Programa AFI, de ayudas financieras a la inversión en el sector turístico 2005
Departamento / Organismo Autónomo
Industria, Comercio y Turismo
Órgano gestor
Dirección de Promoción y Comercialización Turística
Objeto
El programa AFI TURISMO viene a regular una serie de instrumentos financieros que permitan promover la creación de nuevas empresas e inversiones, avanzar en la modernización de infraestructuras turísticas y sus equipamientos, así como el desarrollo tecnológico de empresas turísticas innovadoras.
Destinatarios/as
Pequeñas y medianas empresas (PYME).
Dotación económica
1. DOTACIÓN ECONÓMICA:
Bonificación de tipos de interés sobre operaciones tanto de préstamo como de arrendamiento financiero por un importe máximo del 70% de la inversión subvencionable y formalizadas al amparo de la normativa vigente y de los Convenios que a tal efecto se suscriban con las Entidades financieras, y por las siguientes cuantías:
- 1,75 puntos con carácter general.
- 0,25 puntos adicionales para aquellas operaciones avaladas por una S.G.R.
- 2 puntos adicionales para aquellos proyectos que se desarrollen en Zonas Desfavorecidas de Actuación Urgente.
2. PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
- Construcción o rehabilitación de edificios para su uso como hotel (salvo en las tres capitales de la CAPV), apartamento turístico y/o casa rural.
- Modernización, renovación e innovación de las estructuras o equipamientos de hoteles, apartamentos turísticos y pensiones de dos estrellas.
- Construcción de campings, que dispongan de autorización de instalación, y mejora de los ya existentes.
- Obras de modernización y renovación en agroturismos y casas rurales que estén adheridos al 'Sistema de Calidad para Casas Rurales'.
- Creación de productos y/o empresas turísticas que complementen y mejoren la oferta turística vasca.
-Obras de rehabilitación en establecimientos hoteleros clasificados como hostales, para su reclasificación como hotel o pensión de 2 estrellas.
3. CUANTÍA DE LAS AYUDAS:
Con carácter general, el volumen de inversión mínima admisible será de 60.000 euros, salvo:
- Creación casas rurales y remodelación campings: 42.000 euros.
- Modernización de pensiones dos estrellas o reclasificación de hostales: 30.000 euros.
- Mejora de agroturismos y casas rurales para la obtención de la 'Q de calidad turística': 12.000 euros.
Normativa reguladora
ORDEN de 4 de junio de 2003, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se desarrolla el programa AFI, de ayudas financieras a la inversión en el sector turístico.
RESOLUCIÓN de 6 de abril de 2005, de la Viceconsejera de Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas, dentro del marco establecido por la Orden de 4 de junio de 2003, que desarrolla el Programa AFI, de ayudas financieras a la inversión en el sector turístico, para el ejercicio 2005.
Personas de contacto
Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Álava
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz
Teléfono: 945 01 70 55
E-mail: ma-gonza@ej-gv.es
Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Bizkaia
General Concha, 23
48010 Bilbao
Teléfono: 94 403 14 00
E-mail: a-lekue@ej-gv.es
Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Gipuzkoa
Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián
Teléfono: 943 02 2564
E-mail: m-etxebeste@ej-gv.es
Documentación a aportar
1. Documentación a presentar junto a la solicitud:
q Impreso de solicitud.
q Declaración jurada.
q Descripción del proyecto de inversión.
q Documento de condiciones de autorización de la Operación o copia de la póliza de la Operación formalizada.
q Fotocopia del poder de representación de la persona solicitante, salvo que obre en poder del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, y no haya habido cambio de apoderado.
q Memoria descriptiva del proyecto a realizar y, en su caso, planos.
q En su caso, documento de alta de Tercero debidamente cumplimentado por el solicitante y por la entidad financiera correspondiente, junto con una copia del CIF/DNI.
q Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias (en caso de que no conste la autorización expresa del solicitante de que sea la Administración de la CAV quien lo solicite).
2. DOCUMENTACION A PRESENTAR PARA EL PAGO
q Documento modelo de declaración de la inversión realizada.
q Cuadro de facturas, según modelo normalizado. En los cuadros de facturas se admitirá únicamente la inclusión de aquellas que correspondan con las emitidas dentro del período máximo concedido para la materialización del proyecto de inversión.
q Copia de la/s póliza/s del/os préstamo/s y/o arrendamiento/s financiero/s que a la fecha se hayan formalizado.
q Copia de la última declaración del Impuesto de Sociedades o, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Aquellos beneficiarios obligados a control auditor deberán presentar una copia compulsada de la auditoría.
q Copias del TC1, tanto del mes de diciembre del ejercicio anterior a la solicitud, como de diciembre del año de la solicitud. En el supuesto de cooperativas o comunidades de bienes, copia del documento acreditativo del volumen de plantilla sujeta al régimen General de la Seguridad Social o al Régimen Especial de Autónomos.
q En el caso de agroturismos y casas rurales que hayan realizado inversiones para la obtención de la “Q de calidad turística”, justificación documental que acredite su adhesión al “sistema de calidad para casas rurales”: protocolo de adhesión, plan de mejora y solicitud de verificación externa del cumplimiento de los estándares de calidad recogidos en la Norma.
Plazo de presentacion 07/05/2005 - 05/07/2005
Lugar presentación solicitudes
Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Álava
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasateiz
Teléfono: 945 01 70 55
E-mail: ma-gonza@ej-gv.es
Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Bizkaia
General Concha, 23
48010 Bilbao
Teléfono: 94 403 14 00
E-mail: a-lekue@ej-gv.es
Gobierno Vasco
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Gipuzkoa
Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián
Teléfono: 943 02 25 64
E-mail: m-etxebeste@ej-gv.es
Descripción de los trámites
No se describen.
Órgano que resuelve
Dirección de Promoción Turística.
Plazo de resolución
6 meses desde su publicación.
BENEFICIARIOS/AS 2005
Efectos del silencio
Desestimatorios
Fín de la vía administrativa
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
Recursos / Reclamaciones
Formularios
Otros documentos
No hay
Observaciones
No hay
Nota
Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Fecha de la última modificación
09/05/2005