Subvenciones a proyectos de publicación de trabajos de investigación en materia de igualdad de mujeres y hombres para el año 2012.

RESUMEN
Título:
Subvenciones a proyectos de publicación de trabajos de investigación en materia de igualdad de mujeres y hombres para el año 2012.
Objeto:

Es objeto de la presente Resolución la regulación y convocatoria de subvenciones dirigidas a la publicación de trabajos de investigación que favorezcan la consecución de la igualdad de mujeres y hombres que se realicen a lo largo de 2012.

Los proyectos de publicación de los trabajos de investigación presentados han de contribuir a la consecución de los siguientes objetivos:

a) Mejorar el conocimiento de la situación, condiciones y posición diferencial de mujeres y hombres y de las relaciones de género en los distintos ámbitos de la vida, así como de las causas que generan las desigualdades.

b) Dar a conocer resultados de investigaciones que puedan constituirse en buenas prácticas de políticas de igualdad.

Dotación presupuestaria:

Se cifran inicialmente en veinte mil (20.000 €) euros para el ejercicio 2012.

Normativa de la convocatoria:
  • Resolución de 13, de diciembre de 2011 (BOPV N 246/2011)

    De la directora de Emakunde-Instituto Vasco de la mujer, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a proyectos de publicación de trabajos de investigación que favorezcan la consecución de la igualdad de mujeres y hombres para el año 2012.

ORGANISMOS
Entidad convocante:
Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer
Órgano convocante:
Dirección de EMAKUNDE
Entidad resolutora:
Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer
Órgano resolutor:
Dirección de EMAKUNDE
Contacto presencial:

Oficinas de atención al público:

  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público:

  • De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Contacto telefónico:

La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.

  • Horario de atención telefónica:
    El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
  • Número de Teléfono:
    Desde el País Vasco: 012
    Desde fuera del País Vasco: 945 018000
    Desde el extranjero: 00 34 945 018000
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Zuzenean - Atención Ciudadana
  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Volver Zuzenean - Atención Ciudadana
  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Ãlava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Subvenciones a proyectos de publicación de trabajos de investigación en materia de igualdad de mujeres y hombres para el año 2012

Los proyectos de publicación de los trabajos de investigación presentados han de contribuir a la consecución de los siguientes objetivos:

a) Mejorar el conocimiento de la situación, condiciones y posición diferencial de mujeres y hombres y de las relaciones de género en los distintos ámbitos de la vida, así como de las causas que generan las desigualdades.

b) Dar a conocer resultados de investigaciones que puedan constituirse en buenas prácticas de políticas de igualdad.

DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

Podrán tener acceso a las ayudas, personas físicas o jurídicas, tanto privadas como públicas, excluyendo las Administraciones públicas, así como sus organismos autónomos, salvo la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea que podrá concurrir.

1.- Podrán tener acceso a las ayudas, personas físicas o jurídicas, tanto privadas como públicas, excluyendo las Administraciones públicas, así como sus organismos autónomos, salvo la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea que podrá concurrir, que cumplan los siguientes requisitos:

a) que el trabajo de investigación a publicar se haya desarrollado en la Comunidad Autónoma de Euskadi,
b) que se trate de publicaciones de una primera edición,
c) que se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social,
d) que el trabajo de investigación a publicar se haya redactado haciendo un uso no sexista del lenguaje.

2.- Las personas o entidades solicitantes que se encuentren incursas en procedimiento alguno de reintegro o sancionador en el marco de subvenciones o ayudas de la misma naturaleza, y que resulten adjudicatarias de las ayudas, verán condicionados la concesión y el pago de las mismas a la terminación del procedimiento de reintegro o sancionador. Asimismo, deberán acreditar que no están cumpliendo sanción administrativa o penal por incurrir en discriminación por razón de sexo, que no están sancionadas con esta prohibición en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres, ni con otras sanciones administrativas o penales que comporten la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas, ni que se  encuentran en prohibición legal alguna para ello.

3.- En el supuesto de que varios o varias solicitantes presenten un mismo proyecto de publicación de trabajo de investigación, las personas cotitulares deberán designar a una de ellas como representante ante la Administración.

PRESTACIÓN
Dotación:

Se cifran inicialmente en veinte mil (20.000 €) euros para el ejercicio 2012.

Límite:

La cuantía de la subvención no podrá superar el presupuesto presentado por la persona o entidad para las actividades para las que solicita la subvención.

Forma de pago:

El pago de la subvención se hará efectivo en un único pago, una vez finalizada la publicación y una vez justificados todos los gastos generados por la publicación, mediante la presentación antes del 30 de noviembre de 2012, inclusive, de la documentación siguiente:

- Memoria justificativa de la aplicación dada a los fondos públicos percibidos.
- Balance económico de la publicación subvencionada.
- Documentos originales acreditativos del gasto realizado con relación a las actividades subvencionadas, o facturas o documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, con el detalle suficiente para acreditar la correcta aplicación de los fondos o del gasto realizado con relación a las actividades subvencionadas. La fecha del gasto de las facturas o documentos al efecto no podrá exceder del 31 de diciembre de 2012. Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer sellará las facturas o documentos originales devolviendo las mismas a la entidad interesada. 
- En aquellas subvenciones cuya cuantía supere los 3.000 euros por entidad perceptora, certificados actualizados expedidos por la Hacienda Foral correspondiente y por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, emitidos con no más de tres meses de antelación a la fecha de solicitud, que acrediten estar al corriente de las obligaciones tributarias, y, en su caso, de las de Seguridad Social, o, en su defecto, documento acreditativo de la exención, salvo que se otorgue la autorización de interoperabilidad referida en el último apartado del artículo 8.2 de esta resolución.

