Ayudas a la reconversión y/o reestructuración de viñedos. Álava 2019 y 2020

RESUMEN
Título: 
Ayudas a la reconversión y/o reestructuración de viñedos. Álava 2019 y 2020
Objeto: 
1. Participar en los costes de reestructuración y reconversión del viñedo en las siguientes líneas: Reimplantación del viñedo. Mejora de las técnicas de gestión de viñedos (Cambio de vaso a espaldera u otros sistemas de conducción) Reconversión varietal. 2. Compensar a los productores participantes en el plan por la pérdida de ingresos derivada de la aplicación del mismo.
Normativa de la convocatoria: 
  • Orden Foral 115/2019, de 12 de marzo (BOTHA N 34/2019)
    Orden Foral 115/2019, de 12 de marzo. Aprobar la convocatoria de ayudas a la reestructuración y/o reconversión de viñedo. Campañas 2019 y 2020
  • DECRETO 26/2019, de 26 de febrero (BOPV N 47/2019)
    DECRETO 26/2019, de 26 de febrero, de desarrollo y aplicación en la Comunidad Autónoma de Euskadi, de la medida de apoyo europeo a las operaciones de reestructuración y reconversión del viñedo.
  • Orden Foral 279/2019, de 18 de junio (BOTHA N 73/2019)
    Orden Foral 279/2019, de 18 de junio. Modificar la fecha límite para entrega de solicitudes para las ayudas a la reestructuración y/o reconversión de viñedo en las Campañas 2019 y 2020 aprobadas por Orden Foral 115/2019, de 12 de marzo
ORGANISMOS
Entidad convocante: 
Departamento de Desarrollo Económico y Equilibrio Territorial
Órgano convocante: 
Departamento de Desarrollo Económico y Equilibrio Territorial
Entidad resolutora: 
Diputación Foral Araba
Contacto presencial: 
Departamento de Agricultura. Servicio de Viticultura y Enología Laguardia
Contacto telefónico: 
Tfno: 94 562 10 80 Fax: 94 562 10 70
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación: 
Departamento de Agricultura. Servicio de Viticultura y Enología Laguardia
VolverDepartamento de Agricultura. Servicio de Viticultura y Enología Laguardia
Ayudas a la reconversión y/o reestructuración de viñedos. Álava 2019 y 2020
1. Participar en los costes de reestructuración y reconversión del viñedo en las siguientes líneas: Reimplantación del viñedo. Mejora de las técnicas de gestión de viñedos (Cambio de vaso a espaldera u otros sistemas de conducción) Reconversión varietal. 2. Compensar a los productores participantes en el plan por la pérdida de ingresos derivada de la aplicación del mismo.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario: 
Podrán beneficiarse de estas ayudas, las personas titulares de explotaciones agrarias con parcelas con uso SIGPAC «viñedo» ubicadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi que reúnan las siguientes condiciones.
a) La explotación agraria o sus parcelas deberá estar inscrita en el Registro General de Explotaciones Agrarias del País Vasco. b) Las parcelas de viñedo deberán estar asimismo inscritas en el Registro Vitícola del Territorio Histórico correspondiente. c) Presentar, individual o colectivamente un Plan de reestructuración y reconversión del viñedo. d) Cumplir la normativa vigente en materia de plantaciones de viñedo, para cualquiera de las superficies de viñedo de su explotación. e) Cumplir con la obligación de presentar las declaraciones obligatorias del sector vitivinícola. f) Ser viticultor/a o futuro viticultor/a de la parcela resultante de la reestructuración o reconversión. g) Cumplir con las obligaciones derivadas de la condicionalidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de este Decreto. h) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Este requisito lo es tanto para acceder a la condición de persona beneficiaria como para mantenerse en ella hasta la liquidación de la subvención concedida, por lo que se verificará su respectivo cumplimiento al momento de efectuar la concesión y de realizar el pago
PRESTACIÓN
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • a) Objetivos perseguidos por el plan. b) Ubicación del plan e identificación c) Identificación de las personas viticultoras que lo integran y su representante, si el plan es colectivo. d) Localización y características de las parcelas, iniciales y reestructuradas (variedades, sistemas de formación, marco de plantación, etc.), con aportación de la identificación de los recintos SIGPAC de las parcelas que integran el plan. e) Derechos de plantación que se incluyen en el proyecto especificando los derechos de replantación de dentro o fuera de la explotación. f) Actuaciones a desarrollar en cada parcela. Estudio de costes y calendario previsto de ejecución de las actuaciones. g) Autorización de la propietaria y, en su caso, de la titular de las parcelas a reestructurar o reconvertir a favor de la participante en el plan, cuando éste no sea la propietaria. h) Compromiso de la solicitante de la ayuda de mantener en cultivo la parcela un mínimo de 10 años a contar desde la campaña siguiente a la ejecución de la medida. i) Justificante de estar inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias y en el Registro Vitícola del Territorio Histórico correspondiente
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
21/03/2019 - 31/07/2019
Fecha límite de presentación: 
Fecha límite para la entrega de solicitudes de pago que vayan a ser pagadas antes del 15 de octubre de 2019 en el 31 de julio de 2019 en lugar del 13 de septiembre de 2019. Fecha límite para la entrega de solicitudes de pago que vayan a ser pagadas antes del 15 de octubre de 2020 en el 31 de julio de 2020 en lugar del 18 de septiembre de 2020.
Efectos del silencio: 
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 1 mes
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 3 meses
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio