Competencias y Transferencias
ImprimirDECRETO 169/2021, de 6 de julio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-CAPV, de traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de funciones y servicios sobre ejecución de la legislación del Estado en materia penitenciaria.
Identificación
- Situación: Efectuada
- Año de transferencia: 2021
- Materia: Penal y Penitenciario
- Área de actuación: Justicia
Funciones y servicios que asume la Comunidad Autónoma
1. Se traspasan a la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el marco de la legislación establecida por el Estado, las funciones de dirección, supervisión, organización, gestión económica y administrativa e inspección de los centros penitenciarios ubicados en su ámbito territorial.
2. En consecuencia la Comunidad Autónoma del País Vasco asume, en el ámbito de sus competencias, las funciones y servicios que en particular se relacionan a continuación:
a) La organización y gestión de los centros penitenciarios y del resto de servicios de ejecución penal radicados en la Comunidad Autónoma, incluyendo el establecimiento de su estructura orgánica y funcional, su organización y funcionamiento, la colaboración institucional y el fomento de la participación social.
b) La ejecución, gestión, coordinación y seguimiento del cumplimiento de penas, medidas de seguridad, régimen abierto, libertad condicional y programas específicos de tratamiento e intervención, adoptando las resoluciones administrativas precisas en relación con la observación, clasificación, destino, permisos y tratamiento de los internos.
c) La gestión de las prestaciones en el ámbito penitenciario de la educación, la acción social, el trabajo penitenciario, la formación ocupacional, la inserción sociolaboral, la promoción de actividades culturales y deportivas, la coordinación de programas de intervención de organizaciones no gubernamentales y las actividades de prevención, tratamiento y rehabilitación de drogodependencias.
d) La administración y gestión patrimonial de los inmuebles, infraestructuras y equipamientos penitenciarios, incluidas tanto la promoción de nuevos centros como la ampliación, reforma y rehabilitación de los existentes.
e) El seguimiento, análisis e inspección de los servicios, organismos y centros de la Administración Penitenciaria.
Normas reguladoras
- Normativa autonómica: DECRETO 169/2021, de 6 de julio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-CAPV, de traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de funciones y servicios sobre ejecución de la legislación del Estado en materia penitenciaria.
- Normativa estatal: • Real Decreto 474/2021, de 29 de junio, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco sobre ejecución de la legislación del Estado en materia penitenciaria.
Transferencias vinculadas
- DECRETO 134/2011, de 28 de junio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 22 de junio de 2011, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco por los Reales Decretos 2808/1980 y 3195/1980, de 26 de septiembre y 30 de diciembre, en materia de enseñanza no universitaria (maestros de instituciones penitenciarias).
- DECRETO 140/2011, de 28 de junio, por el que se aprueba el Acuerdo de 22 de junio de 2011 de la Comisión Mixta de Transferencias sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de sanidad penitenciaria.
- Real Decreto 3482/1983, de 28 de diciembre, sobre traspasos de servicios del Estado a la Generalidad de Cataluña en materia de Administración Penitenciaria.
- Real Decreto 131/1986, de 10 de enero, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Generalidad de Cataluña en materia de Administración Penitenciaria.
Configuración de competencias
- Estatuto de autonomía: Art. 10.14, Art. 12.1
- Constitución: Art. 149.1.6ª
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Legislación estatal:
- Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario.
- REAL DECRETO 1203/1999, de 9 de julio, por el que se integran en el Cuerpo de Maestros a los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias y se disponen normas de funcionamiento de las unid
- LEY ORGÁNICA 5/2003, de 27 de mayo, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, y la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judi
- Ley Orgánica 6/2003, de 30 de junio, de modificación de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria.
- Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
- Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria.
- Real Decreto 1436/1984, de 20 de junio, sobre normas provisionales de coordinación de las Administraciones Penitenciarias.
- Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
- Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria.
- Jurisprudencia:
- Conflicto de Jurisdicción 10/1986. Competencia para acordar el cierre temporal de una dependencia de un Centro Penitenciario
- Conflicto de Jurisdicción 16/1986. Competencia planteado por La Generalidad de Cataluña al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 2 de Barcelona
- Conflicto de Jurisdicción 17/1986. Competencia planteado por La Generalidad de Cataluña al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 2 de Barcelona
- Conflicto de Jurisdicción 5/1988. Competencia de la Administración Penitenciaria para el traslado de internos de un centro a otro
- STC 104/1988, conflicto de competencias en relación con el RD 1436/1984: El Tribunal entiende que el Estado es competente para dictar las normas de coordinación, que dicha coordinación es necesaria toda vez que nos encontramos ante un sistema penitenciario único, porque todas las Instituciones Penitenciarias se integran en dicho sistema, que la actuación de las Instituciones Penitenciarias es una actividad instrumental dirigida a la aplicación del Derecho Penal único y de la ejecución de las decisiones judiciales, y que en dichas normas se han respetado las competencias de ejecución de las CCAA. (DOCX, 47 KB)
- SS del Tribunal de Conflictos de Jurisdicción de 9/julio/1986, 5/diciembre/1986 y 14/diciembre/1990 sobre diversos conflictos de jurisdicción entre la Administración Penitenciaria y la Administración de Justicia.
- STC 14/2004 Prohibición de instalación de usos penitenciarios cuya capacidad supere la media de la población reclusa generada en Aragón el los últimos cinco años
- Sentencia 188/2005 TSJPV ayudas por desplazamientos para visitas a personas penadas
- STC 243/2004 de legilación penal y penitenciaria