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Solicitud y aportación de Documentación
Solicitud y aportación de Documentación:
Para solicitar la subvención, hay que presentar el formulario de solicitud, junto con la documentación que se describe en las Instrucciones de aportación de documentación. La tramitación puede iniciarse por cualquiera de los canales marcados en las pestañas (presencial y telemático). El inicio de la tramitación, no obliga a continuar la tramitación por el mismo canal. La continuación de la tramitación, si el canal elegido es el presencial se detalla en esta ficha. Si es el telemático se realiza a través de "Mis Gestiones".
Presencial
Formularios:
Formulario de Solicitud (Solicitud)

El formulario de solicitud es un pdf rellenable (790 Kb), que la persona y/o entidad interesada puede rellenar, imprimir y entregar en los lugares de presentación especificados.

Anexo I - Información relativa a los Datos del proyecto de publicación (Doc. Ayuda)

Anexo I (pdf 874 Kb rellenable) cumplimentado debidamente, indicando la información relativa a los Datos del proyecto de publicación, incluyendo otras fuentes de financiación solicitadas y percibidas, y entidad concedente y cuantía de las mismas.

Anexo II - Memoria descriptiva (Doc. Ayuda)

Anexo II, (pdf 706 Kb, rellenable) Memoria descriptiva del proyecto de publicación del trabajo de investigación.

Anexo III - Presupuesto (Doc. Ayuda)

Anexo III (pdf rellenable 717 Kb) relativo al Presupuesto de los gastos totales previstos y su financiación, desglosado todo ello en los términos del referido anexo.

Anexo IV- Cesión de derechos de propiedad intelectual (Doc. Ayuda)

Cesión de derechos de propiedad intelectual, según artículo 15 de la resolución.

Anexo V - Material completo a publicar (Doc. Ayuda)

Texto completo del material a publicar (debe tratarse de publicaciones de una primera edición).

Anexo VI - Documentos que se remiten (Doc. Ayuda)

El anexo VI - Documentos que se remiten, muestra una relación de los documentos que la persona solicitante deberá cumplimentar y entregar junto con la solicitud. En dicho documento, se refleja la relación de documentos que acompañarán a la solicitud.

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Formulario de solicitud

El formulario de solicitud, enlaza directamente con la tramitación electrónica. Para ello, le pedirá que se identifique con un certificado electrónico:

  • Para Personas Físicas: DNIe, ONA, Certificado de Ciudadano
  • Para Personas Jurídicas: Certificado de entidad

Junto al formulario de solicitud, debe de aportar documentación específica.
Es recomendable obtener los certificados que vaya a tener que aportar antes de indicar la tramitación, así como cumplimentar otros formularios si fuera necesario y guardarlos en su ordenador.

Documentación:

Anexo I (pdf 874 Kb rellenable) cumplimentado debidamente, indicando la información relativa a los Datos del proyecto de publicación, incluyendo otras fuentes de financiación solicitadas y percibidas, y entidad concedente y cuantía de las mismas.

Anexo II, (pdf 706 Kb, rellenable) Memoria descriptiva del proyecto de publicación del trabajo de investigación.

Anexo III (pdf rellenable 717 Kb) relativo al Presupuesto de los gastos totales previstos y su financiación, desglosado todo ello en los términos del referido anexo.

Cesión de derechos de propiedad intelectual, según artículo 15 de la resolución.

Texto completo del material a publicar (debe tratarse de publicaciones de una primera edición).

El anexo VI - Documentos que se remiten, muestra una relación de los documentos que la persona solicitante deberá cumplimentar y entregar junto con la solicitud. En dicho documento, se refleja la relación de documentos que acompañarán a la solicitud.

 

 



Electrónico
Aplicaciones:


Específicos de la Subvención
Los trámites específicos son los que, dependiendo del tipo de procedimiento de ayuda de que se trate, la persona interesada tiene que realizar a lo largo de la vida de su expediente cuando la administración se lo solicita.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
Aceptación
Aceptación :
Aceptada la subvención se entregará la correspondiente cesión de derechos de propiedad intelectual.
Presencial
Formularios:
Formulario para la cesión de derechos (Doc. Ayuda)

1.- En todo caso, los derechos de propiedad intelectual susceptibles de explotación económica correspondientes a las personas autoras del trabajo de investigación cuya publicación haya sido objeto de subvención se cederán a título gratuito a la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco en los términos recogidos en la legislación de propiedad intelectual vigente.

