Plan General de Promoción del Uso del Euskera (PGPUE)

RESUMEN
Título:
Plan General de Promoción del Uso del Euskera (PGPUE)
Objeto:

Desarrollo del Plan General de Promoción del Uso del Euskera (PGPUE) en entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Dotación presupuestaria:

1.630.000 euros

Normativa reguladora:
  • ORDEN de 24 de abril de 2012 (BOPV N 92/2012)


    ORDEN de 24 de abril de 2012, de la Consejera de Cultura, por la que se convocan ayudas económicas para el desarrollo del Plan General de Promoción del Uso del Euskera (PGPUE)en entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

ORGANISMOS
Entidad convocante:
Viceconsejería de Política Lingüística
Cultura
Órgano convocante:
Dirección de Normalización Lingüística de las Administraciones Públicas
Cultura
Entidad resolutora:
Cultura
Órgano resolutor:
Viceconsejería de Política Lingüística
Contacto presencial:

Oficina de la Dirección de Normalización Lingüística de las Administraciones Públicas:

  • Edificio Lakua I, 2º piso 
    C. Donostia-San Sebastian 1 
    01010 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público:

  • De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.

 

Contacto telefónico:

El número de teléfono para contactar con la oficina de la Dirección de Normalización Lingüística de las Administraciones Públicas es el 945 019464.

TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:

Las solicitudes se presentarán únicamente por medios electrónicos.

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Las solicitudes se presentarán únicamente por medios electrónicos.

Desarrollo del PGPUE

El desarrollo del Plan General de Promoción del Uso del Euskera (PGPUE) en entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

Las entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco y aquellas entidades de derecho público dependientes o vinculadas a ellas que tengan entre sus objetivos la normalización lingüística. Así mismo, podrán acceder a las ayudas las entidades locales asociadas para ese fin por medio de convenios de colaboración.

1.- No podrán concurrir a la presente convocatoria aquellas entidades locales que ofrecen el servicio de euskera en más de un territorio histórico.

2.- La concesión y, en su caso, el pago de la subvención a la entidad beneficiaria quedará condicionada a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas porla Administración Generaldela Comunidad AutónomaVasca y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

3.- No podrán concurrir a la presente convocatoria de subvenciones aquellas personas físicas o jurídicas que se hallan sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o están incursas en prohibición legal alguna que les inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud dela Ley4/2005, de 18 de febrero, parala Igualdadde Mujeres y Hombres.

4.- Si el beneficiario fuera una entidad local supramunicipal, la solicitud deberá concretar qué municipios participan en la actividad.

5.- De conformidad con el Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas dela Comunidad Autónomadel País Vasco, será condición indispensable que la entidad solicitante tenga establecidos en la relación de puestos de trabajo, entre otros, los perfiles lingüísticos y las fechas de preceptividad.

6.- En el caso de que la entidad solicitante sea una entidad de derecho público dependiente o vinculada a una entidad local, deberá acreditarse que la correspondiente entidad local también cumple el requisito especificado en el párrafo 5 de este artículo.

7.- Los solicitantes deberán tener aprobado, en vigor y haber enviado ala VPLel Plan de Normalización del Uso del Euskera en la administración, así como el diseño del PGPUE, a excepción de aquellas entidades locales que vayan a realizar por primera vez el diseño del PGPUE. Por último, todos ellos deberán participar en la recogida de datos correspondiente al final del IV Periodo de Planificación del Plan de Normalización del Uso del Euskera, cumpliendo con los plazos quela VPLestablezca en su caso. En el caso de que no se cumplan con estos requisitos, se rechazará la solicitud.

