Programa de Becas para la Formación de Expertos en Promoción Turística en mercados emisores - 2009
Departamento / Organismo Autónomo
Industria, Innovación, Comercio y Turismo
Órgano gestor
Dirección de Promoción y Comercialización Turística
Objeto
Fomentar el desarrollo de recursos humanos especializados en mercados turísticos internacionales, con objeto de reforzar la existencia en el sector turístico vasco de profesionales adecuadamente preparados.
Destinatarios/as
Podrán acceder a las presentes becas las personas físicas que reúnan los requisitos siguientes en el momento de la presentación de la solicitud:
a) Residencia en la Comunidad Autónoma del País Vasco con antigüedad superior a 12 meses. Se admitirán, no obstante, aquellos solicitantes que habiendo estado empadronados en la CAPV anteriormente, no cumplan el requisito de antigüedad exigido por motivos de realización de estudios superiores fuera de la Comunidad.
b) Poseer una titulación universitaria superior, diplomatura en Turismo, o de Técnico en Empresas y Actividades Turísticas (TEAT). Se considerará titulación superior la que permite el acceso a cursar estudios superiores de tercer ciclo. Los títulos deberán ser oficiales o estar debidamente homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte español. El titulo deberá haberse obtenido en los 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de convocatoria.
c) Edad no superior a 30 años.
d) Dominio oral y escrito del idioma del país de destino a que se dirija la beca.
e) No ser o haber sido beneficiario de becas de igual o similares características en cuanto a objetivos de las mismas o de otras convocadas por el Departamento de Industria, Comercio y Turismo.
Dotación económica
El número máximo de becas a conceder en el ejercicio 2009 será de cuatro (4), con los siguientes importes:
OET- Destino Importe beca
Frankfurt (Alemania) 26.100 €
Londres (Reino Unido) 26.100 €
Nueva York (EE.UU.) 26.100 €
París (Francia) 26.100 €
Normativa reguladora
ORDEN de 17 de diciembre de 2008, de la Consejera de Industria, Comercio y turismo, por la que se regula el programa de becas para la Formación de Expertos en Promoción Turística en mercados emisores.
RESOLUCION de 26 de diciembre de 2008, de la Viceconsejera de Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de becas para la Formación de Expertos en Promoción Turística en mercados emisores para el ejercicio 2009.
Personas de contacto
Delegación Territorial de Gipuzkoa:
Tfno.: 943 02 25 64
e-mail: m-etxebeste@ej-gv.es
Delegación Territorial de Bizkaia:
Tfno.: 94 403 14 00
e-mail: a-lekue@ej-gv.es
Delegación Territorial de Álava:
Tfno.: 945 01 70 55
e-mail: ma-gonza@ej-gv.es
Documentación a aportar
A la solicitud se acompañará, la documentación siguiente:
1.- Documentación obligatoria para acreditar los requisitos.
a) Fotocopia del DNI o, en su caso, de documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante, junto con dos fotografías recientes.
b) Fotocopia compulsada del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.
c) En su caso, fotocopia de la homologación concedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Español del título obtenido.
d) Certificado B2 de la Escuela Oficial de Idiomas (B2.2), o equivalente con el Marco de Referencia Europeo, para la acreditación del dominio oral y escrito del idioma del país de destino a que se dirija la beca.
e) Certificado de empadronamiento, en el que se deberá acreditar la residencia en la Comunidad Autónoma del País Vasco con antigüedad superior a doce meses. Quien por motivos de estudios superiores estuviere empadronado en otra Comunidad deberá presentar certificado que acredite que ha estado empadronado con anterioridad en la CAPV y certificación que acredite que está empadronado en otra Comunidad por razones de estudios superiores.
f) Declaración jurada de no haber sido beneficiario de becas similares o de otras convocadas por el Departamento de Industria, Comercio y Turismo.
g) Declaración jurada o responsable de la persona solicitante de no encontrarse sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halla incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Deberá presentarse original de la documentación o fotocopia debidamente compulsada.
Si las solicitudes no vinieran cumplimentadas en todos sus términos o no fueran acompañadas de la documentación exigida, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
2.- Otra documentación para valoración de méritos.
a) Certificado del expediente académico del aspirante, con las calificaciones de todos los cursos en el que conste la fecha de finalización de sus estudios superiores (incluido, en su caso, el proyecto de fin de carrera y la prueba de licenciatura).
b) Currículum vitae, con los documentos acreditativos correspondientes. Se valorará, con carácter preferente, el nivel de conocimiento de idiomas extranjeros, el conocimiento de informática, cursos realizados, y experiencia profesional.
c) No se valorarán aquellos méritos que no estén justificados documentalmente en el momento de la presentación de la solicitud. La experiencia profesional deberá acreditarse con el informe de vida laboral.
Plazo de presentacion
27/12/2008 - 30/01/2009
Lugar presentación solicitudes
Gobierno Vasco
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián
Gobierno Vasco
Delegación Territorial de Bizkaia
General Concha, 23
48010 Bilbao
Gobierno Vasco
Delegación Territorial de Álava
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz
Descripción de los trámites
No se describen.
Órgano que resuelve
Dirección de Promoción y Comercialización Turística
Plazo de resolución
Máximo de 3 meses contado desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco.
BENEFICIARIOS/AS 2008
Efectos del silencio
Desestimatorios
Fín de la vía administrativa
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
Recursos / Reclamaciones
Formularios
Otros documentos
No hay.
Observaciones
No hay.
Nota
Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Fecha de la última modificación
23/12/2008