2.- Las personas autoras de trabajo de investigación tienen obligación de otorgar el documento oportuno, cuando sea necesario, para la debida constancia pública de la cesión de los derechos de propiedad intelectual que se contempla en el presente artículo. Tales derechos se refieren a la reproducción, distribución, comunicación pública, transformación y demás que puedan ser susceptibles de explotación económica, con carácter universal, en todas las lenguas y procedimientos existentes a la fecha, en los términos y con los límites que resulten indisponibles conforme a la normativa sobre propiedad intelectual.

Formulario para la aceptación de la ayuda que la persona beneficiaria deberá cumplimentar y entregar a la administración correctamente cumplimetado, acompañado el "formulario para la "cesión de derechos".

 

 

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Aceptación de la ayuda

En el supuesto de que la persona beneficiaria, haya seleccionado el canal electrónico, deberá cumplimentar el trámite de aceptación desde el entorno "Mis Gestiones", adjuntando como documentación, el Anexo para la cesión de derechos de propiedad intelectual, mediante el cual, la persona o personas beneficiarias ceden a favor de Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer, con carácter gratuito, y con ámbito temporal y geográficamente limitado, la utilizacion y explotación económica del trabajo de investigación becado, refiriendo en particular el derecho de reproducción, distribución, transformación, comunicación pública, publicación y divultación del trabajo de investigación, en todo o en parte, por medios propios o mediante acuerdo con otras entidades, en todos los medios, lenguas y procedimientos existentes o conocidos en el momento de la cesión, y en su caso, mediante las modificaciones que Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer, considere necesarias, todo ello, con la correspondiente cita de la autoría de los trabajos.



Justificación
Justificación:
Quienes reciban la subvención justificarán a Emakunde - Instituto Vasco de la mujer la labor realizada y los resultados obtenidos.
Presencial
Documentación:
  • Material a publicar

    Justificación y Pago de la subvención

     1.- El pago de la subvención se hará efectivo en un único pago, una vez finalizada la publicación y una vez justificados todos los gastos generados por la publicación, mediante la presentación antes del 30 de noviembre de 2012, inclusive, de la documentación siguiente:

    - Memoria justificativa de la aplicación dada a los fondos públicos percibidos.
    - Balance económico de la publicación subvencionada.
    - Documentos originales acreditativos del gasto realizado con relación a las actividades subvencionadas, o facturas o documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, con el detalle suficiente para acreditar la correcta aplicación de los fondos o del gasto realizado con relación a las actividades subvencionadas. La fecha del gasto de las facturas o documentos al efecto no podrá exceder del 31 de diciembre de 2012. Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer sellará las facturas o documentos originales devolviendo las mismas a la entidad interesada.
    - - En aquellas subvenciones cuya cuantía supere los 3.000 euros por entidad perceptora, certificados actualizados expedidos por la Hacienda Foral correspondiente y por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, emitidos con no más de tres meses de antelación a la fecha de solicitud, que acrediten estar al corriente de las obligaciones tributarias, y, en su caso, de las de Seguridad Social, o, en su defecto, documento acreditativo de la exención, salvo que se otorgue la autorización de interoperabilidad referida en el último apartado del artículo 8.2 de esta resolución.

    2.-. Para la remisión de documentación por vía electrónica se aceptará el envío de la documentación original escaneada y firmada electrónicamente, a través de http:// www.euskadi.net/mis gestiones

    3.- A los efectos de realizar el pago, Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer podrá solicitar en cualquier momento la entrega de la documentación original con el fin de comprobar su autenticidad.

     

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Proyecto de investigación

Una vez finalizado el plazo estipulado en la convocatoria actual, la persona o personas beneficiarias, deberán entregar un ejemplar del proyecto finalizado utilizando la opción "aportar documentación" en "mis gestiones"



Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Aportación de Documentación
Aportación de Documentación:
El/La interesado/a deberá de presentar, para la aportación de documentos requeridos por la administración o que el/la propio/a interesado/a estime conveniente aportar el siguiente formulario indicando los documentos que adjunta.
Presencial
Formularios:
Aportación de Documentación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Ampliación de Plazo
Ampliación de Plazo:
Cuando la solicitud de iniciación no reúna los requisitos exigidos en la normativa específica de convocatoria requerirá al/a interesado/a para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El/La interesado/a, siempre y cuando no sea un procedimiento de concurrencia competitiva, puede solicitar la ampliación del plazo para la subsanación o la aportación de los documentos requeridos presentando el siguiente formulario cumplimentado. Este plazo puede ser ampliado en cinco días siempre y cuando la aportación de los documentos presente dificultades especiales.
Presencial
Formularios:
Ampliación de Plazo (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la ampliación de plazo de subsanación.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez pasado dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Reposición
Recurso Reposición:
El recurso se interpondrá ante el mismo órgano que haya dictado el acto recurrido. Se interpondrá contra actos que pongan fin a la vía administrativa.
Presencial
Formularios:
Recurso Reposición (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso potestativo de reposición.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
30/12/2011 - 31/03/2012
Fecha límite de presentación:

31 de marzo de 2012.

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Efectos del silencio:
Estimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
  • Órgano resolutor:  Dirección de EMAKUNDE.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 1 mes.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.