8.- Quedan excluidas de esta convocatoria aquellas entidades que hayan percibido alguna de las ayudas ilegales e incompatibles de alguno de los regímenes de ayudas estatales siguientes: Araba I, Araba II y Araba III (CR 48/99, CR 49/99 y CR 58/99); Gipuzkoa I, Gipuzkoa II y Gipuzkoa III (CR 50/99, CR 53/99 y CR 59/00) y Bizkaia I, Bizkaia II, Bizkaia III (CR 52/99, CR 54/99 y CR 60/00), que no hayan procedido a su reembolso o depósito en una cuenta bloqueada junto con los intereses correspondientes.

PRESTACIÓN
Dotación:

1.630.000 euros

Límite:

Cuantía de las subvenciones:la VPLdel Departamento de Cultura no concederá en ningún caso subvenciones por un importe superior al que se comprometa a gastar la entidad local para llevar a cabo el proyecto global, excepto en el caso de las entidades locales que se citan en el artículo 10.2, apartado d).

A la entidad beneficiaria se le subvencionará como máximo con un 40% del presupuesto presentado. Además, la cantidad máxima otorgada a las entidades locales no podrá superar el límite de 70.000 euros.

Por debajo de esa cantidad máxima se establecerán máximos intermedios, dependiendo del nº de habitantes de cada entidad, a saber: <5.000 habitantes (15.000 euros); <10.000 habitantes (25.000 euros); <20.000 habitantes (35.000 euros); <50.000 habitantes (50.000 euros); ≥50.000 habitantes (70.000 euros).

En el caso de las entidades locales que hayan aprobado el PGPUE por primera vez en el año 2012 y presenten el Plan de Gestión de ese mismo año las cantidades máximas a percibir serían las siguientes: <5.000 habitantes (10.000 euros); <10.000 habitantes (17.000 euros); <20.000 habitantes (23.500 euros); <50.000 habitantes (33.500 euros); ≥50.000 habitantes (50.000 euros).

Los datos relativos al número de habitantes se tomarán de los datos hechos públicos oficialmente por el Eustat y concretamente del siguiente informe: «Población dela C.Ade Euskadi por ámbito espacial y lugar de nacimiento. 1-I-2010».

Compatibilidad con otras subvenciones: las subvenciones previstas en la presente convocatoria son compatibles con aquellas otras que, teniendo el mismo fin, pudieran ser otorgadas por cualquier otra entidad pública o privada, siempre que de ello no se derive sobrefinanciación. En caso de producirse ésta, se reducirá el importe de la subvención concedida hasta la adecuación al coste total.

En la documentación que debe presentarse junto con la solicitud en el anexo 2 la entidad deberá declarar expresamente el resto de solicitudes de subvención realizada.

Forma de pago:

El pago se realizará en dos partes:

a) En el primer pago se abonará el cincuenta y cinco por ciento (55%) de la subvención total, en el plazo de dos (2) meses, una vez transcurridos diez (10) días hábiles desde la notificación de la resolución. No obstante, en el caso de que se envíe el documento de aceptación ala VPLantes de los diez días mencionados, se dará comienzo a los trámites del pago.

b) En el segundo pago, si así procede, se abonará el cuarenta y cinco por ciento (45%) restante en el plazo de un (1) mes a partir del día que se reciba y se apruebe la documentación completa para la justificación de la subvención.

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite de solicitud y aportación de documentación
Trámite de solicitud y aportación de documentación:
.
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud electrónica

Dicha solicitud se acompañará de la siguiente documentación:

A presentar por todas las entidades solicitantes:

a) Anexo 2 (Presupuesto), debidamente cumplimentado.

b) Plan de gestión de PGPUE de 2012 (en la aplicación IRATI), excepto aquellas que realicen el diseño del PGPUE por primera vez.

A presentar según el caso:

c) Anexo 3. Relación de actividades nuevas, pioneras u originales que se realicen en el ejercicio 2012.


d) Anexo 4. Relación de municipios que participan en las actividades. Solamente en el caso de mancomunidades y cuadrillas, siempre y cuando no esté en manos de la administración.


e) Certificado que acredite que el pleno municipal u órgano equivalente aprobó el Plan de Uso del euskera en vigor (en el caso de que no esté en manos de la administración).


f) Certificado que acredite que el pleno municipal u órgano equivalente aprobó el Plan Estratégico del PGPUE en vigor (en el caso de que no esté en manos de la administración).

