sistemas de producción ecológica e integrada y mejoras en el tratamiento almacenamiento de los residuos de las explotaciones agrícolas y ganaderas. Asimismo se promoverá la reducción de emisiones de gas efecto invernadero a la atmósfera y la mejora dela eficiencia del uso de fertilizantes con el fin de propiciar la sostenibilidad en la gestión del suelo. e) Favorecer las inversiones encaminadas a mejorar la higiene y bienestar de los animales, la seguridad alimentaria, la trazabilidad de las producciones y la seguridad en el trabajo, en especial las dirigidas al cumplimiento de nuevas normas comunitarias en estas materias. f) Favorecer las inversiones innovadoras como la implantación de bioenergía y/o energías renovables para la reducción delos costes energéticos en las explotaciones, así como la utilización de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs).
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Serán beneficiarias de estas ayudas las personas físicas y jurídicas titulares de explotaciones agrarias que cumplan tanto los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria.
1. En caso de titulares o cotitulares de explotación agraria que sean personas físicas: 1.1. Haber cumplido 18 años y no haber cumplido 65 años en el momento de presentar la solicitud de ayuda. 1.2. Tener consideración de persona agricultora a título principal (ATP). 1.3. La persona solicitante deberá estar afiliada al Régimen de la Seguridad Social que corresponda en función de la actividad agraria. 1.4. No percibir pensión de jubilación, o de invalidez absoluta o de invalidez total proveniente de la actividad agraria, salvo si dicha invalidez no está vinculada a la actividad objeto de la solicitud de ayuda. 1.5. En los casos en que se haya percibido subsidio de desempleo anteriormente a la solicitud y dado que son percepciones limitadas en el tiempo, las mismas no serán consideradas como ingresos a los efectos de concesión de las ayudas debiendo dejar constancia en el expediente de dicha circunstancia, indicando su cuantía y fecha de finalización de la percepción. 1.6. Poseer, en el momento de la solicitud, la capacidad y competencia profesionales adecuadas, que garanticen el correcto empleo de los medios productivos. 1.8. En todos los casos la persona beneficiaria deberá encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
PRESTACIÓN
Dotación:
1.004.000,00 €
Límite:
El total de subvenciones por año que se podrán conceder vinculadas a una explotación agraria será como máximo de 75.000 euros por miembro persona física en el caso de explotaciones individuales y de 150.000 euros por UTAen el caso de entidades asociativas para el conjunto de convocatorias del período 2015-2020, contabilizándose a estos efectos un máximo de 2 UTAs subvencionables por explotación del tipo Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles y entidades de Titularidad Compartida; y 5 UTAs en el caso de explotaciones asociativas tales como Sociedades mercantiles, SATs y cooperativas agrarias.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • Se acompañará a la solicitud la documentación de carácter general, que se especifica en los anexos 1 y 2.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
19/12/2016 - 30/01/2017
Plazo de resolución:
Formulada propuesta de resolución en cada línea de ayudas por el Órgano instructor los expedientes serán resueltos por la Diputada foral de Sostenibilidad y Medio Natural en un plazo máximo de 6 meses desde la finalización del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.