Ayudas a las Asociaciones de Desarrollo Rural. Bizkaia 2017

RESUMEN
Título:
Ayudas a las Asociaciones de Desarrollo Rural. Bizkaia 2017
Objeto:
Es objeto del presente Decreto Foral establecer en el ámbito del Territorio Histórico de Bizkaia, un régimen de ayudas a las Asociaciones de Desarrollo Rural reconocidas como entidades colaboradoras, destinadas a financiar parcialmente los gastos de funcionamiento de las mismas, en sus actividades de Entidades Colaboradoras de las Administraciones Públicas en el desarrollo de las zonas rurales de Bizkaia y en general en sus actividades de fomento y colaboración en las Comarcas en las que actúan.
Dotación presupuestaria:
212.000,00 euros
Normativa de la convocatoria:
  • DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 84/2017 (BOB N 131/2017)
    DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 84/2017, de 28 de junio, de bases reguladoras y convocatoria de ayudas a las Asociaciones de Desarrollo Rural del Territorio Histórico de Bizkaia.
  • DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 100/2017 (BOB N 151/2017)
    DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 100/2017, de 26 de julio, de corrección de errores del Decreto Foral 84/2017, de 28 de junio, de bases reguladoras y convocatoria de ayudas a las asociaciones de desarrollo rural del territorio histórico de Bizkaia (corrección de errores).
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural
Órgano convocante:
Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural
Entidad resolutora:
Diputación Foral Bizkaia
Contacto presencial:
Servicio de Desarrollo Rural AV LEHENDAKARI AGUIRRE 9 02 - IZ 48014 BILBAO
Contacto telefónico:
Teléfono: 944066532
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Servicio de Desarrollo Rural AV LEHENDAKARI AGUIRRE 9 02 - IZ 48014 BILBAO
Volver Servicio de Desarrollo Rural AV LEHENDAKARI AGUIRRE 9 02 - IZ 48014 BILBAO
Ayudas a las Asociaciones de Desarrollo Rural. Bizkaia 2017
Es objeto del presente Decreto Foral establecer en el ámbito del Territorio Histórico de Bizkaia, un régimen de ayudas a las Asociaciones de Desarrollo Rural reconocidas como entidades colaboradoras, destinadas a financiar parcialmente los gastos de funcionamiento de las mismas, en sus actividades de Entidades Colaboradoras de las Administraciones Públicas en el desarrollo de las zonas rurales de Bizkaia y en general en sus actividades de fomento y colaboración en las Comarcas en las que actúan.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en el presente Decreto Foral las Asociaciones de Desarrollo Rural de Bizkaia reconocidas como entidades colaboradoras por la Disposición Adicional 2.ª del Decreto Foral 62/2003, de 25 de marzo e inscritas en el Registro de Asociaciones de Desarrollo Rural del País Vasco a los efectos de la Ley 10/1998, de Desarrollo Rural, en tanto cumplan los requisitos contemplados en la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral
PRESTACIÓN
Dotación:
212.000,00 euros
Límite:
La cuantía máxima a subvencionar para cada una de las Asociaciones ascenderá a 415000 euros, cantidad que se reducirá a 23.000 euros por comarca, si una misma estructura administrativa operara en dos o más comarcas, siempre y cuando no se superen los porcentajes máximos de subvención.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • a) Anexo 1: solicitud. b) Anexo 2: gastos e ingresos. El presupuesto detallado del ejercicio correspondiente incluirá el desglose de la previsión de ingresos y gastos. c) Anexo 3: declaración jurada, con indicación de las solicitudes de subvención presentadas ante otras instituciones públicas o privadas y su cuantía y el compromiso de realizar una auditoría de cuentas. 3. Asimismo, junto con los impresos señalados en apartado anterior, la persona solicitante deberá presentar los certificados actualizados de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
11/07/2017 - 10/08/2017
Plazo de resolución:
El procedimiento será tramitado por el Servicio de Desarrollo Agrario y resuelto por la diputada foral de Sostenibilidad y Medio Natural en un plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.