Ayudas para la extensión de redes de banda ancha de nueva generación en los núcleos de población y zonas diseminadas. Álava 2017

RESUMEN
Título:
Ayudas para la extensión de redes de banda ancha de nueva generación en los núcleos de población y zonas diseminadas. Álava 2017
Objeto:
Es objeto de las presentes bases reguladoras de subvenciones reglar la concesión de ayudas para extender las redes de banda ancha de nueva generación en los núcleos de población de Álava y en las áreas diseminadas (según la clasificación INE) y que tienen la consideración de «zonas blancas NGA», esto es, en las que ni existe, ni se prevé que exista en los próximos 3 años, infraestructuras de telecomunicaciones que permitan los servicios de acceso a Internet en condiciones de Banda Ancha NGA.
Dotación presupuestaria:
2018: 2.000.000,00 euros 2019: 2.000.000,00 euros
Normativa de la convocatoria:
  • Decreto Foral 1/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 9 de enero (BOTHA N 5/2018)
    Decreto Foral 1/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 9 de enero. Aprobar la modificación del Decreto Foral 58/2017, de 12 de diciembre, sobre bases reguladoras de las subvenciones para la extensión de redes de banda ancha de nueva generación en los núcleos de población de zonas diseminadas del Territorio Histórico de Álava, y del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones aprobado por Acuerdo del 821/2017, de 29 de diciembre.
  • Decreto Foral 58/2017, del Consejo de Gobierno Foral de 12 de diciembre. (BOTHA N 142/2017)
    Decreto Foral 58/2017, del Consejo de Gobierno Foral de 12 de diciembre. Aprobar las bases reguladoras generales y convocatoria de las subvenciones para la extensión de redes de banda ancha de nueva generación en los núcleos de población y zonas diseminadas del Territorio Histórico de Álava.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Departamento de Desarrollo Económico y Equilibrio Territorial
Órgano convocante:
Departamento de Desarrollo Económico y Equilibrio Territorial
Entidad resolutora:
Diputación Foral Araba
Contacto presencial:
Plaza de la Provincia s/n 01001 Vitoria-Gasteiz.
Contacto telefónico:
Teléfono 945 181818. Fax: 945 181754.
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Plaza de la Provincia s/n 01001 Vitoria-Gasteiz.
Volver Plaza de la Provincia s/n 01001 Vitoria-Gasteiz.
Ayudas para la extensión de redes de banda ancha de nueva generación en los núcleos de población y zonas diseminadas. Álava 2017
Es objeto de las presentes bases reguladoras de subvenciones reglar la concesión de ayudas para extender las redes de banda ancha de nueva generación en los núcleos de población de Álava y en las áreas diseminadas (según la clasificación INE) y que tienen la consideración de «zonas blancas NGA», esto es, en las que ni existe, ni se prevé que exista en los próximos 3 años, infraestructuras de telecomunicaciones que permitan los servicios de acceso a Internet en condiciones de Banda Ancha NGA.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán acceder a la condición de entidades beneficiarias de las subvenciones contempladas en las presentes bases reguladoras, las personas físicas o jurídicas pertenecientes al sector privado, que ostenten la condición de operador debidamente habilitado, conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, así como las agrupaciones de dichas personas físicas o jurídicas.

Para acceder a las subvenciones contempladas en las presentes bases reguladoras las entidades deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Para ser beneficiarias, las solicitantes deberán cumplir las obligaciones impuestas por el artículo 2.3 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, a las entidades que contratan, convenian o reciben ayudas de la Administración, entre las que se encuentra la obligación de regirse por los principios de igualdad de trato, igualdad de oportunidades y el respeto a la diversidad y diferencia de sus trabajadoras y trabajadores. Para ser beneficiaria de las subvenciones, la empresa solicitante no deberá encontrarse sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. Para ser beneficiaria de las subvenciones deberán cumplirse los requisitos indicados en el artículo 12 de la Norma Foral 11/2016, de 19 de octubre, de Subvenciones del Territorio Histórico de Álava.

Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, deberán hacerse constar expresamente, en documento anexo a la solicitud, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de presupuesto a ejecutar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de persona beneficiaria. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como persona beneficiaria, corresponden a la agrupación. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 38 y 66 de la Norma Foral 11/2016.

PRESTACIÓN
Dotación:
2018: 2.000.000,00 euros 2019: 2.000.000,00 euros
Límite:
Las subvenciones a conceder en el marco de las presentes bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, adoptarán la forma de subvención no reintegrable y supondrán como máximo el 90 por ciento de los gastos e inversiones subvencionables.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • Ver cláusula novena del Anexo I de la convocatoria
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
16/12/2017 - 12/02/2018
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar lo resuelto a las entidades interesadas será el 30 de marzo de 2018 (fecha en la que la SESIAD ha previsto finalice la segunda fase de la consulta para el establecimiento de la clasificación de zonas blancas NGA para 2018)
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.