Anexo 2 - Presupuesto
En este formulario hay que anotar el presupuesto anual para la promoción del euskera, indicando los gastos e ingresos que se preven.

Anexo 3 - Actividades nuevas
Relación de actividades nuevas, pioneras u originales que se realicen en el año 2012.

Anexo 4 - Relación de municipios
Relación de municipios que participan en las actividades. Solamente en el caso de las mancomunidades y cuadrillas, siempre y cuando no esté en manos de la administración.

Documentación:Certificado de acreditación del Plan de Uso del Euskera
Certificado que acredite que el pleno municipal u órgano equivalente aprobó el Plan de Uso del Euskera en vigor (en el caso de que no esté en manos de la administración).

Certificado de acreditación del Plan Estratégico del PGPUE
Certificado que acredite que el pleno municipal u órgano equivalente aprobó el Plan Estratégico del PGPUE (en caso de que no esté en manos de la administración).

Irati
Las entidades solicitantes deberán cumplimentar Plan de Gestión del PGPUE del 2012 en la aplicación IRATI, exceptuando aquellas que realicen el diseño del PGPUE por primera vez.



Electrónico
Aplicaciones:


Específicos de la Subvención
Los trámites específicos son los que, dependiendo del tipo de procedimiento de ayuda de que se trate, la persona interesada tiene que realizar a lo largo de la vida de su expediente cuando la administración se lo solicita.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
Trámite de justificación
Trámite de justificación:
La documentación para justificar la subvención recibida deberá de enviarse antes del 10 de abril de 2013.
Electrónico
Aplicaciones:
Justificación de la ayuda

En este formulario (pdf, 2.053 Kb) hay que anotar el presupuesto liquidado para la promoción del euskera, indicando los gastos e ingresos que se han realizado.



Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Aportación de Documentación
Aportación de Documentación:
El/La interesado/a deberá de presentar, para la aportación de documentos requeridos por la administración o que el/la propio/a interesado/a estime conveniente aportar el siguiente formulario indicando los documentos que adjunta.
Presencial
Formularios:
Aportación de Documentación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Ampliación de Plazo
Ampliación de Plazo:
Cuando la solicitud de iniciación no reúna los requisitos exigidos en la normativa específica de convocatoria requerirá al/a interesado/a para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El/La interesado/a, siempre y cuando no sea un procedimiento de concurrencia competitiva, puede solicitar la ampliación del plazo para la subsanación o la aportación de los documentos requeridos presentando el siguiente formulario cumplimentado. Este plazo puede ser ampliado en cinco días siempre y cuando la aportación de los documentos presente dificultades especiales.
Presencial
Formularios:
Ampliación de Plazo (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la ampliación de plazo de subsanación.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Aceptación de la Ayuda
Aceptación de la Ayuda:
Si el/la interesado/a está conforme con la ayuda concedida puede aceptarla cumplimentando el formulario que se le facilita. En este caso, la Administración continuará, una vez recepcionada la aceptación, con los trámites necesarios para el pago de la ayuda.
Presencial
Formularios:
Aceptación de la Ayuda (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez pasado dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Alzada
Recurso Alzada:
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo a través del cual se busca que un órgano administrativo revise un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él, buscando que enmiende conforme a Derecho el acto del órgano inferior.
Presencial
Formularios:
Recurso Alzada (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso de alzada
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
12/05/2012 - 11/06/2012
Fecha límite de presentación:

11 de junio de 2012.

Plazo de resolución:

En un plazo de seis meses a partir de su publicación en el BOPV.

Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    Consejero/a de Cultura.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  Consejero/a de Cultura.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.