Convocatoria 2012 - Programas
Convocar para el presente ejercicio 2012 las ayudas a programas previstas en el Decreto 57/2007, de 3 de abril, por el que se regulan las ayudas a programas con cargo al Fondo de Cooperación al Desarrollo.
14.200.000,00 euros.
- Resolución de 8 marzo de 2012 (BOPV N 50/2012)
RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 2012, del Secretario General de Presidencia, por la que se convocan ayudas a programas con cargo al Fondo para la Cooperación y Ayuda al Desarrollo para el año 2012.
- Decreto 57/2007 (BOPV N 89/2007)
Decreto 57/2007, de 3 de abril, por el que se regulan las ayudas a programas con cargo al Fondo de Cooperación al Desarrollo.
Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo
Nafarroa,2
01017-Vitoria-Gasteiz
Horario atención público:
De Lunes a Jueves: 9:00-13:00 y 15:00-16:30
Viernes : 9:00-14:00
e-mail: agentzia@elankidetza.es
Zuzenean
Oficinas de atención al público :
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
945.016.403
Aviso:
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo
Nafarroa,2
01017-Vitoria-Gasteiz
Horario atención público:
De Lunes a Jueves: 9:00-13:00 y 15:00-16:30
Viernes : 9:00-14:00
e-mail: agentzia@elankidetza.es
Zuzenean - Atención Ciudadana
Horario de atención al público : De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia) - Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa) - Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo
Nafarroa,2
01017-Vitoria-Gasteiz
Horario atención público:
De Lunes a Jueves: 9:00-13:00 y 15:00-16:30
Viernes : 9:00-14:00
e-mail: agentzia@elankidetza.es
Zuzenean - Atención Ciudadana
Horario de atención al público : De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia) - Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa) - Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Convocar para el presente ejercicio 2012 las ayudas a programas previstas en el Decreto 57/2007, de 3 de abril, por el que se regulan las ayudas a programas con cargo al Fondo de Cooperación al Desarrollo.
ONGDs o entidades que cuenten con una resolución favorable de acreditación de requisitos y capacidades por parte de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, tal como se establece en el artículo 11 del Decreto 57/2007, de 3 de abril.
Para tener acceso a la subvención, los programas presentados deberán cumplir los siguientes requisitos, que se acreditarán en la solicitud de programa de la convocatoria correspondiente:
a) El objetivo general del programa debe tener una clara identidad con algún objetivo estratégico de la entidad vasca solicitante.
b) El impacto esperado de la consecución del objetivo específico debe garantizar la profundidad de los procesos a través de la puesta en marcha de estrategias sólidas, tanto en lo sectorial como en lo transversal. En el sector o sectores de actuación, garantizar la viabilidad, sostenibilidad y continuidad de las mismas; en lo transversal, garantizar el desarrollo de estrategias específicas en género, capacidades locales y participación, y al menos la ejecución de actividades concretas en organización, derechos humanos y sostenibilidad ecológica.
c) Garantizar que se van a poner los recursos y ejecutar las actividades precisas para, por un lado, establecer una línea de base y, por otro lado, establecer un sistema de indicadores cualitativos y cuantitativos a los seis meses de iniciado el proyecto.
d) Realizarse a través de al menos una entidad local en los países empobrecidos. Esta entidad local deberá cumplir los requisitos establecidos para las entidades locales en la sección cuarta del capítulo segundo del decreto.
La subvención solicitada por programa no podrá superar los 1.200.000 euros ni ser inferior a 600.000 euros.
1.200.000 euros.
La subvención concedida se abonará en los siguientes plazos:
a) Un primer pago de hasta el 40% del importe de la subvención en el momento de la suscripción del convenio.
b) Un segundo pago de hasta el 40% del total de la subvención, previo informe y justificación documental de la realización del presupuesto total de la subvención concedida del programa en, al menos, un 20%.
c) El resto de la subvención concedida, una vez justificada la realización del 60% del presupuesto total de la subvención concedida.
Solicitud de ayuda programas 2012
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Secretario General de la Presidencia, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el BOPV.
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Secretaría General de la Presidencia.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Secretaría General de la Presidencia.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.