RESUMEN
Título:
Programa Elkartegiak y polígonos industriales: subvenciones al arrendamiento. Bizkaia 2018
Objeto:
Subvenciones al arrendamiento para las empresas beneficiarias del Programa Elkartegiak
Dotación presupuestaria:
80.000,00 euros
Normativa de la convocatoria:
- DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 57/2018, de 24 de abril (BOB N 82/2018)
DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 57/2018, de 24 de abril, por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2018 del Programa Elkartegiak y Polígonos Industriales
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Departamento de Desarrollo Económico y Territorial
Órgano convocante:
Departamento de Desarrollo Económico y Territorial
Entidad resolutora:
Diputación Foral Bizkaia
Contacto presencial:
C/Obispo Orueta 6. 48009 Bilbao
Contacto telefónico:
Teléfono: 944 068 000
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
C/Obispo Orueta 6. 48009 Bilbao
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C/Obispo Orueta 6. 48009 Bilbao
Programa Elkartegiak y polígonos industriales: subvenciones al arrendamiento. Bizkaia 2018
Lugares de Presentación
Lugares de Presentación
Subvenciones al arrendamiento para las empresas beneficiarias del Programa Elkartegiak
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Empresas que hayan firmado un contrato de arrendamiento con Azpiegiturak SAU, a través del
programa Elkartegiak, con posterioridad al 30-09-2013
Tener en plantilla con carácter indefinido al menos 1 persona si es empresa de nueva creación o al menos 2 personas si se trata de empresas existentes. Se entiende por plantilla la formada por el personal laboral y/o socios/as trabajadores en régimen de trabajadores autónomos. Asimismo, la plantilla indefinida no será inferior al 60% del total de la plantilla, y su contrato será de al menos el 50% de la jornada laboral.
Además deberán cumplir alguna de las siguientes condiciones:
Disponer de certificado de calidad ISO9001 o ISO14001 o Premie, o similar.
Haber sido tutorizada por entidades autorizadas.
Accionariado formado al menos:
a) por el 50% de mujeres que posean más del 50% del capital social, o bien se trate de una empresaria individual.
b) por el 50%de personas jóvenes y que éstas posean, al menos, el 50% del capital social o se trate de una persona joven empresaria individual.
Contar en sus plantillas:
a) Al menos con el50% de mujeres o
b) Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, con un grado igual o superior al33%
Desarrollar un plan de normalización de uso del euskera.
Que con fecha posterior al 1/10/2017hubieran convertido un contrato laboral temporal en indefinido, o hubieran ampliado la plantilla mediante la contratación laboral por un periodo no inferior a un año. Estos nuevos contratos deberán realizarse por al menos el 50% de la jornada laboral.
PRESTACIÓN
Dotación:
80.000,00 euros
Límite:
El importe de la subvención será de hasta un 50% del precio/mes que figure en el contrato de
arrendamiento firmado, excluyendo los gastos de comunidad y el IVA.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
- 1. En todos los casos, junto con la solicitud se presentará: a) Certificado de estar al corriente respecto de sus obligaciones económicas contraídas con Azpiegiturak S.A.U. b) Relación de personal adscrito a la empresa con contrato laboral o autónomo, en modelo oficial. c) Ficha de parte acreedora, en el caso de que no consten los datos de domiciliación bancaria en la Diputación Foral de Bizkaia, o si se desea modificarlos. El modelo de relación de personal adscrito a la empresa y la ficha de parte acreedora pueden descargarse de la página web www.bizkaia.eus - empresas e internacionalización - emprendimiento - módulos industriales, oficinas y suelo. d) Si se dispone de ellas, facturas del alquiler y sus justificantes de abono. 2. Además, deberán presentar la documentación necesaria que justifique el motivo por el que se solicite la subvención: a) En el supuesto que las entidades solicitantes dispongan en el momento de realizar la solicitud de un certificado ISO 9001 ó ISO 14001 o similar, un certificado Premie o hayan sido tutorizadas por una sociedad pública foral adscrita al Departamento de Desarrollo Económico y Territorial de la Diputación Foral de Bizkaia, por BIC Bizkaia Ezkerraldea-Cedemi, DEMA Enpresa Garapena, por un centro municipal de Promoción Económica, por la Cámara de Comercio de Bilbao o por un vivero de la red de incubadoras de la DFB: Certificación emitida por el organismo correspondiente. b) En el supuesto que el accionariado de la empresa esté formado por, al menos, un 50% de mujeres y que éstas posean, más del 50% del capital social: Escritura o escrituras que permitan acreditar esta circunstancia. c) En el supuesto que cuenten en sus plantillas con alguna persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, con un grado igual o superior al 33%, reconocida por la Diputación Foral de Bizkaia o de otra administración si correspondiera: Certificado expedido por la Diputación Foral de Bizkaia,o análogo de otra administración, si correspondiera, acreditativo de la discapacidad en el grado correspondiente. d) En el supuesto que la entidad solicitante desarrolle un proceso de normalización del uso del euskera en el ámbito laboral: Certificación expedida por la administración competente o por una entidad homologada, acreditativa de que la empresa se encuentra inmersa en un proceso de normalización y uso del euskera en el ámbito laboral. e) En el supuesto de que a partir del 1 de octubre de 2017 se hubiera convertido un contrato laboral temporal en indefinido: Copia del contrato de trabajo temporal y copia del contrato indefinido de la persona trabajadora afectada. f) En el supuesto de que a partir del 1 de octubre de 2017 se hubiera ampliado la plantilla de personal laboral con contrato por un periodo no inferior a 1 año: Copia del contrato. g) En el supuesto que el accionariado de la empresa esté formado por, al menos, un 50% de personas jóvenes y que éstas posean, al menos, el 50% del capital social: Escritura o escrituras que permitan acreditar esta circunstancia.
Electrónico
Aplicaciones:
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
01/05/2018
-
28/09/2018
Fecha límite de presentación:
El plazo de presentación de solicitudes, se iniciará el día siguiente al de la publicación
en el «Boletín Oficial de Bizkaia» y finalizará a las 13:30 horas del 28 de septiembre
de 2018.
Plazo de resolución:
El plazo máximo para la resolución de las solicitudes formuladas al amparo del presente decreto foral finalizará transcurridos 6 meses desde la finalización del plazo para presentar solicitudes a cada convocatoria.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: .
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: .
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.
