Ayudas a la creación, desarrollo y producción audiovisual. 2008
Departamento / Organismo Autónomo
Cultura
Órgano gestor
Dirección de Promoción de la cultura
Objeto
Incentivar el desarrollo de proyectos (de ficción, animación, documental y multimedia) , así como la producción de obras audiovisuales (largometrajes cinematográficos de ficción, largometrajes cinematográficos de animación, documentales de creación y cortometrajes cinematográficos de ficción y animación).
Destinatarios/as
1.- Ayudas para el desarrollo de proyectos, y ayudas a la producción de largometrajes y documentales: las personas jurídicas privadas independientes establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo siempre que se comprometan a abrir un establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Euskadi en el caso de concesión de la ayuda, y que deberán estar inscritas como productoras audiovisuales independientes en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) del Ministerio de Cultura, o en su caso, en el que se pueda crear como Registro del Gobierno Vasco.
2.- Ayudas para la producción de cortometrajes: las personas físicas y las personas jurídicas privadas independientes. En el caso de ser persona física siempre que en la fecha de publicación de la convocatoria tenga vecindad administrativa o establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Euskadi. En el caso de ser persona jurídica deberá cumplir con lo establecido en el apartado 1.
Dotación económica
1.840.000,00 €
Normativa reguladora
BOPV de 2 de mayo de 2008
Personas de contacto
Manu Galarraga
Tlf.: 945 016 941
Documentación a aportar
La indicada en los anexos
Plazo de presentacion
3-5-2008 al 2-6-2008
Lugar presentación solicitudes
Gobierno Vasco
Departamento de Cultura
Donostia-San Sebastián 1
Lakua I, 2ª planta
01.010 Vitoria-Gasteiz
Delegación Territorial de Cultura de Bizkaia
Gran Vía 85
48.011 Bilbo
Delegación Territorial de Cultura de Gipuzkoa
Andia 13
20.004 Donostia-San Sebastián
Las solicitudes podrán presentarse bien directamente bien por cualesquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.En el caso de que las entidades solicitantes optaran por presentar su solicitud en una oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que el impreso de solicitud sea sellado por el funcionario de Correos antes de certificarla.
Descripción de los trámites
Inicio, instrucción y resolución
Órgano que resuelve
Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes
Plazo de resolución
Cinco meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Resolución de adjudicación
Efectos del silencio
Desestimatorios
Fín de la vía administrativa
La resolución pone fín a la vía administrativa
Recursos / Reclamaciones
Formularios
Anexos (doc 402 kb)
Otros documentos
No hay
Observaciones
No hay
Nota